Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la resolución del TEAR por la que se acuerda desestimar la reclamación económico-administrativa interpuesta frente a la resolución del Servicio Territorial de Hacienda que desestimaba la solicitud de rectificación de autoliquidación- devolución de ingresos indebidos por la Tasa fiscal sobre el juego, que se instaba en base a la declaración del estado de alarma y la imposibilidad de llevar a cabo la explotación de las máquinas de juego, pero la Sala considera a la vista de la naturaleza jurídica de esta tasa fiscal y que por ello el hecho imponible esta integrado por la autorización de las máquinas y no por la efectividad de la explotación, por lo que no se vulnera el principio de legalidad ya que también se ha de diferenciar del impuesto sobre actividades económicas, igualmente se examina la diferencia de regulación en la normativa examinada, con respecto a la de otras Comunidades, y por tanto no se consideran aplicables los criterios o decisiones adoptadas por las mismas, ni se vulnera el principio de capacidad económica por la diferencia con otros impuestos cuyo hecho imponible si esta integrado por el ejercicios de actividades económicas.