Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la desestimación de la demanda de prestación por cese de actividad, pues es incompatible con la obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico del sistema de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que dio lugar a la prestación por cese de actividad", es decir, deviene incompatible con el subsidio de incapacidad temporal por serlo también la prestación de incapacidad temporal con el trabajo como autónomo. Por otro lado, nada cambia porque la actividad continúe gestionada por un tercero, ya que tanto aquélla como esta norma se refieren al "desempeño de la actividad" y al "trabajo", por el beneficiario de la incapacidad temporal.
Resumen: La sentencia apelada desestimó la pretensión indemnizatoria ya que la demanda no indicaba la causa de la caída en el centro comercial de la demandada. La sentencia de apelación la confirma. Precisión de la causa de la caída en la audiencia previa, no admitida. Destrucción de la grabación de las imágenes de la caída admitida como prueba.