• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: AMELIA MATEO MARCO
  • Nº Recurso: 34/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: INMACULADA CONCEPCION CEREZO CINTAS
  • Nº Recurso: 58/2023
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 113/2023
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la empresa su condena por despido improcedente por entender inimputable al caso la sentencia del Tribunal Supremo aplicada en la instancia. Tras recordar los principios informadores de esta causa de extinción objetiva (y su relación con la normativa del ámbito preventivo), advierte la Sala que el informe, expedido por el servicio de prevención ajeno no constituye por sí solo un medio de prueba imbatible para acreditar la ineptitud sobrevenida; informes que, en cualquier caso, habrán de identificar con precisión cuáles son las limitaciones concretas detectadas y su incidencia sobre las funciones a desempeñar. A diferencia del supuesto examinado por el Alto Tribunal, en el informe del servicio de prevención aportado sí se hace mención a las limitaciones que presenta el trabajador en relación a su puesto de trabajo y los riesgos del mismo a la vista de sus lesiones; describiendo con detalle sus antecedentes médicos, lesiones actuales (como lo es una cojera manifiesta al caminar); acreditándose, así, el grado de ineptitud correspondiente. Por lo que si bien es cierto que el solo diagnóstico de no apto es insuficiente para tener por acreditada una ineptitud sobrevenida para el desempeño de las fundamentales tareas de su puesto de trabajo dicha ineptitud se ve razonablemente justificada por el detalle en la descripción de sus secuelas actuales en relación con su puesto de trabajo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JOSE MANUEL MARTINEZ ILLADE
  • Nº Recurso: 936/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Trabajador afectado por un ERTE derivado de fuerza mayor conforme al RD-Ley 8/2020 que duro del 21 de marzo de 2020 al 7 de junio de 2020. En fecha de declaración del estado de alarma (14 de marzo de 2020) también estaba de alta en el RETA y le fue reconocida prestación por cese de actividad a consecuencia de la pandemia Covid-19 en el RETA; solicitó prestación por desempleo extraordinaria prevista en la normativa de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, que le fue denegada. La compatibilidad exige dos requisitos: primero que ya se viniera percibiendo al estar reconocida con anterioridad, y en segundo lugar que la prestación por desempleo fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba, y la actividad como autónoma no lo es, al no estar en la compatibilidad excepcional establecida por nuestra jurisprudencia de actividades de rendimientos insignificantes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
  • Nº Recurso: 5709/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE LUIS GOMEZ ARBONA
  • Nº Recurso: 153/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT
  • Nº Recurso: 1051/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MIQUEL ANGEL FALGUERA BARO
  • Nº Recurso: 7123/2022
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera la trabajadora-sanitaria la extinción indemnizada de su contrato bajo un primer motivo de nulidad ante la indefensión que le genera la denegación de la prueba testifical propuesta. Tras recordar los principios informadores de la nulidad de actuaciones , advierte la Sala que la decisión del Juzgador de limitar a 3 los testimonios no genera una efectiva y material indefensión de quien se aquietó a la limitación acordada (al desistir de su inicial recurso de reposición); que el Juzgador hizo extensiva a la propuesta de contrario. Desde la dimensión que ofrece el inalterado relato se rechaza la extinción que se postula por causa de una injustificada situación de acoso, pues si bien la empresa no siguió su protocolo interno la denuncia se produce cuando se encontraban vigentes medidas restrictivas derivadas de la pandemia; a lo que se añade el colapso de los servicios sanitarios motivado por la misma y que obligaba a las administraciones a garantizar la suficiente disponibilidad de profesionales. No obstante este contexto adoptó concretas medidas de tutela como la realización de entrevistas o la designación de un sicólogo interno para seguir el protocolo y posterior informe del servicio de prevención; lo que impide considerar el grave incumplimiento que se imputa al empleador respecto a una supuesta situación de acoso que, en cualquier caso, no aparece objetivada con las notas que la definen al encontrarnos ante una situación asociada a un cambio de dirección.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: SARA ARRIERO ESPES
  • Nº Recurso: 832/2022
  • Fecha: 18/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: TUTELA DCHOS.FUND.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
  • Nº Recurso: 85/2023
  • Fecha: 17/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

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