Resumen: Estimada en parte en la instancia la reclamación del actor por diferencias salariales en la liquidación, recurre éste en suplicación. La Sala de lo Social rechaza, primero, la revisión fáctica interesada por su falta de sustento probatorio. Y, en segundo lugar, desestima el recurso no solo por estar el motivo incorrectamente planteado, sino también porque la discrepancia no reside en el importe del salario convenio, sino sobre la fecha de inicio de la prestación de servicios y jornada, cuestiones sobre las que ninguna incidencia tiene la tabla salarial del convenio.