Resumen: El sindicato demandante solicita el reconocimiento, como condición más beneficiosa, del día de Santa Rita como día festivo. La sentencia del Juzgado de lo Social estima la demanda. La Sala, al analizar el recurso de suplicación del Ayuntamiento demandado, concluye que el hecho de que se hay disfrutado el día de fiesta en los últimos siete años, a pesar de no estar así previsto en el convenio colectivo, es indicativo de la existencia de la condición más beneficiosa, con lo que confirma la sentencia recurrida.