Resumen: Sanción impuesta al trabajador por falta grave abandonar antes de tiempo puesto de trabajo. No cabe recurso contra la misma, solo contra la invocada vulneración derecho de LS dada su afiliación sindical. No fue sancionado el sólo no acreditado indicios. En esta ocasión ningún indicio de represalia consta en el caso de autos, ya que, la Magistrada de instancia, tras la valoración de la prueba practicada en el acto del juicio, concluye que la conducta del actor, ha resultado debidamente acreditada por la empresa, do forma que no ofrece duda que, efectivamente, los días señalados en la carta de sanción, el recurrente abandonó su puesto de trabajo antes de concluir la jornada pactada, que necesariamente tenía que extenderse hasta las 6 de la mañana, sin posibilidad de salir antes, quedando acreditado que, por las especiales circunstancias de su puesto de trabajo no estaba vinculado a la cadencia de una cadena de montaje como un operario ordinario, por lo que su salida no se podía anticipar a la hora indicada.
Resumen: El actor recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que estima parcialmente su reclamación salarial. La Sala de lo Social estima en parte el recurso, pues si bien las cuantías adeudadas de marzo de 2019 están prescritas, no lo están las de abril y mayo de 2019 dada la suspensión de plazos acordada por la DA 4ª del RD 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma por COVID-19.
Resumen: DELITOS CONTRA DERECHOS DE CIUDADANOS EXTRANJEROS