Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia, que a su vez desestimó la demanda, porque las prestaciones extraordinarias por cese de actividad tras el COVID 19 se rigen por su normativa específica, al tratarse de una regulación especial, pero discrepamos en que ello suponga un desplazamiento absoluto de la regulación general de la prestación ordinaria por cese de actividad, pues es el propio legislador de urgencia el que hace continuas referencias a la aplicabilidad de esta última normativa general, y, en los aspectos en que no establece una regulación diferenciada y específica, entran en juego las reglas generales, como la que excluye, de los periodos de ocupación cotizada computables para el acceso a la prestación, los que generaron la última prestación por cese de actividad, y en consonancia con ello, solo autoriza la contabilización de las cotizaciones no tenidas en cuenta para el reconocimiento de un derecho anterior, como fácilmente se advierte a la vista de que, cuando la normativa especial ha querido apartarse excepcionalmente de dicha regla general, lo ha hecho de manera expresa.
Resumen: Confirma parcialmente la sentencia del Juez Penal que condena a dos acusados como autores responsables de dos delitos contra la Hacienda Publica y les absuelve de la acusación de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, acogiendo la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada. Acusados que como administradores de diversas sociedades, las utilizan para girarse facturas entre ellas y eludir el pago del IVA y también en el impuesto de sociedades. Delito contra la Hacienda Pública. Prescripción del delito e interrupción por inicio de la persecución penal. El dies a quo para la prescripción del IVA, cuando los períodos impositivos o de declaración son inferiores a doce meses, el importe de lo defraudado se refiere al año natural, pues la infracción del deber de contribuir se consuma en el momento en que vende el plazo legal voluntario para realizar el pago. Elementos constitutivos del delito contra la Hacienda Pública. Atenuante de dilaciones procesales indebidas. Apreciación como muy cualificada. Defraudación de 2006 que se enjuicia en el año 2021.