Resumen: La actora ejercita una acción de restablecimiento del equilibrio económico de la concesión, quebrantado por los efectos de la COVID-19. Como consecuencia de distintas medidas se produjo una notable reducción de los desplazamientos de los ciudadanos de Castilla-La Mancha, afectando al tráfico de la Autovia, las medidas normativas adoptadas por el Estado y por la Comunidad Autónoma, que impactan directamente en el volumen de los tráficos que circulan por la Autovía, se une el impacto vinculado a la extraordinaria reducción del PIB, y crecimiento del desempleo durante varios meses, aun después de finalizar el estado de alama, efectos directamente vinculados a la pandemia. La sentencia recuerda que la cuestión central planteada en el presente recurso han sido resueltas por la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2022 recurso de casación nº 55/2021. En resumen, el Alto Tribunal concluyó que en las circunstancias analizadas, no se aprecia una situación de confianza legítima que permita fundamentar que la limitación establecida al reconocimiento del derecho al reequilibrio económico, vinculada a que el margen bruto de explotación sea negativo, adoptada por el legislador de urgencia mediante la aprobación del Real Decreto-ley 26/2020, vulnere el referido principio de confianza legítimo, y, por ende, el principio de seguridad jurídica. Se realiza un juicio positivo de constitucionaldiad del art. 25 del Real Decreto-ley 26/2020.
Resumen: La actora ejercita una acción de restablecimiento del equilibrio económico de la concesión, quebrantado por los efectos de la COVID-19. Como consecuencia de distintas medidas se produjo una notable reducción de los desplazamientos de los ciudadanos de Castilla-La Mancha, afectando al tráfico de la Autovia, las medidas normativas adoptadas por el Estado y por la Comunidad Autónoma, que impactan directamente en el volumen de los tráficos que circulan por la Autovía, se une el impacto vinculado a la extraordinaria reducción del PIB, y crecimiento del desempleo durante varios meses, aun después de finalizar el estado de alama, efectos directamente vinculados a la pandemia. La sentencia recuerda que la cuestión central planteada en el presente recurso han sido resueltas por la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2022 recurso de casación nº 55/2021. En resumen, el Alto Tribunal concluyó que en las circunstancias analizadas, no se aprecia una situación de confianza legítima que permita fundamentar que la limitación establecida al reconocimiento del derecho al reequilibrio económico, vinculada a que el margen bruto de explotación sea negativo, adoptada por el legislador de urgencia mediante la aprobación del Real Decreto-ley 26/2020, vulnere el referido principio de confianza legítimo, y, por ende, el principio de seguridad jurídica. Se realiza un juicio positivo de constitucionaldiad del art. 25 del Real Decreto-ley 26/2020.