Resumen: Desestimada demanda en reclamación de contingencia de IT. Lo que consta de la baja del actor es que se inició el 20 de marzo de 2020, sin que exista una prueba concreta de especial conflictividad laboral en la empresa. No es especialmente significativa una convocatoria de huelga el 25-03-20, desde el 31-03- 21, por tiempo indefinido y paralización de la actividad por parte del Comité de Seguridad y Salud del centro de trabajo por falta de medidas de seguridad. Consta asistencia en salud mental en el mes de marzo de 2019, fecha en la que en absoluto consta que existiese una realidad laboral compleja para el actor aunque el mismo relacionó dicha asistencia con el trabajo. Pero lo cierto es que con anterioridad a la baja ya había existido una consulta. Si los estresores laborales tienen que ser objetivamente susceptibles de originar la patología, se concluye que no se ha acreditado dicha situación. Como afirma la ITSS, no se puede determinar objetivamente que exista un nexo causal entre la enfermedad de la parte actora y las condiciones de trabajo y no hay base para considerar que la causa exclusiva de la baja haya sido el trabajo.