• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL SAIZ ARESES
  • Nº Recurso: 276/2023
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE RUIZ RAMO
  • Nº Recurso: 669/2023
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Situaciones de explotación de los trabajadores por cuenta ajena, que integran ilícitos laborales criminalizados, justificándose la intervención del derecho penal por la mayor lesividad que la infracción de normas laborales que conlleva para el bien jurídico protegido. Se trata de la contratación de inmigrantes ilegales, esto es, aquéllos que carecen de permiso de trabajo y de residencia en España, siendo indiferente que los trabajadores sean legales o ilegales, que el contrato sea verbal o escrito o que las condiciones de trabajo sean expresas o tácitas. Imposición de condiciones abusivas tanto de horario de trabajo como de salario que el trabajador aceptaba ante el miedo de ser expulsado de nuestro país, sin que tampoco se le proporcionaran los pertinentes cursos de formación en prevención de riesgos laborales, ni los EPIS obligatorios. El dolo exigido por el tipo consiste en el conocimiento de los elementos del tipo objetivo, es decir, la existencia de una relación de empleo, que se trata de un súbdito extranjero, que carece de permiso de trabajo y que las condiciones de la relación no respetan sus derechos laborales.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JOSE ANTONIO SOTO-JOVE FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1329/2022
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: OTRAS MATERIAS MERCANTIL
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
  • Nº Recurso: 122/2022
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER NUÑEZ VARGAS
  • Nº Recurso: 6582/2022
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE DAMIAN IRANZO CEREZO
  • Nº Recurso: 1394/2021
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución que desestima una solicitud de abono de indemnización por residencia eventual tras la suspensión temporal de la actividad académica provocada el COVID-19 durante Curso de ascenso a la Categoría de Inspector del CNP. Normativa aplicable. Suspensión de la actividad presencial del Curso. Continuación del mismo por vía telemática. No consta la autorización de las comisiones de servicio a las que se alude en el escrito de demanda. Consiguientemente, desde el momento en que la presencia en la Escuela Nacional de Policía no era precisa por mor de la continuación telemática del curso de formación, nada obstaba a que el recurrente volviese hasta el lugar donde tenía establecida su residencia al contar con destino en una Comisaría. Conforme a lo previsto en el apartado Cuarto (" Régimen Económico") de la Resolución de la dirección General de Policía de fecha 11/4/18, por la que se convocaba a los interesados a la realización del primer curso de formación profesional en cuestión, la innecesariedad de presencia en la Escuela Nacional de Policía implicaba el que desapareciera el presupuesto de hecho que exige la indemnización de residencia eventual. No concurren los presupuestos precisos para tener derecho a la indemnización por residencia eventual reclamada. Desestimación del recurso contencioso-administrativo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA PILAR MANZANA LAGUARDA
  • Nº Recurso: 889/2022
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La madre recurre frente a la decisión judicial de atribuir al padre la decisión de administrar la vacuna del Covid-19 al hijo común menor de 10 años. Señala la Sala para desestimarlo que en todo caso, dado el carácter voluntario de la vacuna, es decisión de cada individuo el optar por una u otra solución, puesto que ninguna está exenta de riesgo, pero en el caso de personas con limitaciones de la capacidad, ese consentimiento debe prestarse por quienes los representen. En relación con los menores de edad, la representación la ostentan los titulares de la patria potestad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 162 del Código Civil, si bien, en materia sanitaria, debe tenerse en cuenta lo establecido en la legislación especial en la materia, en concreto, en la Ley 41/2002 reguladora de la autonomía del paciente. En definitiva, tanto el padre como la madre están facultados legalmente para adoptar la decisión en representación de sus hijas y, ante el conflicto entre ellos y la corta edad de las menores, la resolución debe adoptarse atendiendo al mayor beneficio para su vida y salud. Se desestima
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
  • Nº Recurso: 131/2023
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: AMAYA OLIVAS DIAZ
  • Nº Recurso: 383/2022
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 399/2023
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de la demandante y confirma la sentencia de instancia que deniega la pensión de viudedad, porque, en el caso presente, la pensión no se ha causado por la vía de la pareja de hecho, sino a través de la relación matrimonial, y, en el caso, para causar derecho a la pensión de viudedad vitalicia que se reclama, sería necesario que la enfermedad que le causó la muerte fuera posterior al matrimonio, pues si fuera no sobrevenida tras el vínculo conyugal sería necesario, además que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación como mínimo a la fecha del fallecimiento o, alternativamente, la existencia de hijos comunes y en este caso no concurren tales requisitos. Se ha probado que el fallecimiento fue a causa de un fracaso multiorgánico que se había manifestado ya con anterioridad a la celebración del matrimonio.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.