Resumen: La decisión empresarial de externalizar el servicio de reparto, en el que prestaba servicios el demandante, siendo el único repartidor en la fecha del despido, decisión basada en la situación económica negativa de la empresa y en el considerable ahorro que dicha externalización le suponía. La sentencia recurrida, en su quinto fundamento derecho, analiza la denuncia de vulneración de derechos fundamentales a la no discriminación y de garantía de indemnidad, y llega a la conclusión de que la decisión del demandante de grabar todas las conversaciones en que intervenía a partir de su reincorporación en diciembre de 2018 generó un ambiente de tensión en la empresa, con base en la declaración de dos testigos, compañeras de trabajo del demandante; que no existe indicio alguno de la vulneración denunciada del derecho fundamental a la no discriminación, a la integridad física y moral, y del derecho al honor y a la intimidad personal, ; que el demandante ha aportado indicios de la vulneración de la garantía de indemnidad, y que el empresario ha justificado que la decisión extintiva se basó en criterios de objetividad, razonabilidad y proporcionalidad, por lo cual concluye que el despido objetivo no ha violado la garantía de indemnidad.
Resumen: Despido disciplinario. Falta de contradicción.
Resumen: Entablada demanda de desahucio por expiración de plazo sobre un arrendamiento de vivienda, el demandado defiende la aplicación de una prorroga extraordinaria reglada en el RDL 21/2021.No se acoge dicha defensa. A tenor de la fecha del contrato, antes de su expiración (en fecha muy anterior a la publicación del mentado Real Decreto) la arrendadora remite a los arrendatarios un burofax comunicándole su intención de no renovar el contrato. Los inquilinos solicitan la prórroga extraordinaria contenida en la normativa del estado de alarma que fue aceptada por la actora, por lo que el contrato vencía en diciembre de 2021 y con anterioridad a esta fecha, se envía a los arrendatarios nuevo burofax expresando su voluntad de no continuar el arriendo. Dicho burofax se remitió al domicilio de aquellos, y, aunque no fue entregado, se dejó aviso. Por tanto, adoptada ya una prorroga extraordinaria no cabía otra porque no existe la posibilidad de concatenar varias y sucesivas "prórrogas extraordinarias".
Resumen: Acción de nulidad por error vicio de la adquisición de acciones del Banco Popular. El ejercicio de esta acción está condicionado por una circunstancia previa que afecta a la propia existencia de la acción, que ha sido negada por la sentencia del TJUE de 5 de mayo de 2022 en esta clase de acciones formuladas por accionistas del Banco Popular. Según la sentencia del TJUE la Directiva 2014/59 se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. Son los accionistas de la entidad objeto del procedimiento de resolución quienes deben soportar prioritariamente las pérdidas sufridas como consecuencia de la aplicación de dicho procedimiento. Este régimen especial es compatible con el derecho de la propiedad y con el derecho a la tutela judicial efectiva, pues ni uno ni otro son derechos absolutos. Con ello desaparece el presupuesto esencial de la acción ejercitada en la demanda. Carácter vinculante de la doctrina del TJUE. Las adquisiciones de acciones en el mercado secundario anteriores a la ampliación de capital de 2016 también se ven afectadas por la sentencia del TJUE
Resumen: DESPIDO. VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES. PRUEBAS COVID. NO SOMETER OBLIGATORIAMENTE A PRUEBA PERSONAL DE RESIDENCIAS. FALTA DE RELACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LA CONTRADICCIÓN Y FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE LA INFRACCIÓN LEGAL.