Resumen: AGRESIÓN SEXUAL A MENOR DE EDAD: presunción de inocencia, doctrina general. Delito continuado.
Resumen: Reitera jurisprudencia ( STS 1327/2024, de 9 de diciembre (rcud 391/2023). El artículo 45 LRCSCVM contempla el supuesto en el que, estando pendiente de cuantificar la indemnización por daños y perjuicios del lesionado («antes de fijarse la indemnización», dice el precepto) y una vez estabilizadas las lesiones, se produce su fallecimiento. En esas circunstancias, el legislador indica que la indemnización por secuelas va a ser calculada de una forma determinada, bajo lo que se identifica como iure hereditatis,ya que va a favor de los herederos, y este derecho, el del artículo 45, es lo que el artículo 47 LRCSCVM refiere como compatible con la indemnización que corresponde a los perjudicados por la muerte del trabajador a causa de tales lesiones.Y, por su parte, el artículo 40 LRCSCVM se refiere a la determinación del importe «por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial.». La sentencia de contraste es la que contiene la doctrina correcta y, en consecuencia, procede estimar el motivo, y el motivo se estima parcialmente porque a la Sala IV le parecen más completos los cálculos que hace la impugnación del recurso, toda vez que incluyen el periodo de estabilización lesional de 442 días, así como las operaciones quirúrgicas, periodo y operaciones tenidas en cuenta por el juzgado de lo social y sobre las que nada dice el recurso.
Resumen: Las trabajadoras iniciaron proceso de baja médica por COVID, inicialmente considerado por enfermedad común, que fue atendida por la Mutua, siendo posteriormente declarada la contingencia de enfermedad profesional. La Mutua reclamó los gastos de atención sanitaria del periodo de enfermedad común de las bajas, lo que fue estimado por el Juzgado. En el recurso se desestima que la Mutua haya consentido la denegación del pago de las asistencias reclamadas porque son de abril y mayo de 2020 y la solicitud de 20-3-2023, sin que haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Tampoco hay actos propios vinculante porque no hay una declaración de voluntad de la Mutua que cause estado de conformidad. También se afirma que la asistencia sanitaria inicial derivó de un proceso por enfermedad común que posteriormente se califica como profesional, pero reclamándose aquí, solo, los gastos de dichas primeras asistencias no debe responder la Mutua de ellas, desestimando el recurso.