• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: YOLANDA ALVAREZ DEL VAYO ALONSO
  • Nº Recurso: 1460/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: CARMEN MARIA RODRIGUEZ CASTRO
  • Nº Recurso: 1304/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El despido en Cuba del trabajo prestado en Cuba se rige por el derecho sustantivo cubano, de tal manera, que no cabe aplicar la norma española sobre el personal de alta dirección ni el 1902 del Código Civil.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 568/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En relación con la situación del recurrente que no fue trasladado desde una residencia de la tercera edad donde estaba ingresado a un centro hospitalario por razón de salud pública, durante la pandemia del Covid-19, considera esta sentencia que no habido una infracción de Lex Artis y no se dan los requisitos para poder condenar a la cesación por responsabilidad patrimonial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: OSCAR GONZALEZ PRIETO
  • Nº Recurso: 1866/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: MARIA CARMEN GARCIA MARRERO
  • Nº Recurso: 543/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: ANTONIO DORESTE ARMAS
  • Nº Recurso: 684/2023
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FERNANDO UTRILLAS CARBONELL
  • Nº Recurso: 959/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia aclara que la LEC permite la acumulación de las acciones de desahucio y la reclamación de las rentas debidas a la hora de presentar la demanda. Lo que no permite es acumular reclamación de rentas futuras cuando la fecha de la demanda no existiera incumplimiento en el pago de rentas. Cuestión distinta es que el arrendatario deba de seguir pagando las rentas (a título de tal o de indemnización) hasta que abandone la vivienda. Por eso, en este caso se desestima la acción de reclamación de rentas, porque no debía al presentar la demanda. La exigencia de oferta de alquiler social antes de la presentación de la demanda fue declarada como inconstitucional. Pero la legislación del COVID vuelve a introducir esa exigencia de oferta de alquiler social. Sin embargo, esa oferta no puede considerarse como un requisito de procedibilidad para admitir la demanda. Tampoco es objeto del juicio de desahucio la posible vulnerabilidad económica de los arrendatarios, que no pueden reconvenir por tal causa. El principio constitucional del derecho a la vivienda está dirigido a los poderes públicos, no para ejercitar un derecho subjetivo. La obligación de los tribunales es la de comunicar esa situación a los servicios públicos competentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JESUS MARIA SANTOS VIJANDE
  • Nº Recurso: 25/2023
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MARIA PILAR RAMIREZ BALBOTEO
  • Nº Recurso: 1174/2021
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Granada
  • Ponente: MARIA MILAGROSA VELASTEGUI GALISTEO
  • Nº Recurso: 2218/2022
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.