• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MIGUEL AZAGRA SOLANO
  • Nº Recurso: 196/2023
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de la Sala desestima los recursos de la TGSS y la otra recurrente, desestima la revisión pedida por la primera por fundarse en el acta de infracción y razona para desestimar el recurso de ambas, que conforme al contrato de prestación de servicios, la Sra. Belen se obligaba a realizar servicios de gestión y explotación de la estación de servicio, incluyendo la comercialización en exclusiva en dicha instalación, de combustibles y carburantes que se definen en el contrato, así como la gestión de la tienda, lavados y otros negocios complementarios, para lo cual gozaba de total independencia y libertad para contratar a los empleados que considerase oportunos, siendo ella la responsable, por su cuenta y riesgo, de pagar los salarios, seguros sociales, darles de alta y de baja en la Seguridad Social, ejercer el poder disciplinario sobre sus trabajadores, control horario. es decir, actuaba como una auténtica empresaria, sin que la entidad demandada tuviera ningún tipo de intermediación ni control respecto a la elección de los trabajadores que ella quería contratar, a diferencia de lo que ocurre en las estaciones de servicio gestionadas directamente por la entidad demandada. La misma no ejercía ningún control sobre las vacaciones que disfrutaba la Sra. Belen, ni sobre su horario y jornada de trabajo, no constando que ejerciera sobre ella ningún tipo de potestad disciplinaria, tan solo cumpliento con los términos del conrato pactado.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZ
  • Nº Recurso: 225/2021
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: ALEJANDRA DODERO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 175/2023
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MANUEL SANTOS MORALES
  • Nº Recurso: 36/2023
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN MARQUEZ JIMENEZ
  • Nº Recurso: 64/2023
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SIN DEFINIR
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: VICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
  • Nº Recurso: 452/2022
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA DOLORS PORTELLA LLUCH
  • Nº Recurso: 1242/2022
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Granada
  • Ponente: RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
  • Nº Recurso: 1850/2022
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JESUS ARANGÜENA SANDE
  • Nº Recurso: 1086/2022
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Granada
  • Ponente: FRANCISCO JOSE VILLAR DEL MORAL
  • Nº Recurso: 1779/2022
  • Fecha: 07/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre una sentencia que desestima la prestación por cese de actuvidad de quien invitado al pago de cuotas no lo cumple. La Sala lo desestima pues el recurrente no estaba al corriente en el pago de las cuotas, sin perjuicio de la posibilidad de la invitación al pago, siempre que el trabajador autónomo realice el pago en el plazo improrrogable de 30 días. Y, aunque la solicitud inicial fue aceptada de forma provisional, tal y como permite la norma aplicable, al amparo de una declaración responsable que el propio solicitante lleva a cabo asegurando cumplir con todas las exigencias legales, ello no era así y, a pesar de ello el demandante siguió solicitando la prestación. Habiendo tenido oportunidad de regularizar el pago en los 30 días posteriores a la invitación al pago, cualquier acto posterior en tal sentido carece de validez a los efectos de entenderse al corriente con la Seguridad Social.

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