• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 468/2022
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala examina los antecedentes de la crisis sanitaria producida por la pandemia del Covid-19 y las medidas normativas adoptadas al efecto, abordando la cuestión referida a la responsabilidad patrimonial del Estado legislador a partir de las SSTC 148/2021 y 183/2021, que declaran la inconstitucionalidad parcial de las disposiciones que acordaron el estado de alarma y sus prórrogas. Señala que tales medidas estaban dirigidas a distintos y amplios sectores de actividad y, por tanto, dotadas del suficiente grado de generalidad para encuadrarlas en la categoría de cargas colectivas, además de ajustarse al principio de precaución o cautela (que comporta una inversión de la carga de la prueba) ante situaciones de riesgo para la salud pública. Y se adoptaron de acuerdo con el conocimiento científico de la pandemia existente entonces, por lo que su enjuiciamiento ha de hacerse conforme al criterio jurisprudencial de no retrospección (cláusula del sesgo retrospectivo anglosajona). No cabe alegar que el art. 3.2 de la LO 4/1981 establece un régimen especial (que exoneraría de la antijuricidad del daño y la fuerza mayor) contrapuesto al general de la responsabilidad patrimonial de la Administración. En consecuencia, las medidas adoptadas por los poderes públicos se dirigieron a limitar los efectos de una pandemia -imprevisible e inevitable-, siendo desarrolladas de manera razonada y proporcionada a la situación existente, por lo que no se generó responsabilidad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE MANUEL REGADERA SAENZ
  • Nº Recurso: 1212/2022
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Granada
  • Ponente: MARIA AURORA GONZALEZ NIÑO
  • Nº Recurso: 117/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La apelación constituye una segunda instancia no plena, alejada de un nuevo enjuiciamiento, de suerte que el órgano de apelación sólo puede rectificar el relato histórico de la sentencia impugnada cuando un ponderado y detenido examen de las actuaciones ponga de relieve un claro error del Juzgador que haga necesaria su modificación, salvo en aquellos aspectos del juicio que dependan sustancialmente de la inmediación. La función del Tribunal de apelación no consiste en reevaluar la prueba sino revisar críticamente la valoración realizada por el Tribunal de instancia. No obstante ello hay que huir del peligro que conlleva la sacralización de la inmediación judicial como blindaje de la resolución apelada contra el control cognitivo del Tribunal de apelación. Se excluye a los acusados como tripulantes de la embarcación para reputarles braceros o farderos como se conocen en el argot policial, lo que no permite reducir su grado de participación en el delito a la de simples cómplices. Pero ello tiene repercusión en la individualización de la pena, en donde es necesario distinguir entre el papel desempeñado por quienes aparecen como organizadores de la operación o intervienen en ella a niveles superiores, de aquéllos cuya aportación se mueve en un estadio muy secundario, como los descargadores o vigilantes, optándose en tales casos por la pena superior en un solo grado y no en dos. Y en este sólo aspecto se estima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI
  • Nº Recurso: 1104/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ANTONIO ANGOS ULLATE
  • Nº Recurso: 42/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1954/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La actora fue despedida y posteriormente readmitida pero no para las funciones de jefe de equipo que desempeñaba a la fecha del despido sino para las propias de su categoría profesional de cajera. Tras diversos períodos de incapacidad temporal y con una reducción de jornada por guarda legal presentó demanda por modificación sustancial de condiciones de trabajo, que fue estimada por el juzgado que la declaró nula y además impuso indemnización por vulneración del derecho constitucional a la no discriminación. La Sala confirma la sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 15386/2022
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ARTURO FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 1275/2022
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 489/2022
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación por silencio por el Consejo de Ministros de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por daños sufridos como consecuencia de la aplicación de las medidas de cierre de empresas no esenciales por el RD 463/2020, en el contexto de la declaración del primer estado de alarma. Tras una referencia a los hechos que dieron lugar a una crisis sanitaria mundial por la expansión del virus SARS-COV-2 así como a la respuesta normativa para evitar o mitigar la propagación de la pandemia, en particular los Reales Decretos relativos al estado de alarma, con especial hincapié en las concretas medidas adoptadas para el sector empresarial dedicado a la hostelería y restauración, da respuesta a las pretensiones de la recurrente. Razona que la responsabilidad patrimonial que se reclama principalmente es del Estado-Legislador, pues los Reales Decretos de declaración de estado de alarma 463/2020 y 926/2020, y sus prórrogas, ostentan la naturaleza jurídica de disposiciones con valor de ley. Cita la doctrina sobre la materia, en especial la STS recaída en el rec. 454/2018. Y razona que de ambos Reales Decretos se deriva el deber de soportar las cargas en ellas impuestas con carácter general para preservar la salud pública de los ciudadanos, tratándose además de una normativa de excepción plenamente justificada, atendiendo a la doctrina del TC y del TJUE. Aprecia también razonabilidad y proporcionalidad en la actuación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
  • Nº Recurso: 855/2022
  • Fecha: 20/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.