Resumen: La Sala estima el recurso, revoca el Auto de instancia, y declara que se atribuye a la jurisdicción social la competencia en materia de prevención de riesgos laborales, así como sobre las consecuencias, incluidas las resarcitorias, del incumplimiento de las obligaciones asociadas, de forma absoluta, sin ningún tipo de diferenciación subjetiva, prescindiendo incluso de las tradicionales diferencias competenciales derivadas del estatuto que puede vincular a los empleados públicos con la administración empleadora (laboral, estatutario o funcionarial). Y por otro lado, la atribución competencial subjetiva se hace siempre en función de la condición profesional o estatuto de la persona concernida como titular del derecho o la obligación, no en función de si, por circunstancias sobrevenidas, se ha producido con posterioridad una sucesión en dicha titularidad material, lo cual ocurre de manera prototípica por fallecimiento de las personas.
Resumen: QUEJA: PLAZO. NO HAY CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES. SE DESESTIMA
Resumen: Cuestión de competencia (exposición razonada). Competencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra las desestimaciones, por silencio administrativo, de las solicitudes de responsabilidad patrimonial derivada de la adopción de medidas sanitarias para evitar la propagación del Covid-19.
Resumen: Determinar si las CCAA al amparo del art. 3 LO 3/1986 Y 26.1 Ley 14/1986 pueden adoptar medidas sanitarias que incidan sobre la libertad de empresa en el marco de una crisis sanitaria, con independencia de la previa declaración de los estados excepción previstos en la LOAES. Cuestión resuelta por STS núm. 141/2023, de 7 de febrero (recurso de casación n º 1185/2022).