• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELA MOSTAJO VEIGA
  • Nº Recurso: 24/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: IGNACIO MARTIN VERONA
  • Nº Recurso: 204/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ARRENDAMIENTOS-MUEBLES
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: NURIA BONO ROMERA
  • Nº Recurso: 2306/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: ALICIA CANO MURILLO
  • Nº Recurso: 298/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: FIJEZA LABORAL
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL RUIZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 801/2022
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL YUSTE MORENO
  • Nº Recurso: 253/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
  • Nº Recurso: 1113/2021
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución que desestima solicitud de reintegro de gastos médicos por parte de MUFACE. La asistencia sanitaria se facilitará por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, bien directamente o por Concierto con otras Entidades o establecimientos públicos o privados. Para que proceda el reintegro reclamado es preciso que la recurrente se encontrara en una situación de urgencia de carácter vital y que el centro médico al que acudió la recurrente fuera razonablemente elegido teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios. El concepto urgencia vital requiere para su apreciación de la existencia objetiva y contrastada de una situación de riesgo inesperado e imprevisible, en la que existe perentoriedad o premura en la actuación y está en peligro la vida del afectado, de suerte que se perjudica su supervivencia o se le puede infligir un daño irreparable o de difícil subsanación a su integridad física si el afectado está obligado a acudir a los servicios médicos asignados. La recurrente padecía unas dolencias que de haberse producido varios meses después, con el diagnóstico ahora determinado, la hubieran situado entre los miles de personas ingresadas por la pandemia con riesgo evidente de fallecimiento caso de no adoptar medidas urgentes. Estimación del recurso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL ROSARIO ESTEBAN MEILAN
  • Nº Recurso: 1054/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por los delitos contra la salud pública y atentado. No obstante, estima parcialmente el recurso para apreciar la atenuante de dilaciones indebidas, en un supuesto en el que la duración del proceso fue superior a tres años con sucesivas demoras. La sentencia, referencias a la jurisprudencia del TC, recuerda que "a los efectos de valorar la concurrencia de esta circunstancia resulta indispensable examinar la complejidad de la causa, el comportamiento del interesado de la actuación de las autoridades judiciales en la instrucción y enjuiciamiento resultando de especial interés los márgenes ordinarios de duración de los litigios del mismo tipo, el interés que en aquel arriesga al demandante de amparo, su conducta procesal y la conducta de las autoridades. Y concluye señalando que en las circunstancias del caso examinado el retraso es indebido, al resultar desproporcionado el lapso de tiempo transcurrido atendida la complejidad de la causa y al no encontrarse justificado el tiempo transcurrido para el enjuiciamiento aún considerando la mayor carga que vienen sufriendo los juzgados y tribunales por el número de asunto repartidos, además de coincidir las fechas de enjuiciamiento con la paralización de los juzgados en tiempos de pandemia por el COVID 19. Sin embargo, se descarta que la atenuante deba apreciarse como muy cualificada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 355/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia desestima la demanda y declara procedente el despido del actor, se le imputaba deslealtad con la cooperativa al haber hechos una crítica peyorativa hacia la gestión y administración de la sociedad. Frente a la sentencia de instancia se interpone recurso de Suplicación por el trabajador, solicita en primer lugar la nulidad de la sentencia pro haberle denegado una prueba documental propuesta, lo que se desestima al estar debidamente justificada que era innecesaria . Se desestiman los motivos de revisión de hechos probados y en cuanto a los motivos de denuncia jurídica, se solicita la nulidad del acuerdo de expulsión por vulneración del derecho a la libertad de expresión lo que es desestimado . Por la Sala se hace una amplia referencia al contenido de la libertad de expresión en el ámbito laboral desestimando el motivo pues la decisión de expulsión del hoy recurrente no estaba vinculada a los juicios de valor y quejas formuladas por el actor, sino al incumplimiento por parte de este de los cauces legales y estatutarios existentes al efecto para formular dichas discrepancias. En cuanto a la petición de improcedencia lo estima la argumentando que las expresiones utilizadas en su correo no fueran afortunadas, y se tratara de excesos verbales, lo cierto es que por las razones expuestas, entendemos que los mismos no tendrían la suma gravedad que se precisa para estimar justificada la imposición de la máxima sanción, como sería la expulsión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MONTSERRAT COMAS DE ARGEMIR CENDRA
  • Nº Recurso: 451/2023
  • Fecha: 09/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto

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