Resumen: La parte actora, el Comité de empresa del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria (IASS) y la sección sindical del sindicato Asamblea de Trabajadores de Canarias, recurre en suplicación la sentencia del Juzgado desestimatoria de su demanda de conflicto colectivo. La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la revisión de hechos interesada por no reunir los requisitos jurisprudenciales para acceder a la misma. Y, en segundo lugar, desestima el recurso ya que el IASS ha desarrollado negociación colectiva sobre las condiciones de trabajo en la gran mayoría de materias y títulos del convenio colectivo único. De los datos fácticos se desprende que, no consta que se haya incumplido por la demandada el deber de negociar de buena fe; así, tras la denuncia del convenio se constituyó la comisión negociadora y se fijó un calendario de negociaciones, constan reuniones de dicha comisión en que se abordaron y trataron diversos temas, entre ellos la regularización de las retribuciones y se ha llegado a acuerdos parciales sobre diversas materias del convenio. Se presume la buena fe y del relato fáctico no consta prueba plena ni indicios sólidos que permitan atribuir una conducta torticera a la administración empleadora en la negociación.