• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ
  • Nº Recurso: 2178/2023
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso del demandante contra la sentencia que ha desestimado la demanda en la que impugnaba una sanción de suspensión de empleo y sueldo por falta muy grave. El Juzgado consideró probado que, pese a tres previos requerimientos de tres distintos responsables de la empresa, el trabajador desobedeció durante cinco días laborales la orden de portar mascarilla preventiva del COVID-19 en el trabajo. El trabajador considera que la sanción es nula por no fijarse en la carta cuál de los apartados de las faltas muy graves previstas en convenio colectivo es el que se le imputa, lo que la Sala rechaza, al constar claramente qué hechos se le imputan, quedando subsumidos los hechos en una de las tres faltas que prevé ese precepto del convenio colectivo. Desecha también la Sala que la sanción sea desproporcionada, aplicando la doctrina gradualista y considerando que, sobre sesenta días de suspensión de empleo y sueldo que prevé el convenio, se le impusieron treinta, sin que el convenio colectivo imponga grave perjuicio empresarial para tal sanción. Igualmente entiende irrelevante que el trabajador pasase a incapacidad temporal en el periodo de cumplimiento de la sanción, pues ésta se hará efectiva cuando pase a alta laboral.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: MARIA BELEN GAMAZO CARRASCO
  • Nº Recurso: 1046/2023
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: AMENAZAS (TODOS LOS SUPUESTOS NO CONDICIONALES)
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLES
  • Nº Recurso: 459/2023
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EMILIO PALOMO BALDA
  • Nº Recurso: 501/2023
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La relación laboral especial se extinguió por desistimiento de la empleadora, teniendo en esa fecha 1.067 días al Sistema Especial de empleados de hogar de la Seguridad Social. Aunque el desistimiento no se encontraba entre los supuestos determinantes de la situación legal de desempleo, esto respondía a que entonces no tenían acceso a esta prestación de desempleo los empleados de hogar, pero se debe aceptar como tal en aplicación analógica al tratarse de una causa de extinción no imputable al trabajador que el ordenamiento jurídico de la Seguridad Social no contemplaba dando un tratamiento discriminatorio por razón de género. En aplicación del Derecho de la Unión, si la exclusión de estos empleados del Régimen común es contraria a las Directivas europeas, la inclusión en la norma debió realizarse desde que nació ésta y por tanto la falta de cotización no se debió a la voluntad del solicitante sino a la voluntad legal ilícita por un factor de discriminación basado en el sexo, debiendo soportarla Administración aplicando la práctica habitual en la Seguridad Social de las cotizaciones ficticias, que a efectos del reconocimiento de las prestaciones permite equiparar a días cotizados períodos de tiempo en los que no se realizaron cotizaciones efectivas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: BEATRIZ BALLESTEROS PALAZON
  • Nº Recurso: 520/2022
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: OTRAS MATERIAS MERCANTIL
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: RAFAEL FUENTES DEVESA
  • Nº Recurso: 787/2022
  • Fecha: 07/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Nulidad de la comisión de apertura y cláusula gastos. La redacción no asegura que el prestatario alcance a entender la naturaleza de los servicios proporcionados como contrapartida del importe de la comisión de apertura. Reitera la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y considera como término inicial del plazo de prescripción el momento del "conocimiento razonable" del carácter abusivo de una cláusula por parte del consumidor. Por tanto, se tendrá en cuenta el momento en el que un prestatario pudo conocer objetivamente el carácter abusivo de la cláusula de gastos y la posibilidad del ejercicio de la acción dirigida a su restitución. No se consideran prescritas las acciones de restitución que computa desde el año 2015 en el caso de la cláusula gastos, plazo que fue interrumpido y desde el año 2020 para la comisión de apertura, plazo que no ha transcurrido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 572/2022
  • Fecha: 05/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19, fundamentalmente el cierre de establecimiento. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 541/2022
  • Fecha: 05/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAQUEL HERMELA REYES MARTINEZ
  • Nº Recurso: 388/2022
  • Fecha: 05/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TC anuló el estado de alarma pero también indicó que no cabía responsabilidad, sin embargo la Sala establece que las limitaciones y acotaciones reseñadas que contienen las STC sobre la limitación de la responsabilidad y efectos de su Sentencia, a pesar de su dicción literal no excluyen, la vía de la Responsabilidad Patrimonial del Estado y de las Administraciones Públicas, En cuanto a la legitimación indica que si la CCAA tiene legitimación pasiva en el recurso interpuesto frente al Disposición del Presidente de la CCAA que adoptó las medidas dañosas por la citada delegación (ex art 2 RD 926/2020 (98), como corolario lógico necesariamente también ostenta esa legitimación pasiva en las pretensiones de responsabilidad patrimonial dirigidas frente a la CCAA derivadas de aquellas medidas dictadas por "delegación". Por todo ello la Sala concluye que es la Administración Autonómica la responsable de los daños que pudieran causar tales medidas. En cuanto a los requisitos de la responsabilidad por estado legislador, indica que no hay fuerza mayor, pero que el daño producido no es antijurídico, pues las medidas eran las medidas a las que se atribuyen los daños deben reputarse necesarias, razonables y proporcionadas lo que determina la exclusión de la antijuridicidad y la consiguiente obligación de soportar los daños por parte del demandante. En cuanto a la individualización del daños indica que no procede porque fue generalizado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: FERNANDO MARIA BREÑOSA ALVAREZ DE MIRANDA
  • Nº Recurso: 1576/2023
  • Fecha: 05/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.