Resumen: En el plan de formación está prevista la realización de un módulo formativo práctico procedimental en el que se desarrollarán y aplicarán los contenidos conducentes a la adquisición de la práctica y habilidades técnico- profesionales y militares propias del guardia civil, a fin de practicar los principales procedimientos operativos y de reforzar las competencias profesionales. En la valoración de los resultados de los concursos y oposiciones es reiterada la jurisprudencia que establece que las bases de la convocatoria que son la Ley del concurso y del proceso selectivo y vinculan a la Administración y a los Tribunales y Comisiones de Selección y a los participantes en el mismo. Por otra parte el núcleo de la valoración técnica la jurisdicción, que opera con criterios jurídicos, no se puede subrogar en el lugar de la Comisión de evaluación, sin perjuicio de que el uso de la discrecionalidad técnica pueda, y deba ser, objeto de control jurisdiccional desde el exterior de ese núcleo reservado, en función de criterios de carácter jurídico, como son fundamentalmente la interdicción de la arbitrariedad y el principio de igualdad de acceso a los cargos públicos. El criterio de los Tribunales y órganos Calificadores en los procesos públicos de evaluación no puede ser sustituido por el de los órganos judiciales ni, mucho menos, por las subjetivas apreciaciones del interesado