Resumen: Beneficiario de prestación de desempleo en pago único para instalación de centro de coach para aficionados al tenis y directivos en un edificio de su propiedad, impugna la resolución administrativa que decreta su extinción por sanción, por la comisión de una infracción muy grave, al no haber destinado el desempleo capitalizado al inicio de la actividad para cuyo emprendimiento se concedió. La instancia desestima la demanda. La Sala de lo Social, desestima una revisión fáctica, y confirma la decisión del Juzgado, con los siguientes argumentos: El procedimiento a seguir para la imposición de sanciones administrativas por infracciones laborales y de seguridad social es el regulado en el RD 928/98, en el que la falta de resolución expresa de la reclamación previa no tiene otra consecuencia que la de tenerla denegada por silencio administrativo. Concurren los elementos del tipo infractor del Art. 26.4 LISOS, pues el demandante destinó el desempleo capitalizado a obras que mejoraban la habitabilidad de su local, en el que en ningún momento ejerció la actividad económica.
Resumen: Dominio público marítimo terrestre. Caducidad de concesión. Examen de los artículos 78 y 79 de la Ley 22/1988, de Costas. Caducidad del procedimiento para la declaración de la extinción del derecho. El inicio del procedimiento se produce por acuerdo de abril de 2019, por lo que el plazo de caducidad vence en octubre de 2020 (18 meses). Al referido cómputo, la Sala descuenta la situación de estado de alarma, lo que supuso una suspensión de plazos de dos meses y diecisiete días, por lo que el díes ad quem quedaría fijado en el 3 de enero de 2021. También se toma en consideración que la solicitud de Dictamen del Consejo de Estado, supuso la suspensión del plazo para resolver, quedando fijado el día final en el 23 de febrero de 2021. En el caso que nos ocupa la notificación de la resolución que pone fin al procedimiento se produce en septiembre de 2021, por lo que se ha excedido el plazo señalado y procede declarar caducado el procedimiento.