• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS AURELIO SANZ ACOSTA
  • Nº Recurso: 953/2022
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES MONTALVA SEMPERE
  • Nº Recurso: 258/2024
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER MOLINA GIMENO
  • Nº Recurso: 731/2023
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA PILAR FERNANDEZ ALONSO
  • Nº Recurso: 295/2023
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER MARTINEZ DERQUI
  • Nº Recurso: 111/2024
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FERNANDO CARLOS DE VALDIVIA GONZALEZ
  • Nº Recurso: 855/2022
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FELIX VICENTE AZON VILAS
  • Nº Recurso: 6085/2023
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA ENCARNACION GONZALEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 795/2023
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 658/2022
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER MARTINEZ DERQUI
  • Nº Recurso: 86/2024
  • Fecha: 04/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Contrariamente a lo manifestado por la defensa del recurrente, por el propio reconocimiento de la denunciada y del denunciado, sí que ha quedado probado que este vive en la vivienda cuya ocupación se denuncia, y que se habían mantenido en la misma al menos hasta la fecha de celebración del juicio. Por el contrario, por el recurrente ningún documento se ha aportado que pudiera justificar la ocupación del inmueble, y que justificara que su voluntad no era la de ocupar una vivienda sin título que le legitimara para ello; de hecho, ni tan siquiera se ha acreditado que existiera un contrato que hubiera legitimado la previa utilización de la vivienda por parte del denunciado, ya fuera verbal o escrito con el anterior propietario de la misma o con persona facultada para disponer de la misma; no se ha aportado el contrato de arrendamiento suscrito con ese supuesto arrendador, ni recibo alguno de los pagos realizados y a los que el denunciado se refirió en su declaración, y tampoco se ha traído como testigo a este supuesto arrendador para que confirmara la declaración prestada por el denunciado. Ningún error ha habido, por tanto, en la calificación de los hechos como constitutivos del delito leve de usurpación por el que fue condenado el recurrente, por lo que se desestima el recurso interpuesto y confirma la sentencia apelada.

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