• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ADORACION MARIA RIERA OCARIZ
  • Nº Recurso: 9/2024
  • Fecha: 28/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de abuso sexual sobre menor de 16 años. Declaración de la víctima: valoración como prueba de cargo. Norma aplicable: efecto retroactivo de norma más favorable que la vigente. En el abuso sexual el desvalor de la acción estriba en la ausencia de un auténtico consentimiento que pueda considerarse, más allá de la pura aquiescencia formal o exterior, como verdadero y libre ejercicio de la libertad personal dentro de la esfera de la autodeterminación sexual.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
  • Nº Recurso: 401/2025
  • Fecha: 28/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: No resulta aplicable la doctrina jurisprudencia recaída en relación con la aplicación retroactiva, en beneficio del reo, de las modificaciones normativas de una norma extrapenal que integra una norma penal en blanco. La retroactividad favorable va referida, exclusivamente, a las "leyes penales", y la norma penal que le ha sido aplicada al acusado no ha sufrido modificación favorable a este último. El fundamento de la aplicación retroactiva de la norma penal favorable se encuentra en la existencia de un cambio en la valoración jurídico- penal de la conducta, sin que pueda procederse a la aplicación retroactiva de la norma penal aparentemente más beneficiosa para el reo cuando ese cambio en la valoración jurídico-penal de la conducta no se ha producido y, por tanto, esa modificación normativa tiene un fundamento diferente. La modificación de la norma extrapenal que el apelante esgrime en fundamento de la pretensión de revisión de la sentencia condenatoria que es objeto de ejecución, no pasa de ser una modificación de un elemento secundario que integró en su día la conducta del ahora apelante, que fue calificada como delito de estafa, sin que esa modificación entrañe variación alguna del injusto penalmente típico ni un cambio en la valoración jurídico-penal de la conducta que aquél realizó en su día y que condujo a su condena.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 8444/2022
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso de casación contra la Sentencia de Apelación dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que condenó al recurrente como autor de un delito de agresión sexual. Ante la alegación de la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, se analizan las limitaciones de ese motivo de casación que no habilita para una revisión probatoria total. En cuanto a la retroactividad de la norma penal favorable promulgada mientras la sentencia pende de recurso, se estima el motivo relativo a la aplicación retroactiva de la legislación posterior.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 2156/2023
  • Fecha: 16/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El marco normativo de referencia viene conformado exclusivamente por el art. 2.2 CP. Exige una valoración comparativa en cada caso. Esa ponderación corresponde al Tribunal que dictó la sentencia o al que está llamado a dictarla (si se trata de hechos todavía no enjuiciados). La legislación posterior en abstracto aquí es favorable: establece un marco penológico más benigno que el anterior. La Audiencia partiendo de esa premisa ha reindividualizado la pena de forma racional disminuyéndola ligeramente. Es una operación razonada y razonable que no atenta a la legalidad y se ha de respetar en casación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 2111/2023
  • Fecha: 16/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Aunque los preámbulos o exposiciones de motivos de las leyes carecen de valor normativo, sirven, sin embargo, como criterio interpretativo de las disposiciones normativas a las que acompañan para la búsqueda de la voluntad del legislador. El principio de proporcionalidad supone la adecuación de la pena al hecho por el que se impuso, incumbiendo el juicio de proporcionalidad en inicio al Legislador, y en el momento de la aplicación de la pena al caso concreto, al juzgador. El cotejo para determinar la disposición más favorable debe hacerse comparando en bloque ambos esquemas normativos, pues solo así puede detectarse que régimen resulta más beneficioso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 1327/2023
  • Fecha: 16/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Retroactividad de la ley penal favorable: el tribunal encargado de determinar si la nueva ley es o no más favorable debe partir del concreto juicio de tipicidad construido con base a la norma derogada que mereció el hecho probado y no de las alternativas típicas que dicho marco ofrecía.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 6131/2023
  • Fecha: 16/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revisión de mínimo a mínimo. Es obvio que la unidad de ilícitos de la que parte la regulación de la ley intermedia plantea retos muy importantes de individualización de penas, pero cuando se trata de revisar las penas impuestas por entrada en vigor de una ley penal más favorable el estándar a utilizar debe responder a criterios más objetivos. Precisamente, para evitar una reindividualización sin juicio previo. Es el propio legislador el que ha rebajado el reproche establecido en la sentencia. La voluntad de la ley fue la de reducir el reproche mínimo por debajo del mínimo fijado en la norma que derogó, lo que arrastra inevitables consecuencias de reajuste a la baja difíciles de neutralizar en este incidente revisorio. Llámese la atención, a título de ejemplo, que de ese nuevo mínimo debe partirse para la revisión de todas las condenas por delitos intentados de violación conforme a la legislación previa a la entrada en vigor de la ley intermedia, sin que pueda introducirse ningún factor material de merecimiento de la pena en su día fijada para impedirlo. Es una consecuencia material, no simplemente formal como parece sostener el recurrente, de la retroactividad de la ley penal favorable que debe activarse, también, para reajustar las penas mínimas en su día impuestas a los nuevos mínimos resultantes de la entrada en vigor de la ley intermedia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 2557/2023
  • Fecha: 15/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es obvio que la unidad de ilícitos de la que parte la nueva regulación de la ley intermedia plantea retos muy importantes de individualización de penas, pero cuando se trata de revisar las penas impuestas por entrada en vigor de una ley penal más favorable el estándar a utilizar debe responder a criterios más objetivos. Precisamente, para evitar una reindividualización sin juicio previo. Es el propio legislador el que ha rebajado el reproche establecido en la sentencia. La voluntad del legislador fue la de reducir el reproche mínimo por debajo del mínimo fijado en la norma que derogó, lo que arrastra inevitables consecuencias de reajuste a la baja difíciles de neutralizar en este incidente revisorio. De ese nuevo mínimo debe partirse para la revisión de las condenas por delitos intentados de violación conforme a la legislación previa a la entrada en vigor de la ley intermedia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 957/2023
  • Fecha: 14/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la distinción entre unidad de acto, delito continuado y concurso real, discrepancia de la mayoría en el voto particular; y la incidencia del principio acusatorio en su resolución. Individualización de la pena. Se estima parcialmente uno de los recursos en el sentido de modificar la pena de prisión, la libertad vigilada a seis años y además la imposición de la pena accesoria de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad prevista en el art. 192.3 CP, que ha de ser al menos de cinco años (y veinte como máximo) superior a la impuesta de privación de libertad, que en el criterio proporcional concretado para fijar las demás penas, establecemos en trece años.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 10092/2024
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que ratificó la condena por un delito de agresión sexual a menor de 16 años. Atenuante de alteración psíquica derivada de consumo de sustancias estupefacientes. La simple condición de consumidor no es suficiente para apreciar la atenuante pretendida, sino que es preciso acreditar la relación funcional con el delito al que se pretende asociar. LO 10/2022. No procede su aplicación retroactiva dado que se trata de una ley posterior a la fecha de enjuiciamiento de los hechos. La defensa no se opuso durante el procedimiento a la aplicación de la norma vigente al tiempo de cometer los hechos. Finalmente, tampoco la defensa interesó la aplicación de la LO 10/2022 en el trámite alegaciones conferido durante la tramitación del recurso de casación.

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