Resumen: MODIFICACIÓN DE MEDIDAS MATRIMONIALES. PENSIÓN ALIMENTICIA. EXTINCIÓN/REDUCCIÓN. PROCEDENTE. Se ha producido una sustancial alteración de circunstancias desde el dictado en el año 2007 de la sentencia de divorcio, en donde el marido, demandante-apelado ahora, percibía un salario de 1100 € mensuales, estando en la actualidad desempleado, y los hijos, a quiénes se les fijara una pensión alimenticia de 150 € mensuales a cada uno de ellos, por ser menores de edad, en la actualidad el mayor, de 21 años de edad, está incorporado al mercado laboral, percibiendo el correspondiente salario, en tanto que el otro, de 18 años, dispone de trabajo temporal, en formación, por lo que se considera ajustado a derecho el declarar extinguida la pensión de aquél y la reducción de la de éste a 100 € mensuales durante 18 meses, plazo suficiente para que pueda encontrar un trabajo estable. INCONGRUENCIA EXTRA PETITA. IMPROCEDENTE. No cabe ser apreciada porque frente a la petición de extinción de la pensión alimenticia, el tribunal puede reducir la cuantía y fijar un período máximo de percepción.