• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 696/2023
  • Fecha: 07/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso seguido para la protección de derechos fundamentales, interpuesto por una organización de usuarios y consumidores contra el Real Decreto 448/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios. La Sala descarta que la exigencia de nuevos requisitos mínimos a las asociaciones ya constituidas y a los que deben ajustarse en el plazo de un año, haga inviable el ejercicio del derecho de asociación que venían hasta ahora ejerciendo, pues considera que esa mayor exigencia es un objetivo lícito. El litigio se centra en la DT1ª relativa a las asociaciones ya inscritas en el Registro a la entrada en vigor del RD impugnado, descartando la Sala la infracción de los artículos de la Constitución invocados, en especial el derecho fundamental de asociación -22 CE-, en el establecimiento de un régimen general regulado en la LODA y distintos regímenes que se ajustan a la diversidad de entes asociativos, concretamente que las asociaciones de consumidores y usuarios quedan sujetas a su legislación específica, lo que guarda relación con el artículo 22 de la LGDCyU. No es cuestión litigiosa enjuiciar directamente los preceptos del Reglamento que concretan el contenido esencial del artículo 22 de la Constitución porque no es pretensión de la actora que se anulen.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 1099/2023
  • Fecha: 02/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El servicio de empleo puede utilizar como criterio de desempate la prioridad en la presentación de solicitudes siempre que a la situación de igualdad se llegue mediante la aplicación de criterios respetuosos con los principios de igualdad y capacidad
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1628/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acceso a la información contenida en equipos o repositorios informáticos de datos que se encuentren en un domicilio constitucionalmente protegido o sean accesibles desde este, requiere que el auto que autoriza la entrada en dicho domicilio razone de manera específica la justificación del acceso a esa información, con la finalidad de salvaguardar los derechos fundamentales del art 18 de la de la Constitución. Establecido esto, la sentencia considera que la autorización de entrada domiciliaria no amparaba el acceso a los datos contables alojados en la "nube", por lo que tales no pueden servir para justificar la liquidación, si bien, los motivos de la regularización no traen causa de los datos obtenidos del acceso a la nube, sino por la calificación de los rendimientos obtenidos de inmuebles como rentas del capital inmobiliario y no por actividades económicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1377/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acceso a la información contenida en equipos o repositorios informáticos de datos que se encuentren en un domicilio constitucionalmente protegido o sean accesibles desde este, requiere que el auto que autoriza la entrada en dicho domicilio razone de manera específica la justificación del acceso a esa información, con la finalidad de salvaguardar los derechos fundamentales del art 18 de la de la Constitución. Establecido esto, la sentencia considera que la autorización de entrada domiciliaria no amparaba el acceso a los datos contables alojados en la "nube", por lo que tales no pueden servir para justificar la liquidación, si bien, los motivos de la regularización no traen causa de los datos obtenidos del acceso a la nube, sino por la calificación de los rendimientos obtenidos de inmuebles como rentas del capital inmobiliario y no por actividades económicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1627/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acceso a la información contenida en equipos o repositorios informáticos de datos que se encuentren en un domicilio constitucionalmente protegido o sean accesibles desde este, requiere que el auto que autoriza la entrada en dicho domicilio razone de manera específica la justificación del acceso a esa información, con la finalidad de salvaguardar los derechos fundamentales del art 18 de la de la Constitución. Establecido esto, la sentencia considera que la autorización de entrada domiciliaria no amparaba el acceso a los datos contables alojados en la "nube", por lo que tales no pueden servir para justificar la liquidación, si bien, los motivos de la regularización no traen causa de los datos obtenidos del acceso a la nube, sino por la calificación de los rendimientos obtenidos de inmuebles como rentas del capital inmobiliario y no por actividades económicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1192/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acceso a la información contenida en equipos o repositorios informáticos de datos que se encuentren en un domicilio constitucionalmente protegido o sean accesibles desde este, requiere que el auto que autoriza la entrada en dicho domicilio razone de manera específica la justificación del acceso a esa información, con la finalidad de salvaguardar los derechos fundamentales del art 18 de la de la Constitución. Establecido esto, la sentencia considera que la autorización de entrada domiciliaria no amparaba el acceso a los datos contables alojados en la "nube", por lo que tales no pueden servir para justificar la liquidación, si bien, los motivos de la regularización no traen causa de los datos obtenidos del acceso a la nube, sino por la calificación de los rendimientos obtenidos de inmuebles como rentas del capital inmobiliario y no por actividades económicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1376/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declara la sentencia que en relación con las exigencias de la autorización de acceso y entrada a domicilios constitucionalmente protegidos -sujeción a los principios de necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida-, es extensible a aquellas actuaciones administrativas que, sin entrañar acceso al domicilio constitucionalmente protegido, tengan por objeto el conocimiento, control y tratamiento de la información almacenada en dispositivos electrónicos (ordenadores, teléfonos móviles, tabletas, memorias, etc.) que pueda resultar protegida por los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar; al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos. En el caso, el Auto que autorizó la entrada no amparó la obtención de datos en "la nube", y los datos de esta fueron proporcionados por quien no era el legal representante. Dicho esto, la liquidación se sostiene en datos distintos a los obtenidos mediante el acceso a la nube, y de los que se desprende que no existió actividad económica de arrendamiento de inmuebles, sino rendimientos del capital inmobiliario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 1626/2023
  • Fecha: 01/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acceso a la información contenida en equipos o repositorios informáticos de datos que se encuentren en un domicilio constitucionalmente protegido o sean accesibles desde este, requiere que el auto que autoriza la entrada en dicho domicilio razone de manera específica la justificación del acceso a esa información, con la finalidad de salvaguardar los derechos fundamentales del art 18 de la de la Constitución. Establecido esto, la sentencia considera que la autorización de entrada domiciliaria no amparaba el acceso a los datos contables alojados en la "nube", por lo que tales no pueden servir para justificar la liquidación, si bien, los motivos de la regularización no traen causa de los datos obtenidos del acceso a la nube, sino por la calificación de los rendimientos obtenidos de inmuebles como rentas del capital inmobiliario y no por actividades económicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: PEDRO LUIS GARCIA MUÑOZ
  • Nº Recurso: 2619/2021
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Solicita que se declare la responsabilidad patrimonial, haber sufrido un auténtico acoso laboral , una situación de violencia sistemática en su lugar de trabajo y del que pudiera ser responsable el Ayuntamiento de Tarragona por haberle asignado un puesto de trabajo en comisión de servicios que le provocó según sostiene una situación de aislamiento en una situación deplorable en cuanto a la falta de medios materiales y la falta en definitiva de una estructura que le asignara una función específica en el Instituto Municipal de Educación. El Juzgado indica que concurren los requisitos para concederla, dado que no menciona ningún episodio vital de la suficiente entidad como para provocar el trauma cuando objetiva en el Sr Hilario un trastorno de estrés postraumático en remisión con síntomas de re-experimentación, hipervigilancia, y distorsión cognitiva, diagnosticándole un trastorno de la personalidad obsesivo a extramuros de una actuación antijurídica del Ayuntamiento y a años luz de una conducta vulneradora de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad y no discriminación, a la integridad física y moral y al derecho al honor denunciados por el recurrente. La Sala desestima el recurso y confirma la denegación de responsabilidad. Fueron absueltos en vía penal, varios trabajadores y autoridades. Hechos probados que vinculan. El recurrente era agente de la policía local y pactó con el ayto ese puesto en el Instituto Municipal de Educación. Se desestima.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 465/2023
  • Fecha: 26/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Resolución del Tribunal Calificador que publicó la lista definitiva de valoración de méritos por orden de la puntuación obtenida de los aspirantes y el acuerdo de ese Tribunal, que propone la lista definitiva de aprobados al concurso oposición para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala de ingeniería, especialidad ingeniería industrial, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Se declare no ser conformes a Derecho las Resoluciones recurridas, anulando solo la exclusión indebida de la recurrente de la lista de candidatos propuestos a plaza, reconociendo como situación jurídica individualizada el derecho de la recurrente a ser incluida en segunda posición s y declarada la falta de ajuste a derecho del otorgamiento al mismo de 5 puntos por los mismos, con la finalidad de restablecer el derecho del artículo 23.2 CE , derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. No se aprecia en los argumentos expuestos una vulneración discriminatoria de la recurrente en relación al resto. Lo que sí se denuncia es una vulneración de las bases de la convocatoria con perjuicio de la actora y ello reconduce el debate a una cuestión de legalidad ordinaria.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.