• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: LAURA CUEVAS RAMOS
  • Nº Recurso: 263/2024
  • Fecha: 06/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras una intervención quirúrgica ginecológica, que obligó a una reintervención dos meses después por causa de una infección pélvica postoperatoria, la paciente desarrolló una enfermedad renal por causa de la obstrucción parcial de uréteres que determinó casi cuatro años después la pérdida de un riñón. La demanda reprochaba la negligencia de la ginecóloga que siguió a la paciente tras la intervención quirúrgica, por no derivarla al servicio de urología e informar por el contrario que su evolución postoperatoria era normal. La jurisprudencia ha declarado reiteradamente que la responsabilidad del profesional médico es de medios y como tal no puede garantizar un resultado concreto; la infracción de la lex artis ad hoc es el título de imputación jurídica del daño. Falta de prueba de la relación causal. La prueba reveló que la paciente ya había sufrido infecciones urinarias antes de la intervención y otra dos años después, con lo que no es posible relacionar causalmente esa enfermedad recurrente con la intervención quirúrgica y el seguimiento postoperatorio, durante el cual, además, no consta que la paciente refiriese dolor o molestias que pudiesen relacionarse con una enfermedad renal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
  • Nº Recurso: 6118/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción de nulidad de cláusula incluida en préstamo hipotecario que atribuía todos los gastos del contrato al consumidor/prestatario. Este instó la nulidad de la cláusula y la restitución de lo indebidamente pagado como consecuencia de la aplicación de la cláusula y la demanda, estimada en primera instancia, fue desestimada en apelación por apreciarse que la acción estaba prescrita. Allanamiento del banco al recurso de casación. El allanamiento de la parte recurrida/demandada también tiene efectos en casación y debe dar lugar a la estimación de la demanda, en aplicación del principio dispositivo que rige en el proceso civil. El allanamiento es una manifestación de conformidad con la petición contenida en la demanda, hecha por el demandado al contestar a ella, o en otro momento procesal, y constitutivo de un medio de extinción del proceso a virtud del reconocimiento y conformidad del demandado, que puede comprender todas las materias de carácter privado que sean objeto de pretensión por las partes y que sean disponibles por ellas, porque no es lícito, dentro del orden jurídico, oponerse a que los interesados hagan de lo suyo lo que a bien tengan. En consecuencia, se estima el recurso y, al asumir la instancia, se desestima el recurso del banco y se confirma la sentencia de primera instancia, incluyendo la condena en costas del banco aunque no se hayan estimado todas las pretensiones de la demanda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4309/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Préstamo hipotecario. Cláusulas de gastos. Allanamiento en casación de la parte recurrida (demandada y apelada en la instancia). La sala estima el recurso. Recuerda que el allanamiento de la parte recurrida/demandada también tiene efectos en casación y debe dar lugar a la estimación de la demanda en aplicación del principio dispositivo que rige en el proceso civil. El allanamiento es una manifestación de conformidad con la demanda hecha por el demandado al contestar o en otro momento procesal, y constituye un medio de extinción del proceso que puede comprender todas las materias de carácter privado que sean objeto de pretensión por las partes y que sean disponibles por ellas, porque no es lícito, dentro del orden jurídico, oponerse a que los interesados hagan de lo suyo lo que a bien tengan.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4268/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procedimiento de nulidad por abusividad de la cláusula de gastos de la escritura de préstamo hipotecario. La sentencia de primera instancia estimó la demanda y acordó la nulidad de la cláusula de gastos con restitución de las cantidades reclamadas, condenando a la demandada al pago de las costas. La Audiencia Provincial estimó el recurso de apelación formulado por el banco, en el sentido de declarar prescrita la acción de reclamación de las cantidades abonadas por gastos, de cuya pretensión absolvió a la entidad prestamista, sin imposición de costas en ambas instancias. Allanamiento de la entidad demandada, ahora recurrida. La sala recuerda que el allanamiento de la parte recurrida/demandada también tiene efectos en casación en aplicación del principio dispositivo que rige en el proceso civil y, en consecuencia, estima el recurso de casación y, al asumir la instancia, confirma la sentencia de primera instancia, y desestima el recurso de apelación. No procede hacer expresa imposición de las costas del recurso de casación, al haber sido estimado. La desestimación del recurso de apelación implica que deban imponerse a la apelante las costas por su formulación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 9692/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cártel de camiones. Carga de la prueba y extensión de la responsabilidad a la filial demandada. Inexistencia de infracción en la aplicación de presunciones. Valoración ilógica e irrazonable de la prueba pericial del demandante, bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño, que permite acudir a la estimación judicial del daño, pero inadecuado para establecer una concreta indemnización (informe Naider). Efecto vinculante de las decisiones de la Comisión sobre prácticas infractoras de las normas de la competencia. Existencia del daño y relación de causalidad. Circunstancias concretas y significativas que permiten presumir la existencia del daño. Al no existir prueba de que ese daño supere o sea inferior el 5% del precio, porcentaje que la sala considera como importe mínimo del daño, atendidas las circunstancias del cártel y los datos estadísticos, se fija en esa magnitud la indemnización. Legitimación pasiva de filial demandada: formaba parte de la unidad económica, en sentido funcional, que participó en el cártel sancionado por la Decisión en su condición de comercializadora. No puede hablarse de un cambio de título de imputación al apreciar la existencia de unidad de empresa: aunque la filial formalmente no sea destinataria de la Decisión, por formar parte de la unidad económica a quien sí se imputa la conducta colusoria, a estos efectos, puede considerársele responsable de esa conducta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 3452/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal que no vulnera el principio de igualdad ya que no existe identidad de razón con recursos precedentes inadmitidos. Carácter inadmisible de un motivo de casación por falta de cita en su encabezamiento de la norma sustantiva infringida. Efecto vinculante de las decisiones de la Comisión sobre prácticas infractoras de las normas de la competencia. Acción follow-on que exige partir del examen de la Decisión. Contenido y alcance de la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016. Presunción del perjuicio. Existencia del daño y relación de causalidad. Circunstancias concretas y significativas que permiten presumir la existencia del daño. Atribución al juez de facultades de estimación del daño. Para decidir si es correcta la estimación judicial del daño hay que valorar si la imposibilidad práctica de valorar el daño se debió a la inactividad del perjudicado. La exhibición de pruebas por el demandado y por terceros. No hay inactividad probatoria de la parte demandante que hiciera improcedente la estimación judicial del daño. Fijación del perjuicio en el 5% del precio de adquisición de los camiones, con los intereses legales desde la fecha de adquisición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 6806/2019
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El art. 34 de la LH requiere no solo la adquisición a título oneroso y de buena fe, sino también que se trate de una adquisición derivativa fundada en un título adquisitivo válido, así como que el bien o derecho conste previamente inscrito a favor del transmitente, y que, según el contenido del propio Registro, esté legitimado para transmitir. Para que opere el art. 34 de la LH y, por lo tanto, entre en juego la protección jurídica que dispensa, es preciso que el negocio jurídico de adquisición derivativa del tercero sea válido; puesto que la inscripción no tiene las virtudes mágicas o milagrosas de convertir lo nulo en válido o eficaz, sanando sus defectos que, desde luego, no quedan convalidados por la buena fe del adquirente. La jurisprudencia ha explicitado el recíproco ámbito de actuación de los arts. 33 y 34 LH: resulta protegido por la fe pública quien es tercero respecto del título de adquisición nulo y que adquiere de manera válida de un titular registral que lo fue en virtud de un acto nulo. Si el acto adquisitivo del tercero es inexistente, nulo o anulable, la fe pública registral no lo convalida, ya que únicamente asegura la adquisición del tercero apoyado en el contenido jurídico del Registro, que para dicho tercero se reputa exacto y verdadero. En el caso, la compraventa es nula por falta de consentimiento de los contratantes, sin posibilidad de ratificación pues el supuesto vendedor no tenía poder ni representación legal de los dueños.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 4134/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reiteración de jurisprudencia. Se demanda en un procedimiento sobre condiciones generales de la contratación, la nulidad de cláusulas de gastos,y devolución de cantidades. La sentencia de primera instancia estimó la demanda . Recurrió en apelación la entidad bancaria demandada y la Audiencia estimó el recurso , consideró prescrita la acción de restitución. Recurrió en casación la parte actora sobre la prescripción. La entidad recurrida se allanó a todas las pretensiones del recurso de casación, por lo que se estimó íntegramente, se desestima el recurso de apelación de la demandada, con la consiguiente confirmación de la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia. Reiteración de jurisprudencia (por todas, sentencias 11/2012, de 19 de enero , 571/2018, de 15 de octubre , 173/2020, de 11 de marzo y 1127/2024, de 16 de septiembre).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 10003/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal que no vulnera el principio de igualdad ya que no existe identidad de razón con recursos precedentes inadmitidos. Inexistencia de infracción en la aplicación de presunciones y su planteamiento en casación. Valoracion ilógica e irrazonable de la prueba pericial del demandante. Análisis de la insuficiencia probatoria e idoneidad del informe. Método reconocible (el sincrónico comparativo, completado con el diacrónico) de los que aparecen en la Guía de la Comisión como aptos para el cálculo del sobreprecio, que presenta serias objeciones (razones que impiden asumir sus conclusiones). Informe que satisface la exigencia de que el demandante hubiera realizado un mínimo esfuerzo probatorio que permite acudir a la estimación judicial del daño. Efecto vinculante de las decisiones de la Comisión sobre prácticas infractoras de las normas de la competencia. Acción follow-on que exige partir del examen de la Decisión. Contenido y alcance de la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2016. Existencia del daño y relación de causalidad. Circunstancias concretas y significativas que permiten presumir la existencia del daño. Atribución al juez de facultades de estimación del daño. Fijación del perjuicio en el 5% del precio de adquisición de los camiones, con los intereses legales desde la fecha de adquisición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 9362/2021
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reiteración de jurisprudencia. Demanda en la que se solicitaba indemnización de daños causados por la infracción del Derecho de la competencia en el cártel de los camiones. Contrato de leasing. La sala estima el recurso extraordinario por infracción procesal contra una sentencia en la que que se había estimado la demanda asumiendo plenamente el dictamen pericial aportado por la actora. La sala reitera que el informe pericial es bastante a efectos de considerar suficiente el esfuerzo probatorio sobre la existencia del daño. Ahora bien, el informe presentado resulta inadecuado para establecer una concreta indemnización, motivo por el que ha habido un error patente en su valoración. Se anula la sentencia y se dicta una nueva en la que la sala aplica su jurisprudencia sobre la presunción del daño y su estimación judicial (en concreto y entre otras, la de las SSTS 372/2024, de 14 de marzo, y 1042/2024, de 22 de julio). El importe de la indemnización será el equivalente al 5% del precio de adquisición de los camiones objeto de litigio, con los intereses legales desde la fecha de adquisición. Identifica la fecha del devengo de los intereses en caso de financiación mediante leasing con la fecha de adquisición. Reconoce la legitimación activa del adquirente mediante contrato de leasing.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.