• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: DANIEL PRIETO FRANCOS
  • Nº Recurso: 140/2025
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: EMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 92/2025
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se sigue proceso penal por delito de atentado y delito de lesiones en el que consta que se ha dictado auto de apertura del juicio oral al respecto, y que ya existe el propio escrito de acusación del Ministerio Fiscal, con petición de pena de 2 años de prisión (1 por cada delito), con sustitución de la pena privativa de libertad por la propia expulsión por 10 años como condena penal y que se ha acordado la búsqueda, detención e ingreso en prisión del aquí apelante para la celebración de la comparecencia necesaria y se ha dictado auto de rebeldía. Para la Sala son estos hechos negativos suficientes para imponer la sanción de expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JAIME LOZANO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 65/2022
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TSJ de Castilla-La Mancha estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el titular de un local sancionado con 30.001€ por infracción muy grave del art. 45.11 de la Ley 7/2011, al considerar desproporcionada la multa impuesta por proferir frases ofensivas y amenazantes a agentes durante una inspección. La Sala confirma la existencia de infracción por presión verbal, desacato y amenazas, pero reduce la sanción a 5.000€, aplicando el art. 29.4 LPAC conforme a la STS de 5/6/2025 (rec. 2014/2023), que permite imponer la sanción prevista para infracciones inmediatamente inferiores. Rechaza la alegación de indefensión por falta de traslado del expediente, al haberse subsanado con la notificación de la propuesta de resolución y posibilidad de alegaciones. También descarta la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana por haberse producido los hechos en la vía pública, al estar vinculados a la inspección del local. No se aprecia vulneración del principio de tipicidad ni falta de prueba de cargo. No se imponen costas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: PILAR RUBIO BERNA
  • Nº Recurso: 151/2024
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de apelación formulado contra la sentencia del Juzgado, y desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución municipal, recaída en el expediente sancionador, que impuso una sanción de multa por la realización de actuaciones sin el preceptivo título habilitante, consistentes en reforma integral de vivienda, hechos clasificados como infracción de carácter grave. La sentencia de instancia estima el recurso por entender que no existe prueba de cargo, dado que la única prueba en la que se sustenta el expediente sancionador es el acta de inspección que es nula por haber sido obtenida de forma irregular con vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio. Sin embargo, tratándose de un edificio en obras que no constituye residencia y habiéndose entendido las diligencias de inspección con los propios trabajadores que se encontraban en la obra, difícilmente puede haber vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio como se recoge en la sentencia apelada, sirviendo para entrar el consentimiento concedido por parte del encargado de la obra. No se solicitó la licencia que resultaba preceptiva ni se ha justificado el cumplimiento de la normativa urbanística ni de habitabilidad, no se está ante una simple reforma amparada por licencia de obra menor, sino en la ejecución de unas obras completamente distintas a las que fueron autorizadas por licencia de obra menor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA PILAR GALINDO MORELL
  • Nº Recurso: 304/2025
  • Fecha: 11/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Le consta una pena de dos años de prisión impuesta por el Juzgado de lo Penal Número 4 de Zaragoza, como autor responsable de un delito de lesiones agravado por utilización de instrumento peligrosootra de seis meses de prisión por un delito de amenazas, además de dos meses de prisión como responsabilidad penal subsidiaria por impago de multa por un delito de lesiones, impuesta por el Juzgado de lo Penal Número 1 de Zaragoza, le consta, además, un tercer antecedente penal: Condenado por el Juzgado de lo Penal Número 2 de Zaragoza, prisión por un delito de resistencia o desobediencia. A pesar de que aporta que ha reconocido a dos hijos, con ello no acredita relacion afectiva, ni cumplimiento de obligaciones para con ellos. La Sala confirma la Sentencia apelada, dado que no hay acreditado arraigo y La conducta personal del apelante es susceptible de calificarse todavía como constitutiva una amenaza grave para intereses fundamentales de nuestra sociedad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA JESUS MURIEL ALONSO
  • Nº Recurso: 154/2023
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución que impone, a un Funcionario de Instituciones Penitenciarias, una sanción de cinco meses de suspensión de funciones, por la comisión de la infracción grave prevista en el 7.1.i) del Real Decreto 33/1986, por falta de rendimiento. Tipicidad de la conducta: existencia. Cuando el funcionario admite el retraso o el incumplimiento, la carga de la prueba de la justificación recae sobre él. En el presente caso, el agente no ha aportado elementos objetivos que acrediten una causa externa, grave o insuperable que explique la demora, limitándose a alegar la inexistencia de intencionalidad y de pruebas directas. Sin embargo, tales argumentos resultan insuficientes para enervar la responsabilidad administrativa, toda vez que el principio de responsabilidad en la función pública exige a los agentes el cumplimiento de sus tareas con diligencia, oportunidad y eficacia,configurándose una infracción cuando el funcionario incurre en un retraso no justificado en el cumplimiento de sus obligaciones. El agente no ha aportado elementos objetivos que acrediten una causa de fuerza mayor o impedimento legítimo que justifique el retraso, limitándose a realizar manifestaciones genéricas, sin sustento documental alguno, incurriendo, por tanto, en la tipicidad del precepto. Proporcionalidad de la sanción impuesta. Desestimación del recurso contencioso-administrativo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN NUÑEZ FIAÑO
  • Nº Recurso: 15143/2024
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TEAR anuló una liquidación y sanción derivada acordando la retroacción para nueva liquidación. Pero en cuanto a la sanción, el Tribunal recoge la doctrina del TS conforme a la cual cuando anuló un primer acuerdo sancionador como consecuencia exclusiva de la anulación, por motivos formales, de la liquidación de la que traía causa la sanción, la dimensión procedimental del principio non bis in idem se opone al inicio de un nuevo procedimiento sancionador y a una nueva sanción con relación al mismo obligado tributario y por los mismos hechos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
  • Nº Recurso: 155/2024
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La anulación del Real Decreto Ley 3/2016 llevada a cabo por la sentencia del Tribunal Constitucional obliga a reconfigurar la tributación en los aspectos que hayan resultado afectados, que deberán ser sustituidos por otros resultantes de la norma jurídica previa. La Sala justifica el allanamiento del AE puesto que una vez anulada por inconstitucional la modificación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en cuanto se refiere a la corrección del ajuste por reversión de deterioro efectuado en la autoliquidación del IS, así como por la limitación de las bases imponibles, la consecuencia inevitable debe de abarcar todos los efectos que en aplicación de la misma se hubieren producido, y se esté en condiciones de revertir; y si en aplicación de los mismos se han declarado bases imponibles que no deberían haberlo sido, o se han establecido límites a las BINS superiores, y, como consecuencia, se ha tributado más de lo que debiera haberse tributado, o de manera diferente, es necesario repararlo, porque esta consecuencia resulta implícita al ejercicio de la pretensión de anulación, y se contiene en la de plena jurisdicción, también ejercitada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JAIME LOZANO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 79/2022
  • Fecha: 10/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que en la instancia desestimó el recurso contra la expulsión del recurrente. Cuestionada la aplicación del procedimiento preferente la Sala, a diferencia del juzgado, considera que no constaba debidamente acreditada la extinción del permiso de residencia de larga duración del recurrente al existir contradicciones en las fechas y documentos aportados por la administración. Además, el recurrente sí ha acreditado estar trabajando y cotizando legalmente durante un periodo posterior a la supuesta extinción constando como vigente la autorización de larga duración en los registros. Teniendo domicilio conocido y arraigo familiar y laboral no se entiende no fuera debidamente notificado de la supuesta extinción. De ahí que revoque la resolución de expulsión por no acreditarse ausencia de autorización para trabajar y utilizar un procedimiento no justificado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JUDIT CERZOCIMO TORRES
  • Nº Recurso: 202/2024
  • Fecha: 09/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala reseña que se aporta en el expediente un informe de la policía nacional en el que se recoge que le constan 6 detenciones por delitos de hurto, robo con fuerza en las cosas, usurpación y 7 filiaciones distintas, por lo que se emite un informe policial desfavorable. Además de ello no consta en el expediente administrativo el certificado del Registro Central de Penados en España y no consta tampoco que hubiera permanecido en España durante los dos años anteriores a la solicitud, constando solamente el certificado de Colombia con el contenido "actualmente no es requerido por autoridad judicial alguna", conllevando lo expuesto el incumplimiento de los requisitos para la concesión de la autorización de la residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo familiar.

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