Resumen: La sentencia estima la demanda y declara el despido improcedente y la Sala desestima el recurso interpuesto contra la misma, razonando que postula la mercantil condenada en instancia la revisión del relato de hechos de la sentencia, sin concretar lo que quiere revisar, adicionar o sustituir, ni sus términos ni en su caso la prueba que lo ampare, limitándose a cuestionar que la Juzgadora no considere algunos de los hechos contenidos en la carta de despido, señalando que aunque están relacionados los cuantificados en la carta no son exactamente los mismos relatados en la sanción al trabajador, lo que podría motivar en su caso una censura jurídica, que no plantea, más resulta por completo ajeno al motivo de revisión fáctica, con el que ni siquiera pretende en fin se tuviera por acreditada la realidad de unos tales hechos que la Juzgadora no valora, con lo que resulta de todo punto superfluo y debe rechazarse. En relación al segundo motivo, sin invocación alguna de amparo procesal ni cita de norma sustantiva o jurisprudencia alguna que estime infringidas - no teniendo tal consideración (art 1.6 C. Civil, las sentencias que cita de diversos TSJ, que enjuician por demás supuestos distintos de éste), llevaría sin más a su rechazo. En todo caso, ni se acredita para nada la simulación de enfermedad, justificada por parte médico, ni cabe considerar que no entregar el coche de la empresa tras la IT, revista gravedad suficiente para justificar el despido, sin requerimiento previo.