Resumen: El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso del trabajador demandante contra la sentencia que desestima la demanda que formuló contra la empresa, al entender que la misma incurrió en ilegal despido tácito al darle de baja en la Tesorería General de la Seguridad Social como trabajador suyo, alegando dimisión. El Juzgado consideró que con ello se materializó lo que realmente ocurrió, que fue una dimisión voluntaria del trabajador de su contrato de trabajo, extinguido por su causa. La Sala, tras estimar una reforma fáctica dirigida a hacer constar que en el finiquito que se le entregó se le abonaron varios días por incapacidad temporal, para hacer ver que si que pasó por un periodo de tal índole, confirma la sentencia, pues aún y considerar que el demandante estuvo de baja laboral los días que afirma por COVID-19, luego de la fecha en la que se produjo el alta laboral que refiere la empresa le requirió para que se incorporase al trabajo, lo que no hizo, siendo de nuevo requerido para que entregase las llaves del centro de trabajo, a lo que el trabajador respondió diciendo que al día siguiente entregaría el parte de alta laboral y las llaves, lo que no llevó a efecto, sin incorporarse ni ese día ni los siguientes, no dando noticia alguna a la empresa, que, ante tal conducta, correctamente entendió que el demandante había hecho conductas reveladoras de que extinguía su contrato de trabajo por propia dimisión.