Resumen: La sentencia de instancia desestima y la Sala, tras rechazar la revisión de los hechos en base a prueba testifical, confirma, razonando que en IT por cervicalgia y dorsalgia el día 19 de febrero de 2022, el trabajador conduce su vehículo y al estacionar recoge una mochila en los asientos traseros, comprobando que realiza movimientos y giros, tanto de espalda como de cuello con total normalidad y carga 3 paquetes de 6 botellas cada uno de 1,5 litros de agua en concreto 27 kg de peso de una sola vez, el 20 de febrero de 2022, se le vuelve a ver conduciendo con total normalidad acudiendo por la tarde a un partido de fútbol en el que está prácticamente todo el rato jugando con un balón, pateándolo, dándole cabezazos y realizando ejercicios de equilibrio tanto con los pies como con la cabeza, ello supone una muy grave transgresión de la buena fe contractual, en la medida que dichas actividades han de entenderse incompatibles con la situación de baja, teniendo en cuenta el diagnóstico ya descrito (dolor de cuello y dolor dorsal) y si se realizan supone una de dos, o que dichas dolencias no existen en la medida que puedan justificar una situación de incapacidad temporal (por tanto esta es indebida y existe una simulación) o que en caso contrario dichas actividades supondrían un perjuicio para su curación que cuando menos iba a demorar esta, con la consiguiente prolongación indebida de la situación de incapacidad temporal, supuestos ambos no admisibles y justificativos del despido.