Resumen: Por el actor se imputan como incumplimientos graves, que con ocasión de haberse incorporado su nueva superior jerárquica, existen: "órdenes incoherentes sobre horario inicial", "órdenes bajo premisas falsas sobre dónde dormir en Merca Madrid", "llamadas continuas", "utilización de camiones obsoletos o dañados", "improvisación constante de órdenes que afecta al descanso semanal", "obligación de cubrir las bajas de los compañeros", "excesos de jornadas", y "transportar mercancías peligrosas sin extintores suficientes", motivo que considera está en la base de la baja médica (IT) de fecha 6 de agosto de 2021, y por lo que solicita además una indemnización adicional de 25.000 € por daños morales. Considera, sin embargo, la Sala que el recurrente se limita a hacer supuesto de la cuestión, para lo que parte de presupuestos fácticos carentes de reflejo en la versión judicial de los hechos y, a su vez, de valoraciones que tampoco se desprenden de ella e, incluso, contradicen abiertamente las conclusiones sentadas por el juzgador "a quo", intentando, así, establecer otras distintas de las alcanzadas por el mismo, lo que no es posible admitir. no se ha demostrado que la empresa haya incurrido en alguna de las conductas recogidas en el artículo 50 del ET que justifican la extinción de la relación laboral a petición del trabajador y tampoco se ha probado una vulneración de derechos fundamentales del actor, por lo que no es posible admitir la pretensión acumulada de indemnización de daño.