• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 561/2023
  • Fecha: 05/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de suplicación: falta de competencia funcional por razón de cuantía. Reclamación de diferencias de base reguladora que no superan los 3000 euros, pero como la cuestión que se discute es la relativa a la integración de las lagunas de cotización de los trabajadores a tiempo parcial que solicitan una pensión contributiva. Esos litigios afectan a un gran número de beneficiarios de la Seguridad Social y, por ello, se declara que concurre la afectación general del art. 191.3.b) de la LRJS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 189/2023
  • Fecha: 09/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para el cómputo del periodo de cotización no se debió aplicar el coeficiente de parcialidad previsto en el art. 247 LGSS, en la redacción aplicable por razones temporales, pues implica una desigualdad de trato injustificada y se rompe con la proporcionalidad, ya que a una reducción razonable de la base reguladora para el trabajador a tiempo parcial en función de su menor base de cotización, se añade una reducción también del periodo de cotización para fijar la cuantía de la prestación, lo que no se hace con el trabajador a tiempo completo, conllevando, además, una discriminación indirecta por razón de sexo. Reitera doctrina establecida en STS 167/2025, de 5 de marzo (rcud 1238/2023)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 1818/2023
  • Fecha: 08/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El ordenamiento jurídico interno no prevé la condena al pago de intereses moratorios de las prestaciones de la Seguridad Social, lo que impide que pueda condenarse a su abono. Los daños y perjuicios deben compensarse únicamente con la indemnización establecida por el TJUE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 4716/2023
  • Fecha: 07/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El ordenamiento jurídico interno no prevé la condena al pago de intereses moratorios de las prestaciones de la Seguridad Social, lo que impide que pueda condenarse a su abono. Los daños y perjuicios deben compensarse únicamente con la indemnización establecida por el TJUE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 95/2024
  • Fecha: 02/04/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revisión de sentencias:en este recurso se reclama la rescisión de dos sentencias, una de despido declarado improcedente y otra de responsabilidad por infracotización a efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, cuando después la empresa conoce que el trabajador solicitó la pensión de jubilación antes de que se le despidiera por inasistencia al trabajo. Se desestima el recurso por: no haber recurrido en suplicación, no se acredita el plazo de tres meses para interponer la demanda desde que conoce el documento al que se atribuye valor revisorio, el documento no es decisivo y no existió maquinación fraudulenta por parte del trabajador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 786/2023
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la sentencia anotada se trata de decidir si, tras la entrada en vigor del RD-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, tiene derecho al subsidio de desempleo para mayores de 52 años el beneficiario a quien se le había reconocido esa misma prestación conforme a la legislación anterior y le fue extinguida el 14-6-2018, al alcanzar la edad que le permitía la jubilación anticipada, que solicita el reconocimiento del derecho al amparo de la nueva normativa legal que amplía su duración hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Y, TS, en contra del parecer de la Sala de origen, da una respuesta negativa. Razona al respecto que la nueva normativa legal introduce dos importantes modificaciones: 1) rebaja a los 52 años la edad para acceder al subsidio, y 2) extiende su duración hasta la edad ordinaria de jubilación, cuando la norma anterior la fijaba en el momento de alcanzar la edad que permitía la jubilación anticipada del trabajador. Ahora bien, lo que no contempla es la posibilidad de rehabilitar o reanudar el derecho al subsidio que hay hubiere sido extinguido mediante resolución firme con anterioridad a la vigencia de esta nueva norma. Tampoco las reglas transitorias contemplan ningún mecanismo que permita la rehabilitación del subsidio ya extinguido, ni contemplan la posibilidad de su reanudación. Se estima el recurso del SEPE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 1576/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea en el recurso si el derecho del progenitor al complemento por aportación demográfica (respecto de su pensión de jubilación, causada el 2 de septiembre de 2019) debe percibirse en su totalidad o debe minorarse en atención a que la otra progenitora ha devengado, con efectos de 8 de diciembre de 2021, el complemento por brecha de género. La Sala IV considera que en caso de concurrencia de ambos complementos, el importe del referido a la brecha de género debe minorar el reconocido por aportación demográfica, aplicando para ello la DT 33 de la LGSS que así lo establece expresamente (introducida por RDL 3/2021, de 2 de febrero, que dio nueva redacción al art. 60 LGSS, dando así respuesta normativa a la STJUE de 12 de diciembre de 2019 -asunto WA-, que estableció que dicho precepto era discriminatorio para los varones y contrario a la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978 por reconocer el derecho a un complemento de pensión por aportación demográfica para las mujeres mientras que los hombres que se encuentran en una situación idéntica no tienen derecho a tal complemento). Por lo tanto, se estima parcialmente el recurso deducido por el INSS y el actor, debiendo minonarse el complemento de aportación demográfica reconocido al actor con efectos económicos de 29 de mayo de 2019 en el importe que percibe la esposa, por reducción de la brecha de género, a partir de la fecha de efectos económicos de 8 de diciembre de 2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 4426/2023
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Complemento de maternidad y de brecha de género: cuando el progenitor percibe complemento de maternidad desde el 2018 (régimen antiguo), y posteriormente a la progenitora, se le reconoce en el 2022 (régimen actual) el complemento por reducción de la brecha de género. El derecho del progenitor al complemento por aportación demográfica (maternidad) de su pensión debe minorarse en atención al que la progenitora ha devengado por el complemento por brecha de género.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 418/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El reconocimiento a uno de los progenitores del derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica no impide que el otro progenitor también lo perciba siempre que se cumplan los requisitos exigidos por el art. 60 de la LGSS en su redacción originaria. Reitera doctrina establecida en STS 362/2023 (rcud. 3821/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 283/2024
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal Supremo estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por un jubilado varón, reconociéndole el derecho a una indemnización de 1.000 euros por daños morales derivados de la discriminación por razón de sexo tras la denegación inicial del complemento por aportación demográfica (conocido como complemento de maternidad), pese a que ya había sido reconocido como discriminatorio por el TJUE. La Sala considera que la negativa del INSS obligó injustamente al actor a litigar. Aunque la doctrina fijada por el Supremo establece una indemnización estándar de 1.800 euros, en este caso se limita a 1.000 por ser esa la cuantía solicitada en la demanda. Se casa la sentencia del TSJ de Cataluña que había desestimado la pretensión indemnizatoria y se confirma en lo demás la sentencia del Juzgado de lo Social que había estimado parcialmente la demanda.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.