• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO ESPIN TEMPLADO
  • Nº Recurso: 137/2021
  • Fecha: 05/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra una resolución de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial que acordó el archivo de la diligencia informativa abierta a resultas de la denuncia del recurrente contra los magistrados de un Tribunal Superior de Justicia que no se abstuvieron en un determinado procedimiento. Y es que las resoluciones dictadas por el Juez y por la Sala de lo Civil y Penal en cuestión, en relación con la querella formulada contra el primero, son resoluciones jurisdiccionales que solo pueden ser revisadas por medio de los recursos que fuesen procedentes. Respecto a ellas no cabe el ejercicio de la potestad disciplinaria por parte del Consejo General del Poder Judicial, que carece de competencia sobre el contenido de la función jurisdiccional. También es rechazada la supuesta infracción del deber de abstención, siendo así que, en definitiva, el archivo de la diligencia informativa resulta conforme a Derecho.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: OCTAVIO JUAN HERRERO PINA
  • Nº Recurso: 266/2021
  • Fecha: 29/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Plan de refuerzo. Aprobación de dos Comisiones de Servicio sin relevación de funciones para el refuerzo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia por la Comisión Permanente del CGPJ. Inexistencia de imposición obligatoria de participación en el plan de refuerzo. Inexistencia de infracción del art.165 LOPJ. Determinación del hecho de que la llamada a la formación de la Sala responde a la condición de miembro de la misma. Inexistencia de nueva atribución de funciones ni de abuso de autoridad. El recurrente plantea que el acuerdo adoptado por el Presidente de la Sala de lo Social, aprobado por la Sala de Gobierno, le impone como obligatoria y en contra de su voluntad la participación en el plan de refuerzo, al ser llamado a las deliberaciones y resolución de las ponencias asignadas a los magistrados de refuerzo, cuando esa participación no es obligatoria una vez realizada por el recurrente la carga de trabajo exigible. Determinación del hecho de que la llamada a formar parte de las deliberaciones de la Sala responde a la nueva composición y funcionamiento de la misma y a ella están sujetas todos los miembros de la sala al margen de su sujeción o no al plan de refuerzo. Determinación del hecho de que las obligaciones de los miembros de un órgano colegiado comprenden múltiples actuaciones propias del funcionamiento del mismo más allá de la carga de trabajo preestablecida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 1663/2021
  • Fecha: 19/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La competencia para adoptar la resolución aprobatoria de la tarifa de utilización del agua y del canon de regulación corresponde al presidente de la Confederación Hidrográfica. El "presupuesto del ejercicio correspondiente" que había de tenerse en consideración para cuantificar el canon de regulación y las tarifas de utilización del agua, al que aludía el Reglamento Dominio Público Hidráulico antes de la modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, era el del último ejercicio cerrado, en el momento de proceder a su aprobación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 1645/2021
  • Fecha: 19/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Competencia para adoptar la resolución aprobatoria de la tarifa de utilización del agua y del canon de regulación: presidente de la Confederación Hidrográfica. Presupuesto a tenerse en consideración para cuantificar el canon de regulación y las tarifas de utilización del agua: correspondiente al del último ejercicio cerrado, en el momento de proceder a su aprobación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 2105/2021
  • Fecha: 19/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La competencia para adoptar la resolución aprobatoria de la tarifa de utilización del agua y del canon de regulación corresponde al presidente de la Confederación Hidrográfica. El presupuesto del ejercicio correspondiente que había de tenerse en consideración para cuantificar el canon de regulación y las tarifas de utilización del agua, al que aludía el Reglamento Dominio Público Hidráulico antes de la modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, era el del último ejercicio cerrado, en el momento de proceder a su aprobación. Desestimación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 2423/2021
  • Fecha: 15/09/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La competencia para adoptar la resolución aprobatoria de la tarifa de utilización del agua y del canon de regulación corresponde al presidente de la Confederación Hidrográfica. El presupuesto del ejercicio correspondiente que había de tenerse en consideración para cuantificar el canon de regulación y las tarifas de utilización del agua, a la que aludía el Reglamento Dominio Público Hidráulico antes de la modificación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, era el del último ejercicio cerrado, en el momento de proceder a su aprobación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 3615/2021
  • Fecha: 28/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso frente a la anulación por la Sala de la Audiencia Nacional de la Orden de 28 de agosto de 2018 por la que se convoca para el año 2018 la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector u Organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental. La Sala confirma el criterio de la sentencia de 27 de julio de 2022 (RCA 1424/2021) y desestima el recurso. Mantiene el criterio jurisprudencial de la precitada sentencia que señaló que la disposición incurrió en causa de nulidad al invadir la competencia autonómica en relación con la gestión y control de la subvención en materia de medio ambiente, de conformidad con el artículo 148.1.9 CE. Añade que, la circunstancia de que las actividades a desarrollar afecten a un ámbito geográfico supraautonómico, tampoco puede justificar, por si misma, la excepcional asunción de competencias de gestión por el Estado y el correlativo desplazamiento de las competencias autonómicas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 87/2022
  • Fecha: 21/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sala estima el recurso interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Ministros denegatorio de la solicitud de indulto del recurrente. Acoge la denuncia de infracción del artículo 24 de la Ley de Indulto efectuada por el recurrente, aplicando al caso la doctrina jurisprudencial sobre los informes a que se refiere el referido precepto, recientemente recogida en la STS 215/2022, de 21 de febrero (recurso contencioso-administrativo núm. 88/2021). Razona que los artículos 23 y 24 de la Ley de Indulto prescriben que las solicitudes de indulto se remitirán a informe del Tribunal sentenciador, y que éste pedirá, a su vez, informe sobre la conducta del penado al Jefe del establecimiento en que aquél se halle cumpliendo la condena, o al Gobernador de la provincia de su residencia, si la pena no consistiese en privación de libertad, y oirá después al Fiscal y a la parte agraviada si la hubiere. Y que en el caso examinado no obra, en realidad, el informe de conducta a que se refiere el señalado artículo 24, ya que lo que consta en el expediente administrativo de indulto se ciñe, en ese particular, a la cita de determinados antecedentes policiales, anteriores, además, a la fecha de la sentencia penal condenatoria; de forma que no se efectúa una auténtica valoración de la conducta del penado posterior a la pena cuyo indulto se solicita. La consecuencia es la anulación del acuerdo impugnado con retroacción de las actuaciones para que se emita el preceptivo informe.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 411/2021
  • Fecha: 20/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la denegación de indulto indicando, en primer lugar, que el procedimiento de indulto no puede servir para atacar la decisión condenatoria dictada, con carácter de firme, por el orden penal. De igual forma, reitera su jurisprudencia en relación con las exigencias formales de las resoluciones sobre denegación del indulto. En concreto, considera que la falta de motivación de la resolución denegatoria no supone una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y al principio de interdicción de la arbitrariedad. La concesión o denegación de un indulto solicitado se consideran como actos de gobierno discrecionales susceptibles de control jurisdiccional, si bien no se trata de una fiscalización in integrum o sin límites de la decisión adoptada en vía administrativa. Así, la decisión esencial del Derecho de gracia no puede ser cuestionada en vía jurisdiccional al no estar sujeta a mandato legal taxativo, sometiéndose únicamente a control los aspectos reglados del procedimiento. Concluye el Tribunal que los acuerdos de denegación de indulto no suponen una excepción a "la regla general de ejecución de las penas impuestas por sentencia firme, por lo que no se advierte la necesidad de justificar las razones de la decisión, que no afecta a esa regla general ni a un derecho inexistente al indulto".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 416/2021
  • Fecha: 18/07/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra el Real Decreto 1024/2021, de 16 de noviembre, relativo a un indulto parcial, conmutándose la pena privativa de libertad impuesta a la indultada por otra de un año y tres meses de prisión, y la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos por la pena de ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no cometer el mismo delito por el que fue condenada en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto. Rechaza, en primer lugar, los vicios de procedimiento que se denuncian en la demanda: en cuanto a la denunciada omisión del informe sobre el arrepentimiento de la indultada, porque ni la referida ausencia podría suponer la nulidad pretendida ni considera la sala incumplido el trámite, pues lo que se requiere no es en realidad un informe sobre el arrepentimiento del solicitante del indulto, sino, como dice el art. 25 LI, de "las pruebas o indicios de su arrepentimiento que se hubiesen observado"; y, en cuanto a la denunciada omisión del informe del Director del Centro Penitenciario, porque lo que realmente se denuncia no es su inexistencia sino su insuficiencia, habiéndose emitido por el Subdelegado del Gobierno, siendo así que el art. 24 LI exige que debe emitirse, bien por el Jefe del Centro Penitenciario o por el Gobernador Civil. Asimismo, rechaza las alegadas vulneraciones de los arts. 9.3, 10.1 y 103 CE y 15 y 25 CE.

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