Resumen: El TS desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra un acuerdo de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial que decidió archivar, de conformidad con lo que había sido informado por el Servicio de Inspección, la denuncia que la recurrente había presentado en relación con el funcionamiento de la Sala Primera del Tribunal Supremo. La decisión de archivo tiene un fundamento que, además de razonable y objetivo, tiene el soporte normativo que significa la habilitación que el art. 152 LOPJ otorga a dicha Sala de Gobierno para aprobar las normas de reparto de asuntos y establecer los turnos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones. La asignación de ponencias obedece al reajuste derivado de la elevada pendencia de la Sala Primera, sin que sea posible dudar de la verosimilitud de las afirmaciones del Presidente de la Sala relativas a la ponderación de las circunstancias concurrentes. Así pues, la decisión de archivo y las medidas de investigación adoptadas cubrieron los mínimos que legalmente resultan exigibles para apreciar debidamente cumplida la exigencia de motivación de los acuerdos del CGPJ. Tampoco cabe apreciar en los hechos denunciados infracción del derecho al juez predeterminado por la ley ni del derecho al juez imparcial, ya que ni la Sala Primera es un órgano jurisdiccional de excepción ni se privó a los litigantes del conocimiento sobre los magistrados de esa Sala y de la posibilidad de recusarlos.
Resumen: Sargento que dirige a una subordinada frases de contenido sexista en presencia de otros artilleros durante unas maniobras, provocando en la víctima sentimientos de humillación y vejación que afectaron a su dignidad personal. Imparcialidad del Tribunal. Motivación de la sanción.
Resumen: Derecho al proceso con todas las garantías. Desestimación previa de recurso contra auto de procesamiento.
Resumen: Derecho al juez imparcial. Como regla general no queda afectado porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación. Motivación de la sanción.
Resumen: Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación.
Resumen: Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación. Proporcionalidad de la sanción.
Resumen: Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación.
Resumen: Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación.
Resumen: Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación.
Resumen: Recusación. Derecho al Juez imparcial. No se afecta como regla general porque concurran a dictar sentencia los mismos miembros del Tribunal que dictaron la anterior que fue objeto de anulación. Proporcionalidad de la sanción.