Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación presentado pues, esta Sala ha admitido a trámite ---por auto de 25 de mayo de 2022---- el RCA 1725/2022 preparado por la misma recurrente y en el que planteaba idénticas cuestiones que en el presente recurso de casación, si bien con la particularidad de que en aquél se afirmaba, y se daba contestación por la sentencia, no tener conocimiento de la sustanciación del procedimiento de cancelación en el registro de preasignación de retribución, cuando dicho procedimiento conlleva un pronunciamiento sobre cuestiones que afectaban a la garantía otorgada por su representada, por lo que debió ser emplazada y notificada. En este se precisa que la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en interpretar el artículo 8.4 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, que regula la cancelación de la inscripción en el Registro de preasignación de retribución y, en concreto, el plazo para iniciar el procedimiento de ejecución o cancelación del aval, a fin de determinar si se trata de un plazo procedimental o de caducidad, así como las consecuencias que conlleve su incumplimiento por la Administración; y si es aplicable el plazo de prescripción en 2 ó 5 años establecido en el art. 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, a una relación entre una aseguradora y la Administración; así como determinar el inicio del plazo de prescripción de la acción de reclamación.