• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ceuta
  • Ponente: ROSA MARIA DE CASTRO MARTIN
  • Nº Recurso: 32/2022
  • Fecha: 23/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Absuelve a los acusados del delito de fraude de prestaciones de la Seguridad Social y falsedad documental. Fraude de prestaciones de la Seguridad Social. Elementos requeridos para la aparición del tipo penal. Fraude de prestaciones a la Seguridad Social cometido en el seno de una persona jurídica, que sistemáticamente llevará aparejada la responsabilidad penal de la persona del administrador o representante empresarial que facilita al trabajador la obtención de las prestaciones fraudulentas. Relación concursal entre el delito de fraude de prestaciones de la Seguridad Social y el delito de falsedad documental que sistemáticamente aparece vinculado al fraude de prestaciones. Delito de favorecimiento de la inmigración ilegal. El tipo penal comprende cualquier acto que promueva o favorezca la inmigración clandestina.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE IGNACIO VICENTE PELEGRINI
  • Nº Recurso: 28/2021
  • Fecha: 23/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal dice que los hechos descritos en la declaración de hechos probados son constitutivos de un delito de tentativa acabada, por lo que procedemos a la rebaja en un grado de la pena. En efecto, consta probado que el acusado ayudado de otras cuatro personas logró agredir físicamente a la víctima y seguidamente le quitaron el pantalón y los calzoncillos y sujetándole con fuerza le dijeron que le meterían una botella de lejía que llevaban por el ano, llegando a colocársela, momento en que la presencia de otras personas y el ruido de una puerta determinó que los autores marcharan del lugar, dejando a la víctima. Por tanto, no existía consentimiento, se redujo la resistencia por medio de violencia física al actuar varias personas, logrando tener a disposición para lograr la penetración del objeto anunciada de palabra. En conclusión, no se produjo un mero anuncio de la acción, sino que llevó a cabo conductas violentas para tenerlo a disposición de llevar a cabo la introducción de la referida botella.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: IGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ
  • Nº Recurso: 5/2023
  • Fecha: 23/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se absuelve al empleado de una empresa que descargó en un dispositivo externo (USB) un número importante de documentos de los sistemas informáticos de la segunda entre los que se estima acreditado que se encontraban planos de instalaciones y tablas Excel que empleaba el acusado en el desempeño de sus funciones, pero que no ha quedado acreditado que pudieran afectar al secreto o a la competencia empresarial o con trascendencia socioeconómica, a pesar de que pudiera tener una naturaleza restringida, ni que terceros hayan tenido acceso a dicha documentación. Integración del concepto de secreto empresarial por remisión al art. 1 de la Ley de Secretos Empresariales. Interpretación jurisprudencial del secreto empresarial a partir de una concepción funcional-práctica como los propios de la actividad empresarial, que, de ser conocidos contra la voluntad de la empresa, pueden afectar a su capacidad competitiva. En el caso examinado, el problema no es tanto la titularidad del documento, propio de la empresa, e incluso su carácter reservado, sino que el mismo no tiene un contenido que le dote de relevancia económica en cuanto represente una información que tenga un valor competitivo real para la empresa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
  • Nº Recurso: 79/2023
  • Fecha: 20/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La comprobación de la concurrencia del requisito de la doble incriminación requiere el análisis de los hechos descritos en esa solicitud, no de la calificación jurídica que se les atribuya en el Estado solicitante de la extradición. En la solicitud de extradición se relatan hechos que implican agresiones sexuales y la obtención de prestación de favores sexuales a cambio de precio, abusando de la situación de necesidad económica de las víctimas y engañándolas sobre la naturaleza de la actividad, todo ello realizado en el seno de una organización criminal. La conspiración en el derecho norteamericano no se corresponde con la conspiración en derecho español. Respecto de los hechos que según el derecho americano constituyen blanqueo de capitales no concurre el requisito de la doble incriminación, al no describirse la ocultación de bienes para enmascarar su origen ilícito. No son aplicables los plazos de prescripción de la legislación española. Las garantías para caso de imposición de cadena perpetua van referidas al ordenamiento jurídico del estado requirente, no a la decisión del tribunal encargado del enjuiciamiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ALEJANDRO ABASCAL JUNQUERA
  • Nº Recurso: 82/2023
  • Fecha: 20/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La solicitud de asilo solo suspende la entrega hasta su resolución denegatoria. No se aprecia riesgo de lesión de derechos fundamentales del reclamado por los órganos del Estado reclamante. Las amenazas de particulares hacia su persona no entran dentro de lo supuestos de denegación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER TEIJEIRO DACAL
  • Nº Recurso: 1157/2023
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Señala la sentencia que del testimonio del vigilante de seguridad, pero también de la visualización de las imágenes de grabación del establecimiento comercial, se desprende claramente la implicación de la recurrente en el hurto de diversos teléfonos móviles que se le imputaba, pudiéndose comprobar, el día de su detención, que llevaba un bolso forrado con papel de aluminio para desactivar los dispositivos de alarma, constatándose a través de las imágenes de grabación que se trata de la misma persona y a quien se identifica entrando y saliendo del local en días anteriores, observándose el momento en el que en una de las ocasiones se apodera de uno de los móviles. La prueba documental en que las grabaciones y su transcripción consisten, son pruebas obtenidas lícitamente y con las necesarias garantías constitucionales y procesales, siendo conocida su existencia por todas las partes, que tenían pleno acceso a las mismas en el plenario, y en cuanto se han practicado con absoluto respeto al derecho de contradicción de las partes, constituyen prueba suficiente de incriminación, sin que resulte de aplicación el principio de in dubio pro reo que se invoca, en cuanto ninguna duda mantiene la juzgadora sobre su implicación en los hechos, por lo que se ratifica la condena operada en la instancia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER RUIZ PEREZ
  • Nº Recurso: 87/2023
  • Fecha: 19/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena. Pena de prohibición de aproximación y comunicación con la persona de su ex pareja sentimental. Presunción de inocencia y prueba de cargo. Valoración del testimonio de la víctima como prueba incriminatoria y elementos de corroboración. Quebrantamiento de la prohibición de aproximación y comunicación personal. Dolo típico que se satisface con el simple conocimiento de la vigencia de la prohibición y la voluntad de incumplirla. Encuentro casual que el acusado aprovecha para mantener una conversación con la persona protegida por la prohibición. Error de prohibición que no puede aceptarse en persona que ya ha sido condenada penalmente por quebrantamiento de condena anterior. Principio in dubio pro reo que únicamente opera cuando existen versiones totalmente contradictorias y los medios de prueba practicados no permiten que la convicción judicial se incline por una o por otra versión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 6767/2021
  • Fecha: 18/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El vicio procesal de incongruencia omisiva se deriva de que ni explícita ni implícitamente se haya dado respuesta a una cuestión jurídica oportuna y temporalmente alegada por alguna de las partes del proceso, y de la lectura de los distintos razonamientos de la sentencia recurrida al dar respuesta a otros motivos planteados. La actuación de Jueces y Presidentes de Tribunales que, si bien están obligados a adoptar una actitud neutra respecto de las posiciones de las partes en el proceso,su neutralidad no debe confundirse con pasividad, por lo que el juzgador puede, y debe, desempeñar funciones de ordenación del proceso, dirigiendo los debates evitando discusiones impertinentes que no conduzcan al esclarecimiento de los aspectos que tienen relevancia para la decisión judicial con la que debe concluir el proceso. Se debe concluir en que medida se perjudicó el derecho de defensa ante el plenario por el hecho de que el acusado no se sentara al lado de su abogado. No procede la nulidad puesto que no se vulnera derecho alguno.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: MARIA DOLORES FERNANDEZ GALLARDO
  • Nº Recurso: 563/2023
  • Fecha: 18/10/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condenaba por un delito leve de coacciones, pues concurren los elementos que configuran este delito, el empleo de violencia, en segundo lugar la dinámica comisiva dirigida a impedir hacer o compeler a efectuar, la relación de causalidad entre ambos elementos, en cuarto lugar el elemento subjetivo tendencial de restringir la libertad ajena, y, últimamente, la ausencia de autorización legítima para obrar de forma coactiva. En el caso examinado, afirmándose en el relato de hechos declarados probados de la sentencia de instancia, tras referir la relación de pareja entre denunciante y denunciada, y, como tras el cese de la misma , la denunciada ha venido realizando una serie de actos como ir al domicilio del denunciante, dejándole incluso notas en el buzón, e insistiendo en tener contacto con él, pese a saber que él no quería ningún tipo de contacto con ella. Se impone la pena de prohibición de acercamiento y de comunicación, y ello aunque no se constate una situación objetiva de riesgo para la víctima, pues este requisito solo es exigido en la adopción de la orden de protección en los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género, pero no para la imposición de una pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTIN
  • Nº Recurso: 50/2023
  • Fecha: 18/10/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delitos de tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos. No existe doble incriminación con respecto de los hechos que aparecen en la Orden como dirigidos a pervertir el curso de la justicia. El hecho de que se haya superado el plazo previsto para el procedimiento de extradición no constituye ninguna causa obstativa a la entrega. Comunicación a las autoridades irlandesas del procedimiento de extradición para que pudieran reclamar a su nacional. No se infringe el principio de proporcionalidad. La valoración de la licitud de la prueba de la acusación incumbe en exclusiva a los tribunales británicos, no estando contemplada como causa de denegación de la extradición la supuesta ilicitud de la prueba.

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