• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: PATRICIA MARTINEZ MADERO
  • Nº Recurso: 174/2025
  • Fecha: 18/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de medida cautelar y dispone su libre absolución. Acusado que es sorprendido cuando se encuentra junto a la persona a la que tiene prohibido acercarse por una orden judicial de protección vigente, si bien se encuentra en el interior del propio domicilio ocupado. Presunción de inocencia y principio de duda razonable. Juicio que se celebra en ausencia del acusado y sin el testimonio de la persona protegida. Dolo de quebrantamiento y su acreditación. Testifical de los agentes de policía que únicamente constatan la presencia del acusado junto a la persona protegida en el domicilio de aquel. Doctrina sobre el tratamiento del encuentro casual y la carga que proyecta sobre el obligado por la orden de protección, de alejarse de la presencia de la persona protegida, pero que debe entenderse aplicable cuando el encuentro tiene lugar en espacios públicos y no cuando se trata del propio domicilio del obligado por la prohibición.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: MANUEL CID MANZANO
  • Nº Recurso: 37/2025
  • Fecha: 18/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se condena por delito contra la ordenación del territorio al acusado, en su condición de alcalde de una localidad, por la realización de obras en el entorno de la zona de protección ambiental de dos inmuebles inventariados en el Catálogo de Patrimonio Cultural de Galicia, y continuación de las mismas después de serle notificado el informe técnico que proponía la paralización inmediata de las obras, siendo, por tanto, conocedor de la necesidad de autorización previa de la Consejería de Cultura competente. Las obras así realizadas supusieron una afectación importante en el bien protegido; protección que no se integra solamente por el propio bien sino por su contorno y zonas de amortiguación. El alcalde no pierde su condición de promotor, a los efectos del delito contra la ordenación del territorio, por razón del cargo público que ocupa. Se rechaza la alegación del acusado de aplicación del principio de intervención mínima del derecho penal. Se absuelve del delito de prevaricación urbanística por el que también se acusaba, por entender que el acusado acordó por sí mismo la ejecución indebida de determinadas obras que necesitaban proyecto técnico, licencia municipal y autorización de la Consellería de Cultura, sin obtenerla. Por tanto, no conjugó el verbo núcleo del tipo penal, contraído a emitir informe desfavorable en términos contrarios a lo establecido en la ley.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: JESUS MARIA GOMEZ FLORES
  • Nº Recurso: 787/2025
  • Fecha: 18/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal condena al acusado como autor de un delito DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN ,Accesorias, costas procesales y pago de la responsabilidad civil. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y subsidiariamente falta de acreditación de la preexistencia de los objetos sustraídos, solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MENDOZA CUEVAS
  • Nº Recurso: 3142/2024
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: LESIONES EN EL ÁMBITO FAMILIAR: la apelante arañó en el cuello a su pareja, sin que conste que él la atacara a ella. JUICIO EN AUSENCIA: no supone una irregularidad procesal, ya que la ley permite de forma expresa la celebración de juicio cuando no esté justificada, y que en cualquier caso nunca conduciría a la absolución, sino a la nulidad y a la nueva celebración. ERROR EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA: la facultad de revisión en la apelación solo viene restringida por la inmediación, sin que quepa detectar error, incongruencia o irracionalidad en la conclusión, en la medida en que la versión de la víctima es sólida, viene respaldada por elementos de convicción externos y objetivos y no pueden ser objetados por el relato de la acusada debido a su ausencia. "IN DUBIO PRO REO": no implica un derecho a la duda, sino una norma destinada a determinar como se debe actuar en caso de duda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 8353/2022
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurrente, consejero de una empresa de vinos, fue condenado, entre otras cosas, por haber formalizado dos contratos de compraventa que conllevaron que la empresa perdiera todo su patrimonio y no pudiera continuar su actividad, sin el consentimiento de los socios. Se alega cosa juzgada. El recurso se estima. La Sala, tras recordar los requisitos que deben concurrir para que opere la cosa juzgada (identidad de hechos, identidad de sujeto pasivo, resolución firme y definitiva) y hacer un repaso de su jurisprudencia, concluye que las enajenaciones enjuiciadas ya eran conocidas en el proceso precedente, aunque no se considerara su imputación por otros ilícitos distintos a los que allí se contemplaron. Se considera quebrantado el non bis in idem.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 548/2023
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza el delito de abusos sexuales y su apreciación antes de la reforma LO 10/2022. Se desestima la pretensión de nulidad por denegación indebida de pruebas: uno de los presupuestos inexcusables para la estimación de una impugnación de esta clase es que la prueba indebidamente denegada o no practicada no sólo sea impertinente; sino que, aun siendo pertinente, sea imprescindible, es decir, sea necesaria porque tenga virtualidad para modificar el fallo de la sentencia. Análisis de la declaración de la víctima. Operatividad del principio "in dubio pro reo" en su dimensión normativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 7562/2022
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Infracción de ley. La Sala II desestima la pretensión por no respetar el recurrente los hechos probados que describen en el acto que llevó a cabo el recurrente para conseguir una agresión sexual, aunque fue interrumpido por los agentes policiales. Concurren los elementos del tipo penal del art. 179 CP. Es procedente el daño moral en delitos sexuales. No es preciso que sea acreditado por pericial psicológica. Puede ser aconsejable que se aporte, pero su ausencia no elimina el derecho de la víctima a percibir la indemnización por daño moral. En los delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales, dado el bien jurídico protegido, es muy frecuente que causen un daño moral en la víctima, sea la misma menor o mayor de edad, pues se trata de conductas que causan un grave impacto psicológico en quien es sujeto pasivo de las mismas, tratándose con frecuencia de sucesos traumáticos que requieren de atención psicológica y psiquiátrica especializada para su recuperación. Se trata, en definitiva, de conductas delictivas que afectan al Derecho Fundamental al libre desarrollo de la personalidad. En estos casos si bien no existe previsión expresa sobre la valoración económica del daño moral, ello no es óbice para que exista la obligación de su indemnización, en orden a compensar el sufrimiento padecido. El mismo extiende la indemnización tanto al daño emergente como a lucro cesante, ex artículo 1.106 CC, aunque para valorar el daño y fijar el quantum indemnizatorio, determina la libertad del tribunal si de forma motivada fija el quantum de la indemnización atendiendo a la gravedad de los hechos cometidos. Presunción de inocencia. La presunción de inocencia planteada en casación no es una "segunda oportunidad" de revisar la valoración de la prueba tras haberse planteado este motivo en sede de apelación. No cabe aceptar que se convierta la casación en "otra oportunidad" para revisar la valoración probatoria y que se opte por la que propone el recurrente. Se considera que la sentencia dictada por el TSJ efectúa debidamente el análisis de la racionalidad de la valoración probatoria destacando la declaración de la víctima, el acusado y los agentes. Se efectúa un correcto análisis de la prueba tenida en cuenta por el tribunal de instancia. Adaptación a la LO 10/2022. La AP no impuso la pena mínima, por lo que no es posible la rebaja penal que se postula al no ser aplicable la LO 10/2022 al no haberse puesto la pena mínima. Recuerda que este criterio se ha aplicado en reiterada doctrina de la Sala II a raíz del Pleno del TS celebrado los días 6 y 7 de Junio de 2023.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: LUIS BARRIENTOS MONGE
  • Nº Recurso: 51/2023
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se absuelve de los delitos de prevaricación y contra el patrimonio histórico de los que venían acusados el alcalde y el arquitecto técnico municipal de la localidad en que se estaba ubicado un inmueble protegido como bien de interés cultural, en situación de ruina técnica y cuya demolición fue ordenada por el alcalde acusado y ejecutada inmediatamente a sus órdenes por el arquitecto municipal, sin esperar la previa autorización favorable de la Consejería competente, de cuyo carácter preceptivo tenían conocimiento los acusados a través de los informes previos obrantes en el expediente administrativo. El tribunal concluye que existen dudas incompatibles con la fehaciencia necesaria para enervar la presunción de inocencia para considerar concurrente la existencia de un elemento subjetivo por parte de los acusados de actuar vulnerando de forma flagrante y caprichosa el ordenamiento aplicable a la situación enjuiciada, o si, por el contrario, estamos ante una actuación irregular pero movida por un celo acuciado por las circunstancias concurrentes. Se analiza también la naturaleza de los bienes objeto de protección a través de los tipos penales contra el patrimonio histórico y los límites entre la intervención del derecho penal y del derecho administrativo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 527/2023
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve el recurso que interponen dos acusaciones particulares, frente a una sentencia condenatoria, dictada por la Audiencia Provincial, pero que es absolutoria respecto a los hechos por lo que que se postula condena por las acusaciones particulares. Con relación a la vía casacional del art. 849.2º LECrim, los documentos no son literosuficientes. El recurrente considera que hay prueba suficiente para la condena, lo que es descartado por la AP de forma motivada. Pretende modificar los hechos probados y que se dicte condena ampliatoria lo que no es procedente. Realiza una personal valoración de la prueba incompatible con la realizada por el tribunal. Se cuestiona la atenuante de dilaciones indebidas. La causa dura de 2013 a 2022 y se apreció como simple la atenuante del art. 21.6 CP. Pretende una ampliación de la responsabilidad civil pretendiendo la elevación del quantum no reconocida en el factum. En cuanto a la denuncia de Incongruencia omisiva. Se descarta. La sentencia es absolutamente congruente. La acusación pretende la condena por el delito de administración desleal por hechos que la sentencia declara de carácter puramente civil o no probados, concluyendo en la absolución.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JORGE JUAN HOYOS MORENO
  • Nº Recurso: 635/2025
  • Fecha: 17/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en establecimiento abierto al público fuera de las horas de apertura del art. 241.1 pfº2 del Código Penal en relación con el art. 238.2º del Código Penal , sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOS AÑOS DE PRISION , accesorias, costas procesales, y pago de la responsabilidad civil. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, vulneración del derecho a la presunción de inocencia, solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución. La Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirmar la sentencia concluyendo que la resolución ha explicitado un conjunto de datos e indicios incriminatorios de suficiente potencia convictiva que necesariamente han de determinar la total corrección de sus razonamientos y, consecuentemente, la conclusión o inferencia final alcanzada de ningún modo se puede tildar de errónea, ilógica o arbitraria.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.