• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: JOSE CARLOS ORGA LARRES
  • Nº Recurso: 29/2022
  • Fecha: 31/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La AP estima parcialmente el recurso de la condenada por el Juzgado de lo Penal como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, habiéndose apreciado error vencible de prohibición, al haber grabado conversaciones desde su teléfono móvil por sus hijos con su padre. Utilizado el cauce procesal de infracción de norma legal, sin alegar error en la valoración de la prueba, considera la Sala que hay que partir del respeto al relato fáctico de la sentencia, lo que se afirma en vista de que algunos argumentos del recurso se apartan de dicho relato. Ninguna duda y de la tipicidad de los hechos, ya que hubo empleo de aparato de grabación de conversaciones ajenas, y concurrió, al menos, un dolo de consecuencias necesarias puesto que se grabaron conversaciones en las que la acusada no era interlocutora, que luego fueron aportadas al proceso civil sin que en la declaración de Hechos probados de la sentencia se indique que la apelante consultara la legalidad de su actuar con su abogado, quien entregó las grabaciones para su aportación. Por ello, queda excluida la invencible civilidad del error. No obstante, no considera la Sala apreciable el subtipo agravado: la aportación de la grabaciones a un proceso no constituye un acto de difusión que afecte a la intimidad ya que el ámbito del proceso no tenía naturaleza pública. Se causó un daño moral proporcionadamente indemnizado, al igual que se estima ajustada la condena al pago de las costas de la acusación particular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 711/2022
  • Fecha: 28/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado por el Juzgado de lo Penal como autor de un delito de atentado agente de autoridad como un delito leve de injurias y varios delitos de amenazas y daños. La AP estima su recurso que combatía exclusivamente el pronunciamiento de la sentencia sobre las costas procesales por incluir en la condena las correspondientes a la acusación particular. No estima la AP que la acusación particular tuviera una intervención especialmente relevante a lo largo de la instrucción. De hecho, El acuerdo de conformidad al que La defensa del acusado llegó con el Fiscal no cuajó por las pretensiones de la acusación particular, todas las cuales fueron rechazadas en la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: JOSE CARLOS ORGA LARRES
  • Nº Recurso: 4/2022
  • Fecha: 28/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Apela la sentencia del Juzgado de lo Penal el condenado como autor de un delito intentado de lesiones con medio peligroso y un delito de resistencia a agentes de la autoridad en concurso con un delito leve de lesiones. La AP desestima su recurso basado únicamente en la alegación de error en la valoración de la prueba respecto de la acreditación de un supuesto abuso sexual como desencadenante de la reacción agresiva del acusado, solicitando la apreciación de una eximente completa de trastorno mental o, subsidiariamente. de la atenuante de arrebato. Corresponde a quien lo alega la prueba del hecho impeditivo. En el mismo escrito se recurso se reconoce que no puede probarse. En todo caso, los hechos sucedieron con una fragmentación temporal que impedían calificar de su vital la reacción del acusado cualquiera que fuera su causa.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER IRIARTE RUIZ
  • Nº Recurso: 70/2022
  • Fecha: 28/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Apela la sentencia el condenado por el Juzgado de lo Penal como autor de un delito de desobediencia por no responder a las citaciones del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para elaborar el plan de cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. La AP desestima su recurso. Aceptando el relato fáctico de la sentencia, pese a invocarse como uno de sus motivos del recurso el error en la valoración de la prueba, realmente recurso lo que hace es cuestionar la calificación jurídica aceptada en la sentencia considerando indebidamente aplicado el artículo 556.1 CP pretendiendo Que tales hechos constituirían un delito de quebrantamiento de condena, que no fue objeto de condena, y si acaso, subsidiariamente, se trataría de una desobediencia leve atípica. La Sala recuerda que la cuestión fue resuelta por la jurisprudencia del Tribunal Supremo entendiendo que en casos como el enjuiciado se comete el delito de desobediencia objeto de condena. En cuanto a la consideración de la desobediencia como leve recalca la AP que la conducta del acusado no supuso una actitud simplemente irrespetuosa negándose a acatar órdenes particulares de escasa relevancia, sino ante una actitud rebelde al cumplimiento de una pena impuesta por la autoridad judicial, lo que debe ser calificado como desobediencia grave
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 4249/2020
  • Fecha: 27/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea el quebrantamiento de forma en el caso de prueba admitida y no practicada por incomparecencia de los testigos. Necesidad y relevancia. Quebrantamiento de forma por contradicción en los hechos probados. No se aprecia. Error en la apreciación de la prueba. Doctrina de la Sala. Principio acusatorio respecto del delito de estafa. Alcance del principio. El auto de apertura del juicio oral no vincula al órgano de enjuiciamiento. Falsificación de actas que fueron rechazadas por el Tribunal al elevar a definitivas las conclusiones la acusación particular. Se analiza si hubo prueba suficiente, válidamente obtenida y practicada, ajustándose el juicio de inferencia a las reglas de la lógica y a los principios de experiencia. Individualización de la pena. Necesidad de motivación. Concurrencia atenuante dilaciones y agravante abuso confianza. Regla 7ª art. 66.1 CP. Falsedad documental. Certificación de Juntas sociales inexistentes. Estafa. Dolo civil y dolo penal. Negocios criminalizados. Engaño bastante y deberes de autotutela. Subtipo agravado art. 250.1.5 -redacción anterior LO 5/2010-. Basta que la estafa tenga especial gravedad, ya sea por el valor de la defraudación, entidad perjuicio causado o situación económica en que queda la víctima o su familia. Alcance de la responsabilidad civil. No se aprecia infracción del orden establecido en los arts. 109 y 110 CP. Incongruencia omisiva. Requisitos para la apreciación del motivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 4414/2020
  • Fecha: 27/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia estima el recurso de casación de uno de los recurrentes y procede a absolver a la acusada del delito de blanqueo de capitales procedente del narcotráfico por el que venía condenada. Falta de constancia sobre el conocimiento acerca del origen de los fondos. El elemento subjetivo del delito de blanqueo de capitales. Se plantea que los familiares no se encuentran incluidos entre aquellos para los que normativamente se han fijado especiales deberes de cautela. No quiere decir ello que sean ajenos a cualquier responsabilidad al respecto, pero sí que la determinación de sus deberes de precaución, de activación de mecanismos de indagación y representación sobre el origen de los fondos venga estrechamente delimitado por las circunstancias particulares de cada caso. La sentencia recurrida no suministra las bases fácticas que nos permitan encajar el comportamiento de la recurrente en la imprudencia grave que el tipo exige. Voto particular.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL
  • Nº Recurso: 3087/2022
  • Fecha: 26/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestima la AP el recurso del condenado por el Juzgado de lo Penal como autor de un delito de resistencia agente de la autoridad. Invocada la vulneración del derecho a la presunción de inocencia afirma la Sala que en el juicio se practicó prueba de cargo válida con todas las garantías, suficiente para destruirla, que fue correctamente valorada en la sentencia. Los funcionarios policiales declararon de forma imparcial y profesional sin que exista razón alguna para dudar de su veracidad al afirmar que acusados se opuso al cacheo lanzando una patada y puñetazos; actitud que les obligó a tener que reducirle por la fuerza no infiriendo se exceso en su actuación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: MARIA ASUNCION REMIREZ SAINZ DE MURIETA
  • Nº Recurso: 29/2021
  • Fecha: 26/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena ala acusado de un delito de apropiación indebida en concurso con un delito de administración desleal con la atenuante de dilaciones indebidas. El acusado, socio y administrador de una sociedad mercantil, realizó actos contrarios a los derechos de los socios y de la sociedad con el fin de perjudicar a los socios enajenó todos los activos de la mercantil a través de dos operaciones de compra-venta, ninguna de las cuales fue autorizada por el resto de socios y solo conocida tras ejecutarse. Además, hizo suyos algunos de los bienes propiedad de la sociedad que poseía en virtud de su condición de administrador social. Se excluye la existencia de cosa juzgada al existir hechos no juzgados en el proceso anterior. Presunción de inocencia y carga de la prueba. Elementos del delito y su prueba. Infracción de los deberes de lealtad como delito de administración desleal. Relación concursal con el de apropiación indebida. Progresión delictiva. Se excluye el delito continuado: unidad natural de acción. Individualización de la pena dentro de las reglas concursales..
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA DE LOURDES DEL SOL RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 649/2022
  • Fecha: 26/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La AP desestima el recurso del condenado por el Juzgado de lo Penal como autor de un delito de resistencia a agentes de la autoridad en concurso con un delito leve de lesiones. No se vulneró la presunción de inocencia del recurrente puesto que se practicó prueba de cargo apta para enervarla. El testimonio del agente afectado fue corroborado por lo demás testigo policial, coincidiendo en que el acusado insultaba reiteradamente con un comportamiento agresivo, realizó aspavientos delante del agente que tuvo que apartarse para no ser alcanzado, intentó marcharse del lugar Y forcejeo con el agente cuando le agarró para evitar que se marchara, terminando ambos por caer al suelo. Esta conducta no puede ser catalogada como pretende el recurso como un simple presupuesto de desobediencia o resistencia leve constitutiva de una mera infracción administrativa. Valorando la entidad de los hechos la Sala sustituye la pena de prisión impuesta en sentencia por el delito de resistencia por la de multa. En cuanto al delito leve de lesiones es apreciable un dolo eventual.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Gijón
  • Ponente: ALICIA MARTINEZ SERRANO
  • Nº Recurso: 42/2022
  • Fecha: 25/10/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La condenada por el Juzgado de lo Penal como autora de un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso con dos delitos leves de lesiones, apela la sentencia y la AP desestima su recurso. Siendo la única pretensión de la recurrente que sea la absuelva por apreciación de una eximente completa de alteración por ingesta de sustancias estupefacientes, Sólo apreciado como atenuante analógica en la sentencia. La carga de la prueba de un hecho impeditivo como es la eximente invocada corresponde a quien la alega y la parte recurrente nada acreditado en cuanto una mayor influencia de la ingesta de sustancias tóxicas. Pretendiendo sustentar la eximente en el testimonio de los policías intervinientes resulta que los mismos describieron datos que permiten deducir un estado de consciencia en la acusada, como sucedió con las manifestaciones que les hizo durante su detención. Además, fue examinada médicamente instantes después de ocurrido el hecho sin que el informe emitido reflejase un estado de intoxicación plena.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.