Resumen: La sala comparte plenamente la correcta valoración de los elementos de juicio sometidos a la consideración del órgano de instancia, que, mediante un cabal razonamiento, alcanza la conclusión fáctica reflejada en la sentencia, por lo que ninguna transgresión se produjo del principio constitucional de presunción de inocencia. El relato de hechos probados se incardina adecuadamente en el tipo disciplinario apreciado, pues: a) consta que la orden emitida por el mando -un sargento- era legítima y estaba cubierta por el ordenamiento jurídico, por lo que resultaba de obligado cumplimiento; b) el guardia civil recurrente, destinatario de la orden, tuvo perfecto conocimiento de la misma; y c) el recurrente incumplió la orden mediante una conducta renuente, obstativa u omisiva, consistente en negarse a formular el boletín de denuncia al que estaba obligado en un operativo de tráfico. No puede prosperar la alegación de falta de proporcionalidad de la sanción de pérdida de quince días de haberes impuesta, ya que la misma se acomoda a todas las circunstancias concurrentes, pudiendo, incluso, haber recaído una sanción más gravosa, como la pérdida de destino o la suspensión de empleo de un mes a tres meses.