• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
  • Nº Recurso: 2527/2020
  • Fecha: 18/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de parte de los cooperativistas contra la entidad avalista en reclamación de unas cantidades, que habían sido dispuestas por la cooperativa para un fin distinto de la construcción de viviendas. En primera instancia se desestimó la demanda. La Audiencia Provincial estimó en parte el recurso y declaró el incumplimiento por la demandada de las obligaciones impuestas por el art. 1.2 de la Ley 57/1968. La sala estima el recurso en lo referente a la responsabilidad de las entidades depositarias sobre el percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas. En este caso no se discute que las viviendas fueron construidas y entregadas a los compradores (cooperativistas). Distinción entre la responsabilidad de la entidad recurrente como avalista y como depositaria. La sala considera que no incurre en responsabilidad la entidad depositaria porque parte de las cantidades depositadas se destinaran, no a la construcción de las viviendas, sino a la adquisición de una parcela comercial que resultó que no era rentable; pues fue la propia asamblea de la cooperativa la que tomó dicha decisión y los cooperativistas eran conocedores y consentidores de la disposición de fondos de la cuenta para la adquisición de la parcela comercial. Por tanto; al asumir la instancia desestima el recurso de apelación de los demandantes.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
  • Nº Recurso: 870/2023
  • Fecha: 18/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se reclama indemnización por los daños sufridos a consecuencia de un robo frente a la empresa de seguridad con la que su asegurado tenía contratado un sistema de alarma que no funcionó, alegándose que se había perdido la conexión hacía mucho tiempo y que el asegurado conocía esta circunstancia sin que permitiera a la empresa de seguridad reparar la conexión. El Tribunal considera acreditado que el asegurado continuamente retrasaba la fecha de revisión del sistema al no poder viajar a Madrid por las limitaciones impuestas por la pandemia, pero esto se prolongó una vez concluida esta situación, sin que la demandada pudiera por sí sola adoptar otras medidas, y además se ignora la fecha del robo, desconociéndose si fue en el tiempo en el que no pudo realizarse la revisión pretendida, por lo que ante la falta de prueba, no cabe declarar la responsabilidad exigida a la demandada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: SABINA ARGANDA RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 545/2022
  • Fecha: 18/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia estima la demanda de reclamación de cantidad basada en un contrato de alquiler con opción de compra siendo la arrendadora demandante, y demandados los arrendatarios, resultando que se firma la escritura de venta de la casa y las partes pactan que las cantidades que seguían adeudando en concepto de rentas de alquiler se satisfarían mediante cheques emitidos por los arrendatarios, que han sido impagados. Se apela por los demandados, y por la Sala se confirma la resolución apelada, señalando que los cheques son válidos, no se ha impugnado su falta de autenticidad o irregularidad, fueron presentados al cobro y desatendidos por los deudores firmantes; tales cheques conforman un elemento probatorio incontestable sobre la realidad y cuantía de la deuda, de modo que la oposición suscitada y el recurso interpuesto, viene a ir contra los actos propios de los demandados, pues fue a su instancia la propuesta de la forma de pago mediante los cheques; y, el hecho de que se haya podido abonar íntegramente la cantidad que como precio de compra del inmueble se pactó, no es obstáculo a esta deuda derivada de rentas debidas cuyo pago se instrumentó con los cheques que no han sido atendidos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lugo
  • Ponente: ANA ROSA PEREZ QUINTANA
  • Nº Recurso: 669/2024
  • Fecha: 18/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se condena al acusado por la colocación de veneno para roedores en un lugar de acceso no restringido con el resultado de intoxicación de un gato propiedad de un vecino. Alcance de la respuesta que corresponde dar al tribunal de apelación en casos de impugnación de al sentencia de instancia por vulneración de la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 3641/2020
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de "unidad habitacional" en un conjunto residencial para personas mayores en régimen de cooperativa. La Sala, con desestimación de los recursos, concluye que la finalidad no residencial de la adquisición del demandante se asienta en una base fáctica, que no se ha desvirtuado mediante el recurso por infracción procesal con la consecuencia de la exclusión de la aplicación, en el caso, del régimen tuitivo de la ley 57/1968. En este sentido, por la Sala se reitera la doctrina que determina que la no aplicación de la Ley 57/1968 excluye que pueda declararse la responsabilidad de la entidad garante colectiva, sea avalista o aseguradora, por no ser aplicable la doctrina jurisprudencial sobre la efectividad de los avales colectivos en ausencia de aval individual.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: NEKANE BOLADO ZARRAGA
  • Nº Recurso: 38/2025
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurren la acusación particular y el Ministerio Fiscal la sentencia absolutoria por un delito de agresión sexual. Límites del recurso de apelación contra sentencias absolutorias. Declaración de la víctima. Presencia de otros elementos documentales que corroborarían el hecho y el daño psicológico: no pueden suplir la falta de coherencia interna y de persistencia de la declaración de la víctima. La víctima cambia la versión en las tres declaraciones a la vista de las pruebas aportadas por el investigado. La actitud relajada de las fotografías y mensajes no cuadra con la violencia que habría sufrido la víctima. Los mensajes del móvil corroboran la versión del acusado. Recurso del Fiscal: no especifica ninguna máxima de experiencia ni por qué el tribunal se aparta de ellas, ni qué prueba relevante no ha sido tenida en cuenta por el tribunal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ROBERTO SAIZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 37/2025
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Credibilidad del testimonio de la víctima: no se opone tacha alguna a la credibilidad. Dictamen sobre credibilidad ratificado en juicio. Coincidencia con el relato de otro menor y de la madre de la víctima. Las alegaciones de la defensa no desvirtúan las pruebas incriminatorias. El acusado privó a la menor de libertad deambulatoria. El delito de detención ilegal se cumple mediante la acción de detener o encerrar a otro, privándole de su libertad ambulatoria. Agresión sexual: consumación. Son hechos típicos y, además, consumados y no meramente intentados los consistentes en sobar a la niña las piernas, además de la espalda con igual ánimo lúbrico. Que no consiguiera bajarle los pantalones ni subirle la camiseta no significa que los actos tendentes a ello, ese manoseo, no constituyan un delito consumado, pues se trata de actos de indudable carácter e intencionalidad sexual. Intimidación: concurre por las circunstancias del hecho. La determinación de la pena está suficientemente motivada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: LUIS RUFILANCHAS SOLARES
  • Nº Recurso: 230/2024
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado desestima la acción reivindicatoria sobre una porción de terreno ejercitada como principal por falta de título, así como la subsidiaria acción constitutiva de una servidumbre forzosa de paso a su favor por no estar enclavada.El tribunal de apelación no aprecia la infracción de las normas sobre la carga de la prueba que invoca la apelante, ya que la sentencia de instancia valora adecuadamente las pruebas practicadas en la instancia. Lejos de ser arbitraria, la valoración que hace es perfectamente racional y lógica, por lo que debe ser mantenida, llegando a la conclusión de que la acción reivindicatoria no puede prosperar porque la parte actora no ha demostrado título alguno que justifique su propiedad, ni siquiera por indicios, ya que frente a la certificación catastral se aporta una inscripción registral donde con expresa descripción de la finca y su cabida, se determina que la propietaria es la demandada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Alicante/Alacant
  • Ponente: RAFAEL FUENTES DEVESA
  • Nº Recurso: 219/2024
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No desconoce este tribunal la jurisprudencia (como la STS de 2 de marzo de 2017) ha venido considerando como un comportamiento negligente generador de responsabilidad ex art 236 y 241 LSC (anteriores arts. 133 y 135 TRLSA) la concertación de obligaciones por un importe económico elevado sin la previsión económica adecuada, con plena consciencia de no hacerla efectiva en una especie de "huida hacia adelante" antes de la desaparición de la empresa, de modo que la imposibilidad del cobro de sus créditos por los acreedores sociales se ha concluido que es un daño directo imputable a los administradores sociales. Ahora bien, ello precisa la concurrencia de circunstancias muy excepcionales y cualificadas. En el caso presente, ni estamos ante una operación más que arriesgada por la situación claramente deficitaria de la mercantil, sino ante unas obligaciones ordinarias contraídas con la puesta en marcha de la aventura negocial, ni hay atisbo alguno de que los administradores fueran conscientes de que no iba la sociedad a poder frente a las mismas (sin necesidad de que sean recursos propios, pues pueden proceder de los socios o terceros inversores, como aquí habían) .Que después el negocio no fructificase , y que ello resulte perjudicado el acreedor arrendaticio, no genera automáticamente responsabilidad de los administradores de la sociedad deudora .Por tanto, tampoco esta jurisprudencia ampara la pretensión de la recurrente.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Vigo
  • Ponente: MAGDALENA FERNANDEZ SOTO
  • Nº Recurso: 590/2023
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demanda tenía por objeto la declaración de la responsabilidad civil del facultativo que llevó a cabo una endodoncia, por los daños derivados de una supuesta mala praxis. El testigo, a diferencia del perito, tiene un conocimiento directo y extraprocesal de los hechos, aunque pueda, si es experto, aportar su valoración técnica o profesional. La congruencia de la sentencia impone una lógica o coherencia argumentativa, pero no se extiende al acierto o desacierto de la resolución, que es cuestión de fondo. Siendo la obligación del médico de medios y no de resultado, la prueba revela, a juicio de la Audiencia, que la técnica empleada en la endodoncia en la que el actor sitúa el origen de la infección que sufrió años después fue la correcta y adecuada. Consta, por el contrario, que el demandante abandonó voluntariamente el tratamiento posterior a la intervención, lo que descarta la apreciación del nexo causal entre la actuación médica y el resultado lesivo que se describe en la demanda.

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