• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: CESAR ARTURO TOMAS FANJUL
  • Nº Recurso: 300/2023
  • Fecha: 12/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre el INSS el desfavorable pronunciamiento de instancia que reconoce a quien había cotizado 5498 días al Régimen de Empleadas del Hogar su alta en el subsidio por desempleo para mayores de 52 años por considerar inaplicable al caso la STJUE de 24 de febrero de 2022 pues no puede considerarse contraria al principio de no discriminación la aplicación de nuestro Derecho Interno; no pudiendo la misma aplicarse a situaciones jurídicas que hayan tenido lugar con anterioridad al fallo de la misma, de tal manera que sólo desde la fecha de entrada en vigor del RDL 16/2022 de 6 de septiembre pueden computarse los períodos trabajados en el Sistema Especial. En caso contrario sólo deberían computarse como cotizados a desempleo los años posteriores a 01/01/2012, pues ésta fue la fecha de integración del Régimen de Empleadas de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social. Tras aludir a la Normas de Seguridad Social concernidas por la litis en conjugada relación al criterio sustentado en el pronunciamiento comunitario (al interpretar el art. 4.1 de la Directiva 79/7/CE advierte la Sala que nuestra regulación no responde a objetivos legítimos de política social ni (por tanto) que fuera adecuada para alcanzar dichos objetivos; para concluir significando (en referencia a sus temporales efectos) que los derechos de la beneficiaria no derivan tanto de dicha sentencia como de las disposiciones mínimas del Derecho Comunitario con efecto directo en el ordenamiento jurídico interno.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO
  • Nº Recurso: 59/2023
  • Fecha: 07/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre una sentencia que niega el derecho al complemento de maternidad a la pensión de jubilación solicitado antes de entrada en vigor del RDL 3/2021 por el padre. El INSS arguye la incompatibilidad, por los mismos hijos, al tenerlo reconocida la madre. La Sala lo desestima por: 1. La supuesta incompatibilidad no aparece en ninguna norma ni tiene fundamento legal, siendo pensiones de titulares diferentes y por sus propias cotizaciones y circunstancias laborales. 2. La incompatibilidad sería entre complementos causados después de entrada en vigor el RDL 3/2021. Para las prestaciones desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021 ver la STS 27-2-2023 rec 3225/21 Roj: STS 748/2023: “el complemento de maternidad por aportación demográfica puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción”.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUANA VERA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 485/2022
  • Fecha: 06/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se declara el derecho de un varón a percibir el complemento por maternidad previsto en el artículo 60 TRLGSS en su redacción originaria, fijándose la fecha de efectos del complemento desde que se reconoció la pensión de jubilación, y no desde los tres meses anteriores a la solicitud, en aplicación de la Sentencia del TS de 30 de mayo de 2022, rec. 3192/2021, pues conforme a ella es doctrina jurisprudencial pacífica las normas producen efectos desde su publicación y no desde que son interpretadas por los tribunales en un determinado sentido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: RAFAEL FERNANDEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 2968/2021
  • Fecha: 01/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre una sentencia que desestima la pretensión de ser reconocido el derecho de un hombre jubilado al percibo del que entonces se llamaba complemento de maternidad y que la sala estima por aplicación del art. 60 LGSS. Se sigue la STJUE de 12 de diciembre de 2019, recaída en cuestión prejudicial asunto C-450/18, que interpreta el art. 60.1 de la LGSS y declara que la normativa española respecto de dicho complemento por maternidad se opone a la Directiva 79/7/CEE, del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad, reconociendo al hombre complemento de maternidad en la redacción del art. 60.1 de LGSS entre 2016 y 4 de febrero de 2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUISA SEGURA RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 1191/2022
  • Fecha: 26/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre por el INSS una sentencia que reconoce el derecho de un hombre jubilado al percibo del que entonces se llamaba complemento de maternidad y que la sala desestima. Se sigue la STJUE de 12 de diciembre de 2019, recaída en cuestión prejudicial asunto C-450/18, que interpreta el art. 60.1 de la LGSS y declara que la normativa española respecto de dicho complemento por maternidad se opone a la Directiva 79/7/CEE, del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad, reconociendo al hombre complemento de maternidad en la redacción del art. 60.1 de LGSS entre 2016 y 4 de febrero de 2021. Sin embargo la Sala desestima la pretensión de una indemnización adicional por la discriminación sufrida. VOTO PARTICULAR. Se formula al entenderse que sí cabía la indemnización adicional por daños morales. Lo sustenta en que a fecha de la solicitud del complemento al INSS el TJUE ya había declarado no conforme al derecho de la Unión la redacción vigente del art. 60 LGSS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ
  • Nº Recurso: 3066/2021
  • Fecha: 26/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre por el INSS una sentencia que reconoce el derecho al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género (antes complemento de maternidad) y que se desestima siguiendo la STJUE de 12 de diciembre de 2019: No es conforme al derecho de la Unión la redacción vigente a esa fecha del art. 60 LGSS. La normativa española respecto de dicho complemento por maternidad se opone a la Directiva 79/7/CEE, del Consejo, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, reconociendo al hombre complemento de maternidad en la redacción del art. 60.1 de LGSS entre 2016 y 4 de febrero de 2021. Sobre la fecha de efectos se mantiene, conforme a STS 17-2-2022, rec 3379/21, que no cabe retroactividad de tres meses anteriores a su solicitud sino la norma interpretada del Derecho de la Unión deberá ser aplicada a las relaciones jurídicas nacidas y constituidas antes de que se haya pronunciado la sentencia que resuelva sobre la petición de interpretación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: RAFAEL FERNANDEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 2966/2021
  • Fecha: 24/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre una sentencia que desestima la pretensión de serle reconocido el derecho de un hombre jubilado al percibo del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género y que la Sala estima con el criterio de que si la pensión de jubilación concedida al actor lo fue con efectos de fecha en que estaba vigente la prestación solicitada, el régimen jurídico aplicable, incluidas las condiciones para su reconocimiento, es el vigente en la fecha del hecho causante de la prestación objeto de complemento. Se sigue la STJUE de 12 de diciembre de 2019: No es conforme al derecho de la Unión la redacción vigente a esa fecha del art. 60 LGSS. La normativa española respecto de dicho complemento por maternidad se opone a la Directiva 79/7/CEE, del Consejo, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, reconociendo al hombre complemento de maternidad en la redacción del art. 60.1 de LGSS entre 2016 y 4 de febrero de 2021. Sobre la fecha de efectos se mantiene, conforme a STS 17-2-2022, rec 3379/21, que no cabe retroactividad de tres meses anteriores a su solicitud sino la norma interpretada del Derecho de la Unión deberá ser aplicada a las relaciones jurídicas nacidas y constituidas antes de que se haya pronunciado la sentencia que resuelva sobre la petición de interpretación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN TORREGROSA MAICAS
  • Nº Recurso: 2446/2022
  • Fecha: 24/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se declara el derecho de un beneficiario varón a la percepción del complemento de aportación demográfica en la redacción del art. 60 de la LGSS, con vigor desde el 2/01/2016 hasta el 3/02/2021, al ser aplicable la Sentencia del TJUE de 12 diciembre de 2.019, Asunto C-450/2018, y con efectos desde el hecho causante de la prestación que se complementa. Con este pronunciamiento se confirma la sentencia recurrida y se rechaza el recurso de la entidad gestora. No se considera que ésta haya incurrido en mala fe al interponer recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUANA VERA MARTINEZ
  • Nº Recurso: 129/2023
  • Fecha: 23/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se revoca la sentencia que ha estimado la excepción de prescripción de la acción de incremento de su pensión de incapacidad permanente total en el porcentaje regulado en el art. 60 de la LGSS del complemento de maternidad, computando como día inicial el del reconocimiento de la pensión. La Sala indica que el inicio de la prescripción de la acción no se remonta al reconocimiento de la incapacidad permanente, sino que se debe iniciar a la fecha de la sentencia del TJUE de 12-12-2019, que fue la que reconoció que era discriminatoria la redacción originaria del art. 60 LGSS, y en base a la cual se le ha reconocido el complemento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 2222/2022
  • Fecha: 17/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión suscitada consiste en determinar si debe reconocerse indemnización por daños morales por la vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de sexo al denegarse por el INSS, al progenitor varón, el complemento de maternidad del art. 60 LGSS, tras la interpretación efectuada por la STJUE de 12 de diciembre de 2019 (asunto 450/18). La Sala IV efectúa un detallado análisis de la doctrina del TJUE así como del alcance de la vinculación a la misma por parte de los tribunales nacionales, señalando que no es hasta el RD-ley 3/2021, de 2 de febrero, cuando el legislador revisa el art 60LGSS con el objetivo o finalidad de adecuarlo a las directrices marcadas por el TJUE. En consecuencia, la reparación correspondiente a la quiebra del derecho de igualdad de la parte actora derivada de la denegación del complemento de maternidad por aportación demográfica ha de consistir, en consecuencia, en una retroacción de la fecha de efectos del reconocimiento del complemento al momento inicialmente fijado para el abono de la prestación de jubilación contributiva. Es decir, estribará en el restablecimiento del derecho al complemento de maternidad al tiempo del hecho causante.

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