• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 4178/2022
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de la acusación contra la sentencia absolutoria confirmada por el TSJ. Para estimar el recurso habría que adaptar los hechos a las consideraciones del recurrente, entrando en valoraciones relacionadas con prueba de carácter personal, lo que está completamente vedado cuando se trata de revocar una sentencia absolutoria o agravar la condenatoria previa, conforme al análisis de la jurisprudencia del TC y del TEDH. En resumen, el tribunal de instancia ha plasmado unos hechos probados tras un proceso valorativo de la prueba practicada a su presencia razonable, que no deja de serlo porque no lo comparta el recurrente, y esto lo ha convalidado el tribunal de apelación en el juicio de revisión sobre aquella valoración, con un criterio que nos parece, también, razonable, ante lo cual poco más podemos decir para mantener los hechos probados tal como nos vienen desde la instancia. Al ser esto así, ni vemos en ese relato la concurrencia de presupuesto fáctico sobre el que definir cualquiera de los delitos por los que pretende condena el recurrente, ni nos lo aporta el discurso que éste realiza, en que, en el mejor de los casos, solo cabría desde la modificación fáctica que propone, pero que ya hemos expuesto las razones por las cuales no cabe.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 10401/2024
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por dos delitos de asesinato. Anomalía psíquica. Atenuante de confesión tardía. Doctrina de la Sala. La atenuante analógica es aplicable en todos aquellos supuestos en los que no concurra el elemento cronológico exigido en la expresa previsión atenuatoria, pero aparezca una actuación colaboradora del investigado que sea reflejo de la asunción de su responsabilidad y que facilite la depuración del reproche que legalmente merecen los hechos en los que participó. Individualización de la pena. La individualización judicial de la pena es una potestad discrecional que corresponde primariamente al tribunal de instancia y que no se ajusta a unas reglas apodícticas que permitan establecer una graduación exacta de la pena. Indignidad para suceder. En caso de sentencia penal condenatoria firme por delitos de homicidio doloso y asesinato consumados el efecto de la indignidad se produce por la comisión del delito, siempre que se formule la petición. Denegación de prueba. Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Presunción de inocencia. Declaración del acusado en último lugar. La denegación de esta petición no constituye una irregularidad procesal y menos una lesión del derecho constitucional a la defensa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 4665/2022
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El traslado de las actuaciones a las partes permite distintos modos de cumplimiento. Y uno de ellos, atendido el volumen documental, es precisamente la puesta a disposición para la parte interesada en la propia sede del órgano jurisdiccional. Derecho al juez imparcial: las limitaciones a la actividad probatoria de las partes por innecesidad tienen claro anclaje normativo. La valoración sincrónica es juicio, no prejuicio y no afecta al derecho al juez imparcial. Agente encubierto: la infiltración tiene como finalidad obtener información de aquellos que se han propuesto cometer un delito y obtener pruebas que serán utilizadas en un proceso ulterior. Se legitima el engaño siempre que la actuación infiltrada respete los principios de especialidad, necesidad y proporcionalidad. Hiperagravación por uso de embarcación: para apreciarla no basta la mera utilización. Debe exigirse mayor facilidad en el traslado de la sustancia estupefaciente. Lo relevante es que el buque o la embarcación se utilice como medio específico de transporte por su aptitud para cargar cantidades significativas de sustancia y para evitar su descubrimiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 20/2025
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Principio de mínima intervención: criterio de política criminal dirigido al legislador para que a la hora de redactar los tipos penales tenga en cuenta que la gravedad de la lesión puede ser graduada y reservar la actuación del sistema penal para aquellas lesiones más graves al bien jurídico. Denuncia acerca de la negativa a dar acceso a un expediente administrativo y eventual negativa de registro de un documento, en la sede del Consulado General de España en Tetuán (Marruecos): eventual tutela de tales intereses en la sede que le es propia, la administrativa y en su caso, la contencioso administrativa. El delito de impedir a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes está referido a los derechos que se reputan fundamentales. Motivación suficiente del auto recurrido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: SUSANA JUNQUERA BAJO
  • Nº Recurso: 1342/2024
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal dice que para apreciar la violencia de género resulta indiferente que la relación de pareja hubiera cesado hace doce años y el conflicto no fuera sentimental sino económico.Considera que dicha cuestión está ampliamente superada ya que la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género, en su artículo 1.1 considera como violencia de género "la que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares a las de afectividad, aún sin convivencia". Por tanto, el ámbito de aplicación de violencia de género abarca los supuestos en los cuales dicha violencia es ejercida sobre las mujeres no solo por sus cónyuges o por quienes estén ligados a ellas por relaciones similares de afectividad sino también por quienes hayan estado ligados por estas relaciones, añadiendo que esto es así aún sin convivencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 4565/2022
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de simulación de delito en concurso medial con otro de estafa en grado de tentativa. Doctrina de la Sala en cuanto al delito de simulación de delito. Aplicación de la sentencia del Pleno 347/2020, de 25-6. Concurren sus requisitos. Falta de idoneidad lesiva de la acción. La interpretación del artículo 457 CP (simulación de delito) establece que sólo es posible la persecución de una denuncia falsa formulada ante la policía judicial, en la que se afirma ser víctima de un delito cometido por personas desconocidas, cuando hubiera dado lugar a la práctica de actuaciones procesales debidas, es decir cuando la remisión del atestado incoado por la policía judicial se hubiere remitido a la autoridad judicial cumpliendo todos los requisitos establecidos por el artículo 284.2 LECrim. Denuncia la falta sin identificación de los autores en las condiciones previstas en el art. 284.2 LECrim. Tentativa. Tampoco tiene virtualidad. Procedería la tentativa de otros delitos como la estafa, en caso de defraudaciones a compañías de seguros.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO SEGURA SANCHO
  • Nº Recurso: 1/2023
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Incautación de cocaína en el interior de un velero abordado en alta mar. Jurisdicción y competencia de las autoridades francesas para proceder a la interceptación de la embarcación: cumplimiento de las normas internacionales para el abordaje de embarcaciones. Cadena de custodia no rota de la sustancia estupefaciente intervenida . Cumplimiento de los plazos para acordar la prisión provisional. Innecesaria presencia del Letrado de la Administración de Justicia en el momento de elaborar el informe técnico policial relativo al análisis de los teléfonos, tabletas, GPS y otros dispositivos electrónicos de almacenamiento de la información. Delito contra la salud pública referido a sustancias que causan grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia y de extrema gravedad. No existe prueba suficiente respecto del delito de pertenencia a organización criminal. Inaplicación de atenuante por drogadicción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RICARDO CUESTA DEL CASTILLO
  • Nº Recurso: 39/2024
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La entrada en la habitación de una residencia militar para comprobar si el militar domiciliado en ella se encontraba allí y, en su caso, cuál era su estado -al no haberse presentado al servicio que tenía nombrado- no comporta una vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio. El tribunal sentenciador dispuso de prueba testifical, documental y pericial que, a través de un proceso lógico y racional, le llevó a la convicción de los hechos que declaró probados. El recurrente pretende que se lleve a cabo una revaloración de la prueba practicada, sin designar documento literosuficiente del que se desprenda alguna patente equivocación sufrida en la instancia. El inamovible relato de hechos probados se incardina adecuadamente en el tipo penal aplicado, ya que concurren todos sus elementos: el recurrente ostentaba la condición de militar, fue nombrado para prestar un servicio de armas y no se presentó a la lista de ordenanza, sino más tarde, momento en que se le practicó una prueba de alcoholemia que dio resultado positivo, sin que ejerciera su derecho al contraste de los resultados obtenidos; concurre, asimismo, el elemento subjetivo, ya que el recurrente conocía el servicio de armas que tenía nombrado y, aun así, antes de proceder a desempeñarlo, estuvo consumiendo bebidas alcohólicas que le impidieron tener la capacidad necesaria para hacerlo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: SUSANA JUNQUERA BAJO
  • Nº Recurso: 1061/2024
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal recuerda que cuando, como en el presente caso, se cuestiona por la vía del recurso de apelación la valoración de la prueba llevada a cabo por el tribunal a quo, sobre la base de la actividad desarrollada en el juicio, debe partirse, por regla general, de la singular autoridad de la que goza la apreciación probatoria realizada por el tribunal ante el que se ha celebrado el juicio, siempre que tal proceso valorativo se motive o razone adecuadamente en la sentencia. La declaración de hechos probados hecha por el tribunal a quo no debe ser sustituida o modificada en la apelación salvo que se aprecie manifiesto y patente error en la apreciación de la prueba, que el relato fáctico sea incompleto incongruente o contradictorio, o que sea desvirtuado por nuevos elementos de prueba practicados en segunda instancia. Finalmente, considera que en las pruebas de índole subjetiva es decisivo el principio de inmediación y, por ello, es el juzgador de instancia quien se halla en condiciones óptimas para decidir sobre la credibilidad que ha de darse a lo oído y visto en el juicio oral.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTOCILDES
  • Nº Recurso: 16/2025
  • Fecha: 23/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condenan a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena y dispone su libre absolución. Acusado que, teniendo vigente una pena que le prohíbe acercarse a otra persona, es sorprendido cuando se encuentra en lugar en que se halla también la persona protegida, sin que conste que realice conducta distinta a la de alejarse del lugar. Delito de quebrantamiento de condena. Elementos requeridos para la aparición del tipo penal. El elemento subjetivo requiere que el sujeto activo sepa que con su conducta está incumpliendo el mandato judicial. Presunción de inocencia y principio "in dubio pro reo". En su dimensión procesal, el principio "in dubio pro reo" supone que si con la prueba practicada en el juicio oral no se obtiene la certeza judicial sobre los elementos objetivo y subjetivo del tipo penal, es obligado absolver al acusado. Valoración de las pruebas y declaraciones testificales que no permiten afirmar la presencia del elemento subjetivo reclamado por el delito de quebrantamiento de condena.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.