• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 7163/2023
  • Fecha: 02/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión de interés casacional objetivo consiste en determinar si en caso de pronunciamientos judiciales firmes favorables, del Tribunal Supremo o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respecto de pretensiones iguales, o similares, a otras, rechazadas con anterioridad, -y que fueron consentidas y firmes-, es posible plantear una nueva solicitud, sin acudir a los trámites del procedimiento de revisión de oficio de actos nulos, o es necesario instar el procedimiento de revisión de oficio; y si respecto del complemento de maternidad de la pensión de jubilación, es posible utilizar alguna de las citadas vías, o se aplica la excepción de acto consentido y firme, al no haberse recurrido la resolución administrativa anterior que no lo contemplaba o lo denegaba.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 6779/2023
  • Fecha: 02/02/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión de interés casacional objetivo consiste en determinar si en caso de pronunciamientos judiciales firmes favorables, del Tribunal Supremo o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, respecto de pretensiones iguales, o similares, a otras, rechazadas con anterioridad, -y que fueron consentidas y firmes-, es posible plantear una nueva solicitud, sin acudir a los trámites del procedimiento de revisión de oficio de actos nulos, o es necesario instar el procedimiento de revisión de oficio; y si respecto del complemento de maternidad de la pensión de jubilación, es posible utilizar alguna de las citadas vías, o se aplica la excepción de acto consentido y firme, al no haberse recurrido la resolución administrativa anterior que no lo contemplaba o lo denegaba.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 55/2023
  • Fecha: 01/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a resolución del Consejo de Ministros desestimatoria de la solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador derivada de la declaración de inconstitucionalidad de determinados preceptos del TRLHL que regulan el Impuesto de plusvalía (IIVTNU). La Sala parte de que la declaración de inconstitucionalidad de una norma no implica presunción de antijuricidad absoluta de los daños derivados de sus actos de aplicación, ya que puede ser desvirtuada en supuestos en los que no se acredite que la sujeción a tributación de una realidad patrimonial vulnere el principio de capacidad económica; siendo la vulneración de este principio la ratio decidendi tanto de la inconstitucionalidad declarada en la STC 59/2017, como en la STC 182/2021, es una circunstancia relevante a la hora de determinar la existencia de la antijuricidad derivada de la declaración de inconstitucionalidad y de un daño efectivo y cuantificable económicamente, presupuestos básicos de la responsabilidad patrimonial. Por ello, no cabe afirmar que de la nulidad de los preceptos contrarios a la Constitución, declarada por el TC, emerja imperativamente un daño antijurídico que pueda ser cuantificado por equivalencia a la cantidad satisfecha, sino que será necesario en todo caso probar la minusvalia. La acción de responsabilidad ejercitada es ajena al ámbito de la cosa juzgada derivada de la sentencia que aplicó la norma declarada inconstitucional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 4295/2022
  • Fecha: 01/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia fija la siguiente doctrina jurisprudencial: existiendo controversia jurisdiccional en torno al justiprecio de una expropiación forzosa, en las circunstancias del caso -a saber, justiprecio fijado por una sentencia dictada en única instancia frente a la que se interpone un recurso de casación por la Administración, desestimado por el Tribunal Supremo- acaecido el fallecimiento de la expropiada (causante) entre ambos pronunciamientos judiciales, la parte controvertida -diferencial- del justiprecio, percibida por la causahabiente tras la sentencia dictada en casación, debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 6953/2022
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las entidades locales en sus ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por el mantenimiento del servicio de extinción y prevención de incendios, podrán establecer obligaciones de información a las entidades aseguradoras, acerca del importe total de las primas recaudadas, en ese ramo, en el ejercicio anterior al del devengo, que estén en línea de lo ordenado por la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, sin imponer obligaciones de información adicionales a las establecidas en la norma legal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3452/2023
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en 1) establecer si en los casos de responsabilidad subsidiaria al amparo del artículo 43.1.a) LGT (81) se produce una inversión del principio del onus probandi , de modo que es el responsable quien debe acreditar el hecho impeditivo o extintivo de su responsabilidad, todo ello en una categoría de responsabilidad a la que este Tribunal Supremo otorga índole sancionadora. De ser pertinente esa inversión de la carga de la prueba, indicar cuál es la razón jurídica que la respaldaría. 2) Aclarar si infringe el derecho fundamental a la defensa y a no padecer indefensión el hecho de que una prueba de descargo, solicitada y negada al derivado tributario en las vías administrativa previa, no pueda practicarse en sede judicial bajo pretexto del tiempo transcurrido, a pesar de haberse acordado su práctica (requerimientos a terceros para aportar facturas). 3) Precisar si el artículo 176 LGT (82) otorga libertad a la Administración tributaria para elegir a quién derivar la responsabilidad; o si, por el contrario, la acción recaudatoria debe dirigirse, en primer lugar, a los responsables solidarios y, sólo descartados estos, a los responsables subsidiarios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3532/2023
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en: 1º) Determinar si la Administración tributaria, al amparo del artículo 13 de la Ley General Tributaria, puede directamente recalificar como una reducción de capital con devolución de aportaciones a los efectos del artículo 33.3.a) de la Ley del IRPF un conjunto de operaciones consistentes en la adquisición en autocartera de determinados valores representativos del capital de una sociedad y, subsiguientemente, una reducción de capital con amortización de aquellos valores; o si, por el contrario, tal recalificación exige la previa tramitación de un procedimiento de declaración de conflicto en la aplicación de la norma tributaria previsto en el artículo 15 de la Ley General Tributaria. 2º) Reforzar, completar o matizar la jurisprudencia de esta Sala, determinando si, de conformidad con el artículo 99.5 LIRPF, un contribuyente del IRPF que percibe unos ingresos de una persona o entidad que está obligada a practicar la correspondiente retención y el ingreso en la Hacienda Pública, puede deducirse las cantidades que debieron ser retenidas e ingresadas cuando, no habiéndose acreditado la práctica de la retención o el ingreso, el perceptor de la renta ni es socio ni forma parte del órgano de administración de la entidad retenedora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3319/2023
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si la Administración puede ejercer la facultad de calificación que le otorga el artículo 13 LGT amparándose en normas de carácter privado, como en este caso, el Reglamento sobre los Agentes de Jugadores (RAJ), de 29 de octubre de 2007. Tratamiento fiscal aplicable a los pagos a los agentes de jugadores por parte de los clubes y su posible consideración como un pago por cuenta del jugador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3675/2023
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones con interés casacional consisten en: 1) Determinar si la rescisión contractual efectuada de mutuo acuerdo, en relación con un contrato de compraventa que dio lugar al devengo del ITP impide, ex art. 57.5 TRITPAJD, la devolución del impuesto satisfecho por el adquirente o si, por el contrario, es exigible además, para que opere esta exclusión de la devolución, un ánimo de elusión del hecho imponible; 2) Además, sin perjuicio de la anterior pregunta, precisar si los principios de buena administración y de vinculación a los actos propios obligan a la Administración tributaria a acordar la devolución del ITP solicitada por la parte compradora cuando aquélla la ha reconocido, estimando la solicitud del transmitente respecto del importe satisfecho en concepto de AJD, con devolución del impuesto abonado, por considerar que la existencia de una sentencia firme que declaraba la nulidad de los contratos hacía procedente esa devolución.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 3373/2023
  • Fecha: 31/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar cuál ha de ser la normativa tributaria aplicable en el momento en que el heredero adquiere la plena propiedad del bien por la extinción del derecho de usufructo que limitaba el dominio. En concreto, clarificar si los cambios normativos posteriores al momento del desmembramiento de la titularidad, referentes a las posibles bonificaciones o deducciones sobre la base o cuota tributarias por la consolidación del dominio, producida por el fallecimiento del usufructuario, deben ser tenidos en cuenta a la hora de la tributación definitiva de dicha consolidación del dominio. Determinar si el "tipo medio efectivo de gravamen correspondiente a la desmembración del dominio" procede únicamente de la aplicación de la tarifa del impuesto o bien puede comprender al resto de los elementos cuantitativos del impuesto, calculándose en función de la relación entre la cuota líquida efectivamente pagada y la base imponible teórica en la adquisición de la nuda propiedad.

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