• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA
  • Nº Recurso: 4550/2023
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia reitera la doctrina fijada en la sentencia n.º 555/2024, de 4 de abril, donde resolvió que en la Carrera Fiscal no existe un derecho al abono de las diferencias retributivas cuando se produce una distribución igualitaria de asuntos entre funcionarios de distinta categoría, fundado en dos razones: por un lado, porque la 15/2003 contiene una regulación tendencialmente completa de las retribuciones de la Carrera Fiscal. Y dicha regulación legal, que tiene en cuenta la categoría a efectos de determinar la retribución correspondiente, no deja margen para modulaciones apoyadas en el principio de igual retribución a igual trabajo. Para afirmar que este último y, en definitiva, la prohibición constitucional de discriminación debe prevalecer sobre una regulación legal clara de signo contrario, habría sido necesario plantear cuestión de inconstitucionalidad contra los arts. 5 y 13, junto con el Anexo V de la Ley 15/2003; por otro lado, porque dista de ser evidente que en un cuerpo de servidores públicos estructurado como una carrera con diferentes categorías deban recibir idéntico tratamiento económico quienes se encuentran en distintos escalones de ese cursus honorum.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3572/2024
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar la naturaleza y efectos del acto administrativo que finaliza el procedimiento ordinario de inspección y acuerda la liquidación vinculada al delito de defraudación a la Hacienda Púbica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 2245/2022
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre el condenado por vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Alega falta de prueba. Cuestiona la declaración de la víctima. Sostiene que no concurren en ella los requisitos jurisprudencialmente exigidos para actuar como prueba de cargo. El motivo se desestima. La declaración de la víctima ha sido racionalmente valorada y se encuentra ampliamente corroborada. Se insiste especialmente en que la víctima tardó mucho tiempo en denunciar. La sentencia analiza específicamente la alegación y recuerda que la tardanza en denunciar no afecta a la credibilidad, especialmente cuando la víctima es menor de edad. Recurre también la acusación particular. Interesa la apreciación de la agravación específica de "prevalimiento de superioridad", que fue suprimida por el TSJ mediante la estimación parcial del recurso de apelación interpuesto por el acusado. El motivo se estima. El acusado, de 55 años, se aprovechó de las facilidades que le proporcionaba su condición de familiar de la víctima, que en el momento de los hechos contaba con tan solo 9 años.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 4806/2023
  • Fecha: 12/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se somete a revisión en casación el juicio de capacidad realizado en la instancia en procedimiento sujeto a la normativa anterior, que consideró idóneo acordar la incapacitación parcial y la curatela representativa de la persona discapaz, afectada de un trastorno psicótico a raíz de la muerte de sus padres. No se infringe la carga de la prueba cuando la decisión judicial se apoya en prueba practicada. En este caso, se practicaron todas las preceptivas, incluido el informe médico, que en segunda instancia se emitió sin haber actualizado la información que se tenía por la negativa de la incapaz a ser nuevamente examinada. En estos procedimientos el juez no está vinculado por la petición de parte, por lo que no hay incongruencia si se acuerda una medida no pedida. Motivación suficiente. La revisión probatoria que se plantea tiene que ver con el juicio de valoración jurídica sobre la justificación y procedencia de la constitución de una curatela. En cuanto a esto, la decisión de incapacitación total y constitución de tutela del juzgado se sustituyó en apelación por una incapacitación parcial y una curatela representativa, que sin embargo no guarda relación con las necesidades detectadas (no tiene sentido constituir una curatela que afecte a todos los actos de la vida de la persona, tanto en el ámbito personal, como patrimonial, cuando según informes médicos podía realizar las actividades básicas).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 10078/2023
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El auto que autoriza la intervención debe contener indicios que deben servir de base, no bastando la mera sospecha. Son necesarios datos objetivos, que por su naturaleza han de ser susceptibles de verificación posterior. Han de ser objetivos, en un doble sentido: ser accesibles a terceros y proporcionar una base real de la que pueda inferirse que se ha cometido o se va a cometer el delito. La organización y grupo criminal requieren la unión o agrupación de más de dos personas y la finalidad de cometer delitos, pero la organización además se caracteriza por ser estable y su constitución y funcionamiento por tiempo indefinido con un reparto de funciones de manera coordinada. El grupo criminal puede apreciarse aunque no concurra ninguno de estos dos requisitos, o cuando concurra solo uno de ellos. El delito contra la salud publica de extrema gravedad se comete cuando la cantidad aprehendida es superior a la resultante de multiplicar por 1.000 la cantidad de la notoria importancia. Como cantidad de notoria importancia se ha cifrado por la jurisprudencia la de 300 gramos para la heroína y 750 gramos para la cocaína. En este caso se sobrepasa con creces esa cantidad, al tratarse de 311,64 kilos de heroína y 1.558 kilos de cocaína.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2521/2023
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia anotada da lugar al recurso de su razón y revoca el fallo combatido que confirmó el archivo de la demanda por no haber atendido el actor el requerimiento de subsanación para que aportara escritura pública u otorgara el correspondiente apoderamiento. Se funda esta decisión en la doctrina del Tribunal Constitucional conforme a la cual el derecho a obtener la tutela judicial efectiva es de configuración legal, por lo que las decisiones de inadmisión o archivo de la demanda deben contar con un precepto legal que lo disponga. Y, en el caso, la disposición legal de aplicación, el art. 80.1.e) LRJS, lejos de disponer la inadmisión de la demanda, determina que si el demandante designa letrado, graduado social colegiado o procurador se entiende que asume su representación, sin perjuicio de la ratificación posterior en el acto del juicio. En consecuencia, se estima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 11272/2023
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurribilidad del auto en el que se acuerda la expulsión. La decisión sobre la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional es cuestión característica de ser abordada en sentencia; de no hacerse en sentencia, si la cuestión se plantea en trámite de ejecución, como contempla el art. 89.3 CP, cuyas consecuencias trascienden hasta el punto de poder modificar el fallo de una sentencia, la Sala recuerda que el TS ha vinculado a dicha resolución el mismo régimen de recursos que el que cabe contra la sentencia. El competente para conocer del recurso es el superior jerárquico cuando se trate de un recurso devolutivo, lo que lleva al TS a concluir en el caso de autos -recurso contra el auto de la Audiencia Provincial en ejecución de sentencia- su falta de competencia funcional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 11426/2023
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Juez predeterminado por ley: Posibilidad de que por un juzgado se investiguen los mismos hechos ya sobreseídos provisionalmente por otro distinto. Secreto de las comunicaciones: Falta de aportación de las transcripciones, excluye su valor como prueba, sin perjuicio de su validez como medio de investigación. Validez del abordaje adoptado sobre la base de los indicios extraídos de las escuchas telefónicas; no hubo exceso en la inspección previa de la embarcación. Validez de las conversaciones de terceros que comunican con los investigados a través de los números intervenidos. Falta de indicación del número intervenido, no puede generar dudas cuando aparece identificado por el IMSI correspondiente. Derecho de acceso a las actuaciones: Límites del derecho del investigado a conocer ciertas investigaciones policiales. No ampara a conocer otras investigaciones policiales en curso contra los mismos u otros investigados. Tampoco a acceder a las grabaciones obrantes en un anterior procedimiento, se consagra el derecho de acceso a las pruebas, no a medios de investigación. Individualización: La apreciación del art. 370 CP obliga a imponer la pena de multa prevista en el mismo, junto con la correspondiente a la del art. 369 CP. Notoria importancia: correcta apreciación en el caso. Drogadicción: No basta ser consumidor, sino que exige un un requisito de funcionalidad o instrumentalidad que difícilmente puede establecerse en supuestos en que ese detecta un ánimo de lucro.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 878/2022
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Las cuestiones nuevas, alegadas en casación, sólo son admisibles cuando deriven de una infracción atribuible al órgano de apelación y prescindiendo de formalidades y en atención a las cuestiones planteadas y su significado real. También aquellas cuestiones vinculadas con la noción de orden público, como por ejemplo la alegación de prescripción. La jurisprudencia tiene establecidos unos parámetros para la validez del testimonio de la víctima como prueba de cargo. Estos parámetros consisten en la valoración desde la perspectiva de su credibilidad subjetiva, de su credibilidad objetiva y de la persistencia en la incriminación, aun cuando la deficiencia de uno de ellos parámetros no invalida la declaración y puede ser objeto de compensación con el reforzamiento en otro.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LEOPOLDO PUENTE SEGURA
  • Nº Recurso: 11112/2023
  • Fecha: 06/06/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La distinción entre el prevalimiento de una situación de superioridad (o parentesco) y la efectiva intimidación puede, en ocasiones, difuminarse, confundirse, desdibujar sus límites. Cuando se trata, como aquí, de víctimas menores de edad, el aprovechamiento por su agresor de una situación de cierta y ostensible superioridad, cualquiera que fuese su fuente, puede imponer a la víctima una reacción condicionada de sometimiento, accediendo a los deseos o propósitos de su agresor. Lo característico, lo distintivo de la intimidación --y, por descontado también de la violencia--, es que existiendo o no esa desigual, presionante, posición de partida entre agresor y agredida, ésta hubiera logrado sobreponerse a ella y oponerse a la voluntad de aquél, venciéndose finalmente su resistencia inicial por el sujeto activo a través de la amenaza o la fuerza. Compatibilidad de la agresión sexual violenta junto con el subtipo agravado de prevalimiento de la relación de superioridad. La razón de ser de la agravante de superioridad se justifica por el plus de antijuridicidad y culpabilidad que denota una agresión sexual en el marco de una relación familiar, con mayor intensidad si se trata de uno de los progenitores, por la mayor facilidad que dicho escenario supone y por el quebrantamiento de los especiales deberes de respeto y dignidad que se derivan y ello no guarda conexión con el consentimiento de la víctima. Individualización de la pena, alcance del control casacional.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.