Resumen: A pesar de que la casación se circunscribe a cuestiones jurídicas, en la contencioso-disciplinaria cabe una interpretación abierta que permite extender el análisis a constatar la existencia de un mínimo de actividad probatoria y a si la valoración de la prueba efectuada en la única instancia cabe tildarla de arbitraria o irrazonable. Lo que la sala de instancia concluyó como realmente acaecido responde a una valoración razonada y razonable de la prueba de cargo y de descargo de la que dispuso. El inamovible relato de hechos probados -conforme al cual, el sargento recurrente, cuando pudo hacerlo, omitió la detención y puesta a disposición judicial del presunto autor de un delito de presuntos malos tratos en el ámbito familiar frente al que se había expedido orden judicial de detención, lo que, además, permitió que volviera al domicilio de la víctima y la agrediera de nuevo- se integra adecuadamente en el tipo apreciado, precepto disciplinario en blanco que debe completarse mediante la remisión a la normativa reguladora de la obligación profesional que se considere incumplida, salvo que pueda presumirse que esta, por ser esencial, es conocida por todo miembro de la Guardia Civil. Se trata de una infracción de mera actividad, que se integra por la vulneración de una obligación profesional a través de un comportamiento negligente grave -en el caso, realmente, temerario-, sin ser necesario que concurra resultado alguno, ni siquiera la creación de un riesgo o peligro.