• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ávila
  • Ponente: JUAN ROLLAN GARCIA
  • Nº Recurso: 254/2025
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Formación de inventario en liquidación de sociedad de gananciales. Procedimiento. Costas procesales. La formación de inventario debió ser aprobada por la Letrada de la Administración de Justicia, al no haberse suscitado controversia alguna, por lo que procesalmente era innecesario el dictado de la sentencia de 13 de marzo de 2024 recurrida, puesto que ninguna vista seguida por los trámites del juicio verbal se celebró a presencia judicial, y, por ende, deviene improcedente la condena en costas impuesta al demandado apelante, quien en ningún momento ni se ha opuesto ni ha suscitado controversia alguna al inventario propuesto de contrario, sin que se acuerde llevar a cabo la nulidad de actuaciones procesales al no apreciarse indefensión y por evidentes razones de economía procesal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIS
  • Nº Recurso: 661/2024
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 867/2024, por el que se revoca la Medalla al Mérito en el Trabajo (categoría de Oro), al apreciar que concurre válidamente la causa de revocación prevista en el artículo 10.1 a) del Real Decreto 153/2022, consistente en la pérdida sobrevenida de los méritos que justificaron la concesión, derivada de una condena penal firme por delito doloso incompatible con la ejemplaridad cívica y profesional exigida. Se basa el Alto Tribunal en la naturaleza discrecional y condicionada de la denominada potestad premial, que no genera un derecho subjetivo incondicionado al mantenimiento de la distinción, así como en la distinción entre revocación premial y sanción administrativa, quedando excluida la aplicación del régimen de revisión de oficio de la Ley 39/2015. Aunque la Sala aprecia deficiencias formales en la tramitación -en particular, la omisión de la notificación al proponente de la concesión- concluye que tales irregularidades no causaron indefensión material ni al condecorado ni a terceros con interés debilitado, por lo que carecen de eficacia invalidante. Asimismo, rechaza la existencia de desviación de poder y descarta la nulidad del artículo 10.1 a) y de la disposición adicional única del Real Decreto 153/2022, al considerar que la revocación no vulnera los principios de legalidad, irretroactividad ni interdicción de la arbitrariedad, dado que sus efectos se proyectan ex nunc y se limitan a preservar la coherencia del sistema honorífico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 3218/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza el delito contra la fauna y la continuación delictiva: el recurrente alegaba que solo existió una única colocación de cebos y que los restos fueron hallados en distintos momentos. El Tribunal Supremo rechaza el motivo señalando que los hechos probados recogen varias colocaciones de cebos en distintos puntos y fechas, pluralidad que no puede revisarse en casación (art. 849.1 LECrim). Determina que se cumplen todos los requisitos del delito continuado (pluralidad de actos, unidad de propósito, proximidad temporal, mismo autor, modus operandi homogéneo, identidad del bien jurídico). En relación con la atenuante de dilaciones indebidas precisa que debe computarse desde que el acusado adquiere la condición de imputado. Se analiza la proporcionalidad de la pena y la aplicación indebida del artículo 72 del Código Penal en la determinación de la pena principal alternativa finalmente impuesta -prisión o multa-. El artículo 72 del Código Penal exige motivación y proporcionalidad, no una preferencia por la sanción menos grave. El Tribunal de instancia tiene margen discrecional dentro del marco legal. En este caso, además de pluralidad de actos, se usó un veneno altamente tóxico, se utilizaron estructuras cinegéticas como comederos para facilitar el alcance del peligro y la conducta tenía por objeto la aniquilación de determinadas especies excluidas de la caza controlada para la que estaba autorizado. La motivación de la Audiencia es suficiente, razonable y está carente de arbitrariedad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: AGUSTIN ALONSO ROCA
  • Nº Recurso: 542/2024
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a una acusada como responsable de un delito de denuncia falsa. Acusada que presenta denuncia a un agente de policía local por haberle causado lesiones, siendo que las lesiones se las produjo en una caída, motivando la incoación de una causa judicial contra el agente, que resultó finalmente sobreseída. Valoración de las pruebas por parte del juez de primer grado y juicio revisorio que corresponde al tribunal de apelación. Delito de denuncia falsa. Elementos del tipo penal. Debe tratarse de una imputación de hechos falsos. Lo hechos atribuidos, de ser ciertos, deben ser constitutivos de infracción penal. Quien realiza la falsa atribución debe tener conciencia de la falsedad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: ANA MONTSERRAT LLORCA BLANCO
  • Nº Recurso: 1009/2025
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Petición de nulidad en relación al pronunciamiento absolutorio respecto del delito de simulación de delito; no debió valorarse la petición de la acusación. Formulada petición en el escrito de acusación y recogida erróneamente en el auto de apertura de juicio oral, ese hecho no se incluía en el auto de procedimiento abreviado. En sede de instrucción, no se imputó simulación de delito ni se interrogó sobre la falsedad de los hechos y la denuncia. Petición de agravación de la pena de lesiones por abuso de superioridad: en el escrito de acusación no se hace constar la presencia de circunstancias agravantes. Prueba de cargo para la condena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA SOLEDAD ALEJANDRE DOMENECH
  • Nº Recurso: 940/2025
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de condena y dispone su libre absolución por razón de inimputabilidad. Acusado que ha sido condenado a la pena de prohibición de tenencia y porte de armas y, sin embargo, durante el período de cumplimiento es sorprendido portando un cuchillo con dieciocho centímetros de hoja. Derecho a la prueba en juicio. Prueba pericial propuesta y admitida para el juicio, que no se practica porque el acusado no acude al examen requerido para la emisión de informe. No genera indefensión al ser motivado por el propio acusado. Admisión de la prueba pericial en apelación, de la que se concluye que el acusado estaba afecto de un trastorno esquizoafectivo tipo bipolar y delirante que le impedía comprender la ilicitud de sus actos y actuar conforme a esa comprensión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIA MERCEDES TERRER BAQUERO
  • Nº Recurso: 392/2024
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El uso de violencia para vencer la oposición de la víctima se constata por la existencia de lesiones compatibles con una imposición física para mantener el acceso carnal. La declaración de la víctima viene avalada por una serie de datos corroboradores imposibles si los hechos no hubieran ocurrido como la misma refiere y se tratase de una relación consentida como pretende el acusado. Lectura en el acto de la vista oral de la declaración de un testigo practicada en instrucción con todas las garantías legales ante la imposibilidad de su localización. Bien jurídico protegido en los delitos contra la libertad sexual. Daño moral y cuantificación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ALFONSO GONZALEZ-GUIJA JIMENEZ
  • Nº Recurso: 1110/2025
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condenó por un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa. Para que el desistimiento activo sea jurídicamente relevante la conducta del agente debe tener trascendencia y aptitud para evitar la consumación del delito, y en tal sentido ha de estar dotada de una inequívoca voluntad del sujeto de que con su comportamiento se impide la consumación del hecho delictivo; circunstancia que en modo alguno se da en el caso de autos. Por eso no hay razones para rebajar la pena en dos grados, porque si no es por la intervención del tercero, el delito se habría consumado, y nada tiene que ver el principio de intervención mínima del derecho penal que inspira la política criminal y no la aplicación acertada del derecho al caso concreto. Finalmente, no procede aplicar la atenuante de dilaciones indebidas pues el procedimiento no ha estado paralizado en ningún momento durante un periodo de un año, y su duración algo superior a tres años, no permite considerar que concurra esta circunstancia que se suele aplicar a procesos que duran más de cinco años, lo que no es el caso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 2051/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Suscitada la cuestión relativa a si ha de justificarse y garantizarse la efectiva intervención del Ministerio Fiscal en el procedimiento que regula el citado Protocolo Marco, y si el informe médico de determinación de edad, que en su caso, se hubiera de emitir, ha de contemplar el margen de error, porcentaje de incertidumbre o desviación estándar que dicho resultado pudiera tener, declara la Sala que: (i) cuando los agentes de la policía no puedan determinar indubitadamente la edad de los extranjeros no acompañados e indocumentados que se encuentren ilegalmente en España, para determinar su minoría de edad deben observarse las formalidades y garantías que se imponen en el Protocolo; (ii) la determinación de la minoría de edad de un menor indocumentado que se encuentre en España, solo puede ser acordada y controlada por el Ministerio Fiscal, que adoptara las medidas oportunas para su determinación; y (iii) el informe médico de determinación de la edad deberá contener los datos formales que impone el Protocolo y deberá incluir en sus conclusiones, la horquilla de edad y, cuando menos, el margen de error, porcentaje de incertidumbre o desviación estándar, conforme se impone en dicho Protocolo. En el supuesto enjuiciado se advierte la no constancia en el expediente de la intervención del Ministerio Fiscal en el referido procedimiento, lo que determina la nulidad de la resolución impugnada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 1997/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La previsión de plazos de investigación responde, exclusivamente, a la introducción de instrumentos que faciliten y garanticen el derecho de los investigados a un procedimiento sin dilaciones indebidas, en una fase del proceso que resulta con frecuencia disfuncional según la experiencia forense, pero sin repercusión en la política criminal de extinción de la responsabilidad criminal, menos aun cuando la prescripción de los delitos exige de una completa inactividad que aquí no se produce y por periodos de tiempo normalmente más dilatados. La condición normativa de adquisición en tiempo de las fuentes de prueba supone una preclusión procesal cuya desatención no determina la nulidad de la prueba, sino la irregularidad en la obtención para la investigación y, con ello, su invalidez. Las diligencias extemporáneas, esto es, aquellas que el Juez de instrucción acuerda y practica después de agotado el plazo legalmente otorgado para la investigación, no son válidas para la instrucción, lo que no impide que el órgano judicial competente pueda acordar la prosecución del procedimiento hacia la fase intermedia, e incluso abrir el juicio oral, cuando la información sumarial correctamente recogida en la causa preste suficiente apoyo a las pretensiones acusatorias. Y esta invalidez tampoco comporta un inconveniente para que las fuentes de prueba indebidamente incorporadas a la investigación puedan ser aportadas al plenario, siempre que no determine indefensión material para la parte y que la apertura del juicio oral haya descansado en otro material con la suficiente fuerza incriminatoria.

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