• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: JUAN SEBASTIAN COLOMA PALACIO
  • Nº Recurso: 187/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La doble instancia se configura como un juicio de revisión de lo argumentado y decidido en primera instancia. El control que corresponde al Tribunal ad quem, cuando se alega vulneración de la presunción de inocencia, se concreta en verificar si la respuesta que ha dado el Tribunal a quo ha sido racional. En el recurso de apelación las posibilidades de revisión crítica de la valoración probatoria de una sentencia condenatoria son más amplias, aun reconociendose que no es fácil precisar ese mayor ámbito de decisión frente al cauce de la presunción de inocencia. El primero de los requisitos que exige la eximente de estado de necesidad, completa o incompleta, es la existencia de un estado o situación de necesidad, que aparece como un conflicto entre dos bienes o intereses, de manera que para salvaguardar uno de ellos resulte imprescindible lesionar el otro. Para admitir la justificación del estado de necesidad basado en la penuria económica es preciso que se extreme la exigencia de la acreditación de la imposibilidad de resolver la situación de necesidad por otro medio. La apreciación de la multireincidencia y la ineficacia demostrada de otras penas menos gravosas para que el sujeto deje de delinquir, impide modificar la pena de prisión impuesta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOAQUIN DELGADO MARTIN
  • Nº Recurso: 3/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Abordaje de un velero, con incautación de 2.224,00 kilos de cocaína con una riqueza del 92,7 % de cocaína base. Legalidad del abordaje del velero: la falta de autorización para el abordaje por el estado del pabellón de la embarcación es una cuestión que no afecta los derechos individuales de los acusados en el proceso, sino a las relaciones diplomáticas entre los Estados. Jurisdicción de los tribunales españoles. Las actuaciones propias del abordaje de un buque son diferentes de las de entrada y registro en lugar cerrado y en domicilio. Complemento de la motivación del auto con el contenido de la solicitud policial. Delito contra la salud pública, consistente en tráfico ilícito de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud (cocaína), en cantidad de notoria importancia y extrema gravedad, por su cuantía y por la utilización de embarcación. No se ha acreditado que los acusados realizasen los hechos declarados probados en su condición de integrantes de una organización delictiva.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Huesca
  • Ponente: IVAN OLIVER ALONSO
  • Nº Recurso: 584/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La condenada por delito conducción temeraria apela la sentencia alegando infracción del principio de presunción de inocencia y falta de concurrencia de los elementos del art. 380 CP. Afirma que se introdujo en la autovía en dirección contraria por error y, cuando se dio cuenta, bajó la velocidad y se orilló a su derecha, para causar el menor peligro posible, saliendo de la autovía en cuanto pudo. Subsidiariamente, solicita que se tengan en cuenta los 6 meses de que fue privada del carnet de conducir, en la vía administrativo. La Audiencia desestima el recurso. La conducción durante un trayecto de varios Km, en dirección contraria por la autovía, con plena consciencia de ello, pese a los avisos de otros conductores y la evitada colisión in extremis, colma los requisitos del tipo por el que fue condenada, pues tuvo oportunidad de parar el vehículo fuera de los carriles de circulación y no lo hizo. Es cierto que los agentes que declararon en la vista no pudieron concretar si, en el tramo existente desde que la conductora fue consciente de su error hasta el punto por donde abandonó la autovía, existía un transfer donde pudiera haber parado. Pero ello es irrelevante porque pudo haber parado en otros lugares, mediana o el arcén y no lo hizo; de tal modo que habría retirado el vehículo de la circulación, haciendo cesar el enorme riesgo que suponía circular en sentido contrario. En cuanto al abono de la privación cautelar del permiso ya fue ponderada al imponerse la pena mínima.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: ANA MARIA DEL CARMEN BLANCO ARCE
  • Nº Recurso: 37/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tipo objetivo del delito de incendio consiste en prender fuego a una cosa no destinada a arder, comportando su potencial propagación, es decir, la creación de un peligro para la vida o integridad física de las personas, siendo irrelevante la entidad real que el fuego pueda alcanzar. Es un delito de consumación anticipada. En cuanto al elemento subjetivo, basta que al propósito de hacer arder la cosa se añada la conciencia del peligro para la vida o integridad física de las personas que ello comporta, teniendo en cuenta el riesgo de propagación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Teruel
  • Ponente: SARA CRISTINA GARCIA CASANOVA
  • Nº Recurso: 223/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: El penado apela el Auto que deniega del beneficio de suspensión de la ejecución de las penas de prisión, por entender que concurren las circunstancias para acordar la suspensión, conforme al art. 80.5 C.P. La Audiencia desestima el recurso. El fundamento de la denegación de la suspensión se basa, por un lado, en la inexistencia de una relación funcional entre el delito cometido y la dependencia al consumo por entender que, además del deseo de obtener dinero para poder abastecerse de droga, está presenta también el ánimo de lucro adicional. En segundo lugar, se basa en el informe aportado por la defensa, en el que se señala que la capacidad de querer y entender en el momento de los hechos estaba conservada, si bien hay cierta disminución en cuanto a la capacidad volitiva, en relación al consumo de drogas y a la obtención de los medios necesarios para sufragarlo. Se efectúa una correcta valoración del delito cometido, las circunstancias personales del autor y el influjo que en aquel pudo tener su consumo, cuestiones sobre las que nada alega el apelante. Así, la juzgadora concluye que, en cuanto a los delitos de conducción temeraria y atentado contra agentes de la autoridad cometido con vehículo a motor, el acusado sabía lo que hacía, y su finalidad no era otra que evitar ser interceptado transportando 416 plantas de marihuana. El auto apelado valora de forma adecuada, razonada y razonable las circunstancias concurrentes y deniega el beneficio al no concurrir los requisitos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO UBALDO GONZALEZ VEGA
  • Nº Recurso: 1676/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala declara vulnerado el principio acusatorio en la determinación de la cuota de la pena de multa, al haberse impuesto una cuantía superior a la solicitada por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas. Además, al individualizar la pena, se impone la cuota en su extensión mínima, al haberse acreditado una situación económica precaria, próxima a la indigencia, como revela que la recurrente haya obtenido el beneficio de justicia gratuita.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 59/2024
  • Fecha: 10/12/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como delito de tráfico de drogas de las que causan grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia y en conductas de extrema gravedad. Se cumple con las previsiones normativas exigibles al constar el tiempo y lugar de la perpetración de los hechos, su calificación legal y la participación del ahora reclamado en los mismos, junto con un resumen de las pruebas existentes contra el acusado. Naturaleza del procedimiento de extradición. Reconocimiento de la protección internacional, aunque sea con una identidad falsa, habiendo aportado documentación acreditativa de su persecución motivos religiosos, lo que determina la denegación de la extradición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 4715/2022
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No cabe en esta clase de recurso el planteamiento de cuestiones de naturaleza constitucional o procesal como la que aquí se ha formulado sobre vulneración del principio acusatorio, lo que basta para la desestimación del motivo. A todo lo anterior se suma que esta cuestión no fue expresamente planteada en los recursos de apelación en los que únicamente se invocó la lesión del principio acusatorio por la imposición de una pena superior a la solicitada, no por la condena por un delito distinto al que fue objeto de acusación. En todo caso, no es exigible un absoluto mimetismo, de forma que no habrá lesión del principio acusatorio cuando se condene por un delito distinto, siempre que sea homogéneo, es decir, cuando se condene por un delito que constituya una modalidad distinta pero cercana dentro de la tipicidad penal, de tal suerte que todos los elementos del tipo aplicado estén contenidos en el delito objeto de acusación se introduzca ningún elemento nuevo del que el acusado no haya podido defenderse. La comisión del delito no exige la acreditación de la utilización de la embarcación para la introducción de drogas, armas o personas o cualquier objeto empleado en el seno de organizaciones criminales, ni tampoco que el autor sea el propietario de la nave o persona que realice labores de marinería o auxilio en la navegación. El tipo penal castiga la mera tenencia. Operador es quien por cualquier título ostente la posesión legal de las embarcaciones.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO SEGURA SANCHO
  • Nº Recurso: 16/2001
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los acusados, como miembros de un comando, realizaron una labor previa de información consistente en averiguar y confirmar el domicilio de dos periodistas, así como estudiar la viabilidad de colocar un artefacto explosivo en el rellano de su puerta, con una clara finalidad de atentar contra sus vidas y de causar daños en el inmueble. Colocación de artefacto explosivo cuya activación falló, al no iniciarse el detonador industrial. Tres delitos de asesinato terrorista, en grado de tentativa, así como un delito de estragos terroristas, en grado de tentativa. Valor probatorio de los informes de inteligencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARIA JAEN VALLEJO
  • Nº Recurso: 1626/2024
  • Fecha: 09/12/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala en un supuesto de condena por el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas revisa el juicio de individualización de la pena, específicamente en relación con la privación del permiso de conducir durante dieciocho meses. Basándose en que el recurrente es un conductor profesional la Sala considera que la pena impuesta se encuentra justificada. Al respecto, la sentencia razona señalando que "se trataba de un conductor de taxi, hecho este que agrava notablemente el hecho de conducir bajo intoxicación alcohólica, con el evidente riesgo que supone para los usuarios de dicho servicio público y con independencia de que, en ese momento, no estuviera prestando ningún servicio, razones que justifican perfectamente la medida de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores impuesta al recurrente, en la mitad inferior de la misma, y que permite afirmar la necesaria proporcionalidad entre la gravedad de dicha pena impuesta y la gravedad de la culpabilidad por el hecho cometido, por lo que nada cabe oponer a la misma".

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.