Resumen: Se denuncia quebrantamiento de forma, por denegación de una prueba testifical no interesada por la defensa, que se adhirió a las acusaciones, que renunciaron a ella en el acto del juicio, motivo que se rechaza, tanto porque ante tal renuncia no cabe objeción alguna por quien no la propuso, como también por ser innecesaria, al tratar de acreditar un hecho negativo, cuestionándose el juicio de subsunción. Se invoca vulneración del derecho a la presunción de inocencia. En realidad el motivo discurre por derroteros propios de un error en la valoración de la prueba, cuando ya se ha superado el juicio de revisión por el TSJ, con ocasión del previo recurso de apelación, y no obstante lo cual reitera argumentos: doctrina general de la Sala. Adaptación a la LO 10/2022: error en la determinación de la pena por el tribunal sentenciador, al no haber aplicado la agravación por la continuidad delictiva, y no haber sido cuestionado por las acusaciones, pero esa pena es la que ha de tomarse como referencia para la comparación, pero ello no implica que, a la hora de hacerla, debamos asumir el error, sino que, si se corrige, y la pena es superior a la incorrecta, no sea procedente la revisión.