• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: GEMMA ROBLES MORATO
  • Nº Recurso: 307/2024
  • Fecha: 20/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito de apropiación indebida, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de siete meses de prisión, al pago de la responsabilidad civil y costas procesales. La representación procesal del acusado interpone recurso zona de apelación alegando caducidad de la responsabilidad penal, error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, e infracción del artículo 253.1 del código penal. Solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma la sentencia y concluye que el recurso pretende sustituir la motivada valoración de la prueba recogida en sentencia por la particular e interesada tesis del recurrente sobre la única base de lo declarado en el juicio que quedó contradicho por el resto de prueba practicada en el acto de la vista.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: JULIA DOMINGUEZ DOMINGUEZ
  • Nº Recurso: 276/2025
  • Fecha: 20/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condenó por delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género, delito de maltrato psíquico habitual agravado por cometerse en el domicilio y en presencia de los hijos menores y delito continuado de injurias y vejaciones. No hay vulneración del principio acusatorio porque como se observa en el escrito de conclusiones provisionales de ambas acusaciones, luego elevadas a definitivas, se le acusaba de un delito de maltrato habitual en ámbito de la violencia de género del art.173.2 del CP y ese delito (junto con el otro delito leve continuado de injurias) es el que se declara probado en la sentencia de instancia tras la práctica de todas las pruebas en el acto del juicio oral. No podemos olvidar que las acusaciones mantienen contra el acusado un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia de género lo que conlleva que estaría englobado por varios episodios de maltrato mantenidos durante un período de tiempo.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE GRAU GASSO
  • Nº Recurso: 113/2025
  • Fecha: 20/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial que condena a un acusado como autor responsable de un delito continuado de abuso sexual cometido sobre víctima menor de dieciséis años, e incrementa la pena en aplicación de la pena correspondiente a la continuidad delictiva. Acusado que sobre una menor de ocho años con la que convive en la misma masía realiza numerosos actos de tocamientos de naturaleza sexual incluyendo la introducción de dedos en su vagina. Presunción de inocencia y prueba de cargo bastante. Testimonio de la víctima menor de edad recogida como prueba preconstituida. reproducida durante el juicio oral. Testigo que efectúa un relato espontáneo y libre sin preguntas capciosas o sugestivas. Atenuante de reparación del daño que no se aprecia a pesar de una consignación previa al juicio, al realizarse la consignación para la eventual cobertura de la responsabilidad civil para el caso de condena, en lugar de realizarse en resarcimiento del daño sufrido por la víctima. Responsabilidad civil y cuantificación del daño moral causado. Delito de abuso sexual sobre menor de edad agravado por el acceso carnal de miembro corporal. Continuidad delictiva y penalidad agravada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Cáceres
  • Ponente: MANUELA ESLAVA RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 20/2025
  • Fecha: 20/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reparos al procedimiento de contratación. Elementos del delito de prevaricación: 1º) una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo; 2º) que sea objetivamente contraria al Derecho, es decir, ilegal; 3º) que la contradicción con el derecho o ilegalidad, que puede manifestarse en la falta absoluta de competencia, en la omisión de trámites esenciales del procedimiento o en el propio contenido sustancial de la resolución, sea de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable; 4º) que ocasione un resultado materialmente injusto; 5º) que la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario y con el conocimiento de actuar en contra del derecho. La omisión del procedimiento legalmente establecido ha sido considerada como una de las razones que pueden dar lugar a la calificación delictiva de los hechos, porque las pautas establecidas para la tramitación del procedimiento a seguir en cada caso tienen la función de alejar los peligros de la arbitrariedad y la contradicción con el Derecho. En el delito de prevaricación el autor debe actuar a sabiendas de la injusticia de la resolución.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: JUAN RAMON BRIGIDANO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 28/2025
  • Fecha: 19/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se inadmite en la sentencia el motivo del recurso deducido contra la sentencia que condena a la acusada por la comisión de un delito continuado de hurto, que alega que los testigos no presenciaron directamente los hechos ya que ello no quiere decir que carezca de valor probatorio que hayan reconocido sin dudas a la acusada mediante un visionado de las cámaras de vigilancia, ya que se ha practicado una prueba testifical que es una prueba personal y se ha justificado tal declaración como creíble, sin que tal conclusión quede desvirtuada por la falta de visionado de tal grabación ya que la condena no se ha basado en tal visionado sino en el reconocimiento que los testigos hacen de la acusada, por el recuerdo de la misma que tenían al verla en su día a través de las cámaras. Igualmente se desestima el motivo que cuestiona que se aprecie en la sentencia recurrida la continuidad delictiva en base a no tratarse del mismo establecimiento, al estar ubicados en direcciones diferentes, y no intervenir las mismas personas, ya que, señala la Sala, el delito continuado descansa sobre un dolo conjunto que, de alguna manera, debe abarcar, aunque no se establezcan los detalles de los distintos hechos a realizar, los actos particulares conformadores de la continuidad delictiva y del relato de hechos probados constan dos hechos, uno ocurrido en un establecimiento el día 28 de mayo de 2020, y el otro el día 3 de junio de 2020, en un local diferente, si bien perteneciente a la misma cadena de establecimientos en la capital, teniendo lugar las sustracciones de prendas de vestir con cinco días de diferencia, lo que justifica la apreciación de la continuidad delictiva.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 6865/2022
  • Fecha: 14/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El control que corresponde al Tribunal Supremo, cuando se alega vulneración de la presunción de inocencia, se concreta en verificar si la respuesta que ha dado el Tribunal de apelación ha sido racional y ha respetado la doctrina del Tribunal Constitucional y de la Sala Segunda sobre el alcance de la revisión, sobre la motivación y sobre la validez de las pruebas. Procede la aplicación retroactiva de la ley, por prever una pena mínima inferior a la prevista por la ley vigente en el momento de los hechos, que fue aplicada al caso. No se vulnera el principio non bis in idem al apreciar un doble fundamento agravatorio. El autor se prevale para la comisión de los hechos de su condición de superioridad, para coincidir con la víctima en su propia casa, en su dormitorio y en otros lugares aislados y, ante el rechazo de la menor, utiliza la fuerza física para doblegar su voluntad dirigiéndola mediante el uso de la fuerza.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: CESAR GIL MARGARETO
  • Nº Recurso: 44/2023
  • Fecha: 14/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena a los acusados como autores de un delito continuado de estafa en concurso con los delitos de falsedad en documento privado y mercantil. Creación de una apariencia de solvencia para captar préstamos bancarios en beneficio de la sociedad de los acusados. Se resuelven cuestiones previas referidas a la nulidad por vicios de origen de la causa en relación al supuesto de hallazgo casual, nulidad por actuaciones que afectaron al derecho al secreto de las comunicaciones y al derecho a la intimidad, y nulidad por no respetarse los plazos de instrucción. Se rechazan. Valoración de la prueba en relación con los concretos hechos fraudulentos y la intervención en ellos de los diferentes acusados. Análisis de los delitos objeto de acusación. La determinación de la pena y de la responsabilidad civil.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zamora
  • Ponente: ANA DESCALZO PINO
  • Nº Recurso: 23/2024
  • Fecha: 14/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena a dos de los acusados por delito continuado de estafa en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y a un tercero por receptación. Compra de ganado sin intención de abonar su importe. Valor como prueba de cargo del testimonio del coimputado. La credibilidad objetiva de la declaración del coimputado precisa el análisis de la concurrencia de hechos o indicios externos o periféricos que la doten de verosimilitud bastante para hacer razonable su valoración favorable. La corroboración periférica mediante indicios. Concurso medial y real: diferencias. Para el concurso medial no basta el propósito de una relación de medio a fin existente simplemente en el ánimo del sujeto, sino que entre los diversos hechos constitutivos de diferentes delitos ha de haber una conexión de necesidad de carácter objetivo a deducir en cada supuesto de los distintos elementos concurrentes en el caso, de modo tal que puede decirse que uno de ellos fue imprescindible para la comisión del otro. Apreciación de la agravación por razón de la cuantía y su relación con la continuidad delictiva a efectos de pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: MARIA JOSE FRESNEDA DOMINGUEZ
  • Nº Recurso: 41/2023
  • Fecha: 14/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena por delito de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado en documento oficial. El delito de malversación de caudales públicos requiere que: a) el sujeto activo sea autoridad o funcionario público, bastando a efectos penales con la participación legítima en una función pública y siendo autoridad quien, por sí solo o como miembro de una corporación, tribunal y órgano colegiado, tenga mando o ejerza jurisdicción propia y funcionario quien en función de su nombramiento participe del ejercicio de funciones públicas; b) ejercicio de facultad decisoria jurídica o de detentación material de los caudales o efectos, ya sea de derecho o de hecho, bastando la efectiva disponibilidad material sin que se precise una inmediata posesión o tenencia, siendo suficiente la mediata; c) los caudales han de ser públicos, bienes propios de la Administración, sin que precise su efectiva incorporación al erario público; d) una acción consistente en apropiarse o consentir que un tercero se apropie del patrimonio público, sin ánimo de reintegro; e) el delito puede cometerse tanto por acción como por omisión; f) ánimo de lucro propio o de tercero; y g) al ser un delito de resultado se consuma con la disposición de hecho de los fondos públicos. Para su enjuiciamiento el orden jurisdiccional penal es siempre preferente sobre el contable (Tribunal de Cuentas), no pudiendo plantear conflicto de competencia ningún juez o tribunal al órgano de la jurisdicción penal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 7497/2022
  • Fecha: 14/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El condenado formula recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que ratificó la condena por un delito continuado de agresión sexual a menor de 13 años. Ámbito del recurso de casación tras la reforma de la Ley 41/2015. No puede consistir en una simple reiteración del contenido de la impugnación realizada en el recurso de apelación. El recurso ha de abrir un debate directo con la sentencia de apelación, tratando de rebatir o contradecir sus argumentos. Prescripción del delito. Esta institución presenta naturaleza sustantiva, de legalidad ordinaria y próxima al instituto de la caducidad. Dado que responde a principios de orden público y de interés general puede ser proclamada de oficio, en cualquier estado del proceso en que se manifieste con claridad la concurrencia de los requisitos que la definen y condicionan. Predeterminación del fallo. Doctrina de la Sala. Se prohíbe la utilización de expresiones estrictamente técnicas que describen los tipos penales. Ánimo libidinoso en los delitos sexuales. No se exige la concurrencia de ánimo libidinoso, sino que la actuación sea dolosa, lo que ocurre cuando el agente conoce la naturaleza sexual del acto que voluntariamente ejecuta y es consciente de la afectación del bien jurídico.

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