• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
  • Nº Recurso: 4082/2024
  • Fecha: 02/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y fija doctrina jurisprudencial en respuesta a la cuestión planteada determinando que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONCEPCION GARCIA VICARIO
  • Nº Recurso: 4222/2024
  • Fecha: 02/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado frente a sentencia estimatoria de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir recaída en expediente sancionador en materia de dominio público hidráulico. La Sala en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, reitera que el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles o necesarias para el tratamiento de aguas residuales podrá eximir de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales cuando realicen vertidos que incumplan la normativa vigente, siempre que la no realización de esos vertidos pueda comprometer gravemente la salud de las personas. La Sala concluye que en el supuesto examinado, concurre la exención de responsabilidad, tanto del Ayuntamiento de Pinos Puente como del Consorcio para el desarrollo de la Vega de Sierra Elvira, confirmado la sentencia recurrida
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: EMILIA GIMENEZ YUSTE
  • Nº Recurso: 2052/2023
  • Fecha: 30/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declara la sentencia que para poder ejercitar el derecho a la deducción, debe acreditarse que se trata de cuotas soportadas en entregas de bienes o prestación de servicios efectuadas por el empresario o profesional que ha emitido la factura justificativa de tal operación. En el presente caso, tratándose de la deducción de cuotas soportadas, corresponde a la aquí recurrente y no a la Administración, la carga de acreditar el cumplimiento de los requisitos controvertidos para el ejercicio del derecho que pretende, pues debe de ser el interesado quien demuestre que se trata de cuotas efectivamente soportadas en los términos anteriormente descritos. Por otra parte, el obligado tributario llevó a cabo una conducta voluntaria contraria a la que les era exigible, apreciándose la falta de diligencia necesaria en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ya que la razón de lo declarado habrá de estar justificado en el momento de su declaración y no por razón de la comprobación por parte de la AEAT, no siendo así se incurre en responsabilidad por la comisión de la infracción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE FELIX MARTIN CORREDERA
  • Nº Recurso: 1261/2020
  • Fecha: 30/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El primer pronunciamiento de la sentencia hace referencia a que la exigencia del recargo de apremio deberá ser examinada en el procedimiento económico-administrativo correspondiente sin que pueda la sentencia pronunciarse sobre dicha cuestión. Se rechaza la alegación de indefensión material por la indebida constitución del expediente asi como la alegación de prescripción de la liquidación y de la sanción correspondiente a los ejercicios imputados. En cuanto a la duración del procedimiento inspector, las dilaciones imputadas al contribuyente fueron debidamente motivadas y documentadas en el expediente, incluyendo incomparecencias, solicitudes de aplazamiento y retrasos en la aportación de documentación. Se desestiman el resto de alegaciones puesto que en el Acuerdo de derivación de responsabilidad recoge de forma detallada la participación activa del Sr. Agapito en la estrategia defraudatoria seguida por la entidad, reflejada en la omisión de ingresos en las autoliquidaciones, en la incorrecta llevanza de la contabilidad y en la firma de las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios objeto de comprobación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 4177/2024
  • Fecha: 29/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admitido el recurso de casación, la Sala considera que, ante la responsabilidad en que pueda incurrir la Administración autonómica por incumplimiento de las obligaciones impuestas en materia de ejecución de obras hidráulicas que resulten imprescindibles para el tratamiento de aguas residuales, las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de tales aguas, podrán quedar eximidas de culpabilidad o responsabilidad cuando se produzcan vertidos de los que se deduzca el incumplimiento de la normativa vigente, siempre que la no realización de los mismos -vertidos- suponga un perjuicio grave para la salud de las personas. Véase como precedente jurisprudencial la STS de 21 de julio de 2021 (RC 223/2020).
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
  • Nº Recurso: 613/2023
  • Fecha: 25/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inadmisibilidad del recurso de alzada frente al TEAC por su extemporanea presentación. Resulta que recurrente en el escrito de demanda, nada argumenta sobre la inadmisibilidad por extemporaneidad del recurso de alzada y formula alegaciones sobre el fondo de la sanción impuesta. Debe ser declarada conforme la inadmisibilidad pues está debidamente motivada y por supuesto no vulnera el derecho del recurrente a una resolución, sin que la revisión jurisdiccional pueda extenderse a más de lo enjuiciado en la vía económico- administrativa.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: JUAN SELLES FERREIRO
  • Nº Recurso: 15606/2023
  • Fecha: 25/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata en el caso de regularización en materia de actividad pesquera, defendiendo la contribuyentre del caso, en primer lugar, que había padecido experiencia de indefensión por falta de motivación de que la regularización tributaria se realizase por la Administación actuante través del método de estimación indirecta, lo que había sido debido, tal como acepta la sentencia, en concreto, a que se habían detectado discrepancias entre, por un lado, el diario electrónico de abordo, en el que se recogían todas las capturas de pescado indicando la especie, día y kilos facturados y, por otra parte, los importes de facturas emitidas. Así las cosas, la sentencia descarta que la contribuyente hubiera padecido la experiencia de indefensión que alegaba y proyecta al caso la doctrina de una sentencia anterior que examinó caso analogo, señalando así que, al igual que en el caso anterior, también en éste la Administracion tributatia actuante hjabía recogido un conjunto de indicios que le permitían razonablemente alcanzar las conclusiones a las que llegó, sin que tampoco las mismas hubieran sido desvirtuadas por la contribuyente. Confirmada, pues, la liquidación practicada, en cuanto a la sanción impuesta la sentencia también la confirma, y ello por cuanto que aprecia que en el acuerdo correspondiente la Administración actuante había motivado adecuadamrente la culpabilidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 4058/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A la cuestión de interés casacional suscitada consistente en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en atención a lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso n.º 223/2020), la Sala, haciendo un análisis de la culpabilidad en la conducta sancionada y examinando el principio de antijuricidad, responde afirmativa a dicha cuestión de interés casacional al concurrir en este caso tres premisas, a saber: (i) la Administración autonómica -en este caso la Junta de Andalucía- ha incumplido sus obligaciones en materia de ejecución de obras hidráulicas, según estableció la STS n.º 1.100/2021 de 29 de julio (rec.223/2020); (ii) las administraciones aquí recurridas -el Ayuntamiento de Íllora y el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira- son competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales para la que deben obtener la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; y (iii) pese a esa competencia, el grado adecuado de depuración de las aguas, del que habla la resolución sancionadora, preciso para obtener la autorización, solo puede alcanzarse a través de las infraestructuras que corresponde proyectar y ejecutar a la Junta de Andalucía. Y consta acreditada la desatención de la Junta de Andalucía a los requerimientos realizados por el Consorcio para la ejecución de las infraestructuras de saneamiento que resultaban necesarias para el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA PILAR CANCER MINCHOT
  • Nº Recurso: 7714/2022
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estima el recurso de casación y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución que elevó a definitiva acta de liquidación y confirmó la sanción del acta de infracción, sobre cuotas de la Seguridad Social. La Sala reitera la jurisprudencia la expuesta en la Sentencia de 17 de septiembre de 2025, RCA 3715/2022: "En la infracción consistente en "no ingresar" o en "no efectuar el ingreso en la cuantía debida" de las cuotas que recauda la Tesorería General de la Seguridad Social, prevista en el artículo 22.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social , texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, rige el principio de culpabilidad, debiendo apreciarse y motivarse la concurrencia de culpa conforme a las circunstancias fácticas y jurídicas de cada caso, sin que sea exigible "dolo o culpa especial".
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE GUERRERO ZAPLANA
  • Nº Recurso: 446/2020
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La derivación de responsabilidad tributaria se basa en la existencia de unas escrituras publicas de donaciones entre los padres y los hijos. La Administración tributaria derivó responsabilidad no sólo a la recurrente sino a su hermano, quién interpuso reclamación económico-administrativa ante el TEAR de Valencia, que fue desestimada y frente a dicha resolución se interpuso recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunidad Valencia, que ha dictado Sentencia estimatoria del recurso Contencioso-Administrativo, anulando la resolución impugnada. La sentencia entiende que en aplicación de los principios de igualdad y de seguridad jurídica, lo dicho en el Fundamento Jurídico Tercero de aquella sentencia debe ser de aplicación, en virtud del principio de igualdad y de seguridad jurídica.

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